Muchos colombianos no logran pensionarse por distintos factores, especialmente, como el de no reunir las semanas que la ley exige porque no alcanzan a tener el tiempo, el monto de dinero que ahorran no es suficiente para pensionarse por causa de los bajos ingresos que reciben, por debajo del salario mínimo, por trabajar en periodos discontinuos o, en algunos casos, por descuido de la propia persona, por ello, el Gobierno Nacional creó los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos).
¿Qué son los BEPS?
“Son una alternativa de ahorro para que los colombianos que tienen ingresos menores a 1 SMMLV puedan recibir un ingreso de por vida, una vez cumpla la edad de retiro (mujeres 57, hombres 62).” No se configuran como pensión, sino como una especie de subsidio creado para las personas que laboran en un sector informal que no ha podido cotizar para su pensión.
¿Cuál es la entidad encargada de administrar los BEPS?
Colpensiones, administradora del Régimen de Prima Media, es la entidad encargada de los BEPS, mediante el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007 y el artículo 17 del Decreto 604 de 2013.
¿A qué personas están dirigidos los BEPS?
- Colombianos mayores de 18 años afiliados al régimen contributivo como beneficiario o al régimen subsidiado en salud.
- Personas con ingresos menores a un SMMLV
- Personas que a pesar de haber cotizado para pensión no cumplieron con los requisitos para obtenerla.
- Población vulnerable de estratos I, II y III del Sisbén, personas de la tercera edad sin ingresos fijos y con bajos niveles de cotización para la pensión.
¿Cuáles son las características de los BEPS?
- Los BEPS no son una pensión, como ya se mencionó.
- Es una forma de ahorro, en una cuenta individual denominada Hoy y Mañana BEPS, en el monto que se pueda y cuando pueda, con el que el Gobierno busca la protección de esos colombianos que no cumplen con los requisitos del sistema pensional.
- Al cumplir la edad de pensión, y vinculado a los BEPS, se generará un ingreso similar a lo ahorrado por la persona y recibirá un incentivo que brinda el Estado.
- Este beneficio se recibirá cada dos meses, como anualidad vitalicia.
- Los BEPS no son heredables.
- El valor del aporte anual es por un monto máximo de $1.390.000 para el 2022.
¿Cuál es el incentivo que otorga el Estado?
Para los inscritos en los BEPS, habrá un subsidio otorgado por el Estado y con un cálculo anual individual, es decir, según los aportes que la persona hace así será el valor del subsidio de esos aportes que consiste en un 20%.
¿Cuánto cobra Colpensiones por el manejo de la cuenta que tiene la persona en la cuenta Hoy y Mañana BEPS?
Colpensiones no realiza ningún cobro por el manejo de la cuenta a la persona que se afilie a este sistema.
¿Qué otros beneficios tiene la persona inscrita en los BEPS?
- Póliza de seguro de vida
- Servicios exequiales
- Se le generan intereses del 20% que van aumentando según el incremento anual y el costo de vida.
¿A dónde acudir para ahorrar en BEPS?
En los puntos de recaudo de las redes surep/PagaTodo, SuperGiros, Punto de Pago localizados en supermercados, droguerías, tiendas y locales, ingresar a la sede electrónica de Colpensiones para vincularse, o en los puntos de atención de Colpensiones.
¿Cuándo puedo retirar los ahorros de mis BEPS?
NO, los ahorros no pueden retirarse y sólo los podrá usar hasta que cumpla con la edad de pensión establecida que es de 57 para las mujeres y 62 para los hombres, definida en el Régimen de Prima Media.
¿Se pierden los ahorros de un vinculado que fallece durante la etapa de ahorro?
No, el dinero de los ahorros y sus rendimientos se le devuelven a las personas que demuestren tener derecho para ello (descendientes como hijos, nietos, etc., hijos adoptivos, ascendientes como padres, abuelos, etc., padres adoptantes, hermanos, sobrinos, cónyuge sobreviviente, compañero permanente, o el ICBF cuando no reclame ninguna de las personas mencionadas, pero no se les entrega el 20% adicional del subsidio brindado por el Estado.
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