Dentro del mundo de los contratos encontramos distintas figuras jurídicas, de algunas de las cuales hemos hablado en anteriores artículos, como las cláusulas que deben ir en los contratos, por ej., la cláusula penal, cláusula de exclusividad laboral, las cláusulas más importantes dentro de un contrato de trabajo, entre otras; sabemos también que algunas veces se requiere agregar cláusulas adicionales en ellos, por lo cual hoy nos referiremos al otrosí de un contrato.
¿Qué es el otrosí de un contrato?
“Como adverbio, además, además de eso. Su uso es casi exclusivamente forense; al punto de que se ha sustantivado para referirse a cada una de las pretensiones o peticiones que se agregan a la principal de un escrito judicial. Constituye como posdata de los escritos cuando, después de firmados, se quiere agregar algo sin necesidad de rehacerlos; lo cual obliga a firmar el otrosí u otrosíes añadidos.”
Es decir, el otrosí de un contrato es un documento adjunto al contrato principal (que ya está firmado por las partes) que sirve para añadir pretensiones además de las principales, se agregan cláusulas, se aclaran o cambian condiciones del principal que pueden llegar a afectar el objeto de éste.
¿Cuáles son los usos del Otrosí?
- Como se señaló anteriormente: Adicionar una pretensión además de la principal.
- Para cambiar sustancialmente el contrato, llegando a ser el principal, incluso, el principal.
- Para aclarar cláusulas.
¿Un Otrosí se hace para que el contrato principal sea nulo?
- No, el Otrosí se usa para modificar, añadir pretensiones, aclarar cláusulas, pero con acuerdo de las partes para ello.
- En caso que se pretenda novar la obligación principal, lo que se debe hacer es un contrato de novación y no un Otrosí.
¿Cuáles son los requisitos para un Otrosí?
- Los mismos requisitos que para el contrato original, dependiendo del tipo de contrato y de si requiere ciertas solemnidades o no.
- Debe ser por escrito.
- Si el contrato principal se autenticó, el Otrosí también.
¿Qué pasa cuando las partes no se ponen de acuerdo con el contenido del Otrosí?
En este caso, el contrato principal no podrá adicionar cláusulas, ni modificarse, seguirá su curso normal, como quedó establecido.
¿Se puede hacer un Otrosí para modificar otro Otrosí?
No hay un límite, se pueden hacer tantos otrosíes a un contrato como se requieran, según las circunstancias particulares, así como la voluntad de las partes para realizar los cambios y modificaciones que se vayan necesitando.
¿En que se diferencia una adenda de un otrosí?
“Esta expresión se utiliza en materia contractual, mediante la cual, las partes pueden modificar, ampliar, o definir los términos de las obligaciones contraídas, sin necesidad de suscribir un nuevo instrumento.”
La adenda sirve para modificar el contrato como, por ej., la fecha de cumplimiento, el pago, el modo, la forma de entrega, aclara los términos de un contrato agregando detalles a las condiciones de éste; mientras que el otrosí modifica las condiciones sustanciales del contrato.
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