Las empresas, en busca de retener a sus trabajadores y brindarles beneficios que no sólo estén representados en salario, han ido creando estrategias y nuevas formas de compensar a su talento humano para, finalmente, mejorar su competitividad en el mercado y una de ellas es la compensación flexible.
¿Qué es la compensación flexible?
La compensación flexible es un acuerdo mutuo entre empleador y trabajador para que una parte del salario sea pagado en bienes o servicios, que realmente sean de utilidad para éste último o su núcleo familiar, sin superar el cuarenta por ciento (40%) del total de la remuneración.
¿Para qué montos de salarios se usa la compensación flexible?
Este modelo es una práctica que es usual utilizarse para los trabajadores que devengan salarios altos o ganen un (1) salario integral o más. Pero no quiere decir que no se pueda poner en práctica con salarios menores.
¿Con qué otros nombres se conoce la compensación flexible?
También llamada flexibilización salarial, flexibilización laboral, o remuneración flexible integral, es una alternativa que es acordada de forma libre y voluntaria entre empleador y el trabajador, y en donde ambos obtienen ciertos beneficios tales como flujo de caja o reducir cargas prestacionales para los primeros, o para las declaraciones de impuesto de los segundos.
¿Cuáles pueden ser los beneficios dados como compensación flexible?
Como se observa, el empleador paga a su trabajador, dentro del marco normativo, una parte de su remuneración en productos y servicios distintos al dinero tales como tarjetas de combustible, seguros de salud, comida o transporte, entre otros.
¿Qué tipos de pagos constituyen estos beneficios de compensación flexible?
Estos pagos efectuados por el empleador por no constituir salario sino una remuneración de auxilios y beneficios al trabajador, no son tenidos en cuenta para los respectivos costos que debe asumir la empresa respecto a los aportes parafiscales (Sena, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- y Cajas de Compensación Familiar), prestaciones sociales (prima de servicios, cesantías, intereses sobre las cesantías y vacaciones) y seguridad social (salud, pensión y riesgos profesionales-ARL-), de tal manera que es una manera de optimizar recursos.
¿Cuáles son los pagos que no constituyen salario?
El artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo hace referencia a los pagos que no constituyen salario como sumas que el empleador da voluntariamente al trabajador y de forma ocasional tales como bonificaciones, primas o gratificaciones ocasionales, dineros que se destinan para el desarrollo de las funciones del trabajador como, por ej., gastos de representación, viáticos, entre otros.
Pagos salariales y no salariales:
La compensación flexible es entonces una remuneración que realiza el empleador al trabajador, de común acuerdo, entre pagos salariales y no salariales, sin exceder el cuarenta por ciento (40%) del total del salario. Este límite está dado por el artículo 30 de la ley 1393 de 2010 que señala que “los pagos laborales no constitutivos de salario de los trabajadores particulares no podrán ser superiores al 40% del total de la remuneración”.
En la legislación colombiana no existe otra limitante al respecto, ni siquiera el Código Sustantivo del Trabajo lo menciona como sí lo hace con el salario en especie.
¿El pago de compensación flexible es el mismo salario en especie?
No. Este pago de compensación flexible no debe confundirse con el llamado salario en especie que se realiza a un trabajador, distinto al salario en dinero, y puede ser mediante bienes o servicios y no puede exceder del treinta por ciento (30%) de su salario base, siempre y cuando devengue un salario mínimo legal mensual.
Este salario en especie es una remuneración ordinaria y permanente que recibe el trabajador o su familia como contraprestación directa del servicio tales como alimentación, habitación o vestuario. (Ver artículo https://www.notaria19bogota.com/salario-en-especie/)
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