FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ
Cuando se solicita una pensión de invalidez es esencial saber con exactitud la fecha de estructuración de la invalidez, pues esta duda perjudica los derechos de los afiliados y probables pensionados en el evento de enfermedades congénitas, degenerativas o crónicas.
¿Qué es la pérdida de la capacidad laboral?
La pérdida de la capacidad laboral se presenta cuando al trabajador se le van deteriorando las capacidades para la ejecución de sus labores dentro de su entorno de trabajo.
¿Cómo se define la fecha de estructuración de la invalidez?
Según el glosario del Ministerio de Salud y Protección Social: “Fecha en el que se genera en el individuo una pérdida en su capacidad laboral en forma permanente y definitiva.”
¿Cuál es la fecha de estructuración de la invalidez?
La fecha de estructuración de invalidez es la fecha que establece la Junta Médica como el momento en que la persona pierde su capacidad para seguir trabajando, en forma permanente y definitiva, como por ejemplo el momento en que ocurre el accidente laboral, o cuando es diagnosticado con una enfermedad congénita o de origen común.
¿Para qué sirve saber exactamente la fecha de estructuración de la invalidez?
- Desde esta fecha se cuentan las semanas requeridas para obtener el reconocimiento de la pensión.
- A partir de la fecha de estructuración se origina el retroactivo pensional.
¿Cuál es el régimen pensional responsable del pago de la pensión de invalidez?
Teniendo en cuenta que muchos trabajadores que estaban afiliados al Régimen de Prima Media de Colpensiones se trasladaron para el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad de los fondos privados, es necesario determinar el momento específico en que se estructuró la pérdida de capacidad laboral del trabajador y el Fondo de Pensiones donde se encontraba en ese tiempo, pues esto establece el responsable del pago de la pensión de invalidez, tal como lo ha señalado la Corte Constitucional en sus sentencias.
¿Cómo se establece el responsable del pago de la pensión de invalidez cuando la fecha de diagnóstico es diferente a la fecha en que se perdió efectivamente la capacidad laboral?
La Corte Constitucional ha señalado que cuando la fecha de diagnóstico o de los primeros síntomas es diferente a la fecha en que se determinó la pérdida de la capacidad laboral, es decir, cuando la persona no siguió aportando a su pensión porque no pudo seguir laborando, deben tenerse en cuenta los aportes que ésta realizó durante los tres (3) años inmediatamente anteriores a la fecha real de estructuración de la enfermedad, o sea, desde que hizo el último aporte a pensión para comprobar si cuenta o no con las 50 semanas cotizadas que la ley ha establecido para el caso de la pensión de invalidez, tal como lo ha determinado esta Corte en su Sentencia T-383, de 2016.
¿Cuál debe ser el porcentaje de pérdida de capacidad laboral para el reconocimiento de una pensión de invalidez?
El porcentaje de calificación de pérdida de capacidad laboral debe ser mayor al 50%, porque si es inferior a este porcentaje lo que puede establecer es una incapacidad permanente parcial, pero si es igual o superior a este 50% se configura una invalidez.
¿Quién califica la pérdida de la capacidad laboral?
Esto le corresponde a la Entidad Prestadora de Salud (EPS), a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), o al fondo de pensiones de acuerdo con el origen o tipo de enfermedad o accidente.
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