Las prestaciones sociales generan mucha controversia entre el empleador y el trabajador cuando el primero no se las quiere reconocer o cuando se demora en liquidarlas y pagarlas, por ello, en nuestro presente artículo hablaremos sobre la liquidación de las prestaciones sociales y la base para liquidarlas, lo que permite establecer el valor de cada una que se debe pagar al trabajador.
¿Cómo se hace la liquidación de las prestaciones sociales?
- Las prestaciones sociales se liquidan de acuerdo al salario que el trabajador recibe y aplicando los porcentajes establecidos para cada prestación social.
- Asimismo, se deben incluir conceptos salariales como las horas extras, los recargos y las comisiones, así como cualquier otro pago que sea remunerativo para el trabajador.
- Se determina la base de liquidación y se procede a aplicar las respectivas fórmulas de cada una de las prestaciones sociales.
¿Cuál es la base para liquidar las prestaciones sociales?
Para liquidar las prestaciones sociales se debe tener en cuenta lo señalado por el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo:
- Salario básico
- Horas extras
- Recargos nocturnos
- Trabajo dominical y festivo
- Comisiones
- Auxilio de transporte
- Todo concepto que se configure en salario
- Promedio del salario variable, cuando sea el caso de un trabajador que tenga este tipo de salario.
¿Cómo se liquidan las cesantías?
Su pago, por ley, se realiza a 31 de diciembre o en la fecha que establezca el contrato de trabajo.
La fórmula para liquidar las cesantías es: Se multiplica el valor del salario mensual por el número de días laborados y ese resultado se divide sobre 360 días.
¿Cómo se liquidan los intereses de cesantías?
Su pago, por ley, se realiza a 31 de diciembre o en la fecha que establezca el contrato de trabajo.
La fórmula para liquidar los intereses de cesantías es: Se multiplica el valor de las cesantías por 0.12 por el número de días trabajados y el resultado se divide sobre 360 días.
¿Cómo se liquida la prima de servicios?
Su pago se hace en dos partes o cuotas, una a mitad de año y la otra a final de año.
La fórmula para liquidar la prima de servicios es: Se multiplica el valor del salario mensual por el número de días trabajados en el semestre y ese valor se divide sobre 360 días.
¿Por qué se tiene en cuenta el valor del auxilio de transporte para la liquidación de las prestaciones sociales?
A pesar que el auxilio de transporte no constituye salario, por ley, debe ser incluido en la base para liquidar las prestaciones sociales de cesantías y prima de servicios, artículo 7 de la Ley 1 de 1963.
Como vemos, las prestaciones sociales son unos beneficios complementarios que la empresa está obligada a pagar a sus trabajadores, calculados sobre una base salarial y con unas fórmulas específicas.
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