Las dos últimas semanas han traído varias novedades, una de ellas es el cobro por uso de antejardines a locales comerciales, tema que ha generado discusión entre los dueños de estos locales que han hecho uso indebido de espacios públicos y quienes se ven afectados porque no pueden desplazarse con comodidad por estos lugares y se ven obligados a bajar a la calle para transitar por el sector.
¿Qué se está haciendo para que los comerciantes hagan buen uso de los antejardines ubicados frente a sus negocios?
El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) es la entidad encargada de adecuar los mecanismos ideales para regular y cobrar a los comerciantes por el uso de los antejardines de los inmuebles en ejes comerciales tales como restaurantes, cafeterías y otros que se han ido apropiando de esos espacios para ampliar sus negocios colocando mesas y sillas y haciendo encerramientos sin realizar el trámite legal respectivo para ello, lo cual impide la libre movilización peatonal y sin pagar al Distrito por esta apropiación de espacio público.
¿Es permitido el aprovechamiento económico del espacio público por parte de los comerciantes?
Sí, las normas establecidas por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de 2021 permiten el aprovechamiento económico del espacio público, pero cumpliendo con ciertos requisitos.
¿Qué se busca con la implementación del cobro por uso de antejardines a locales comerciales?
Con la implementación del cobro por uso de antejardines a locales comerciales lo que se busca es asignar estos recursos a la mejora del espacio público, pues estos son “espacios privados de uso público” que, a pesar de ser propiedad de los dueños de los inmuebles no pueden ser construidos y deben permitir el tránsito peatonal sin obstáculos.
¿Cuáles son las medidas que implementará el IDU para el cobro por uso de antejardines a locales comerciales?
- Permisos temporales
- Sistema de retribución económica calculada en función del valor del metro cuadrado, del avalúo comercial del inmueble y de la duración del permiso.
¿Para quiénes aplicarán las medidas que tome el IDU para el cobro por uso de antejardines a locales comerciales?
Estas medidas sólo aplicarán a los predios situados en ejes comerciales como, por ej., calles con muchos locales comerciales y con variedad de comercios que quieran obtener el permiso para hacer uso de los antejardines.
¿Qué documentos se deben presentar para la autorización temporal?
- Diligenciar el formulario de radicación web o el la solicitud de uso temporal del espacio público
- O acudir ante la sede principal del IDU
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del propietario, arrendatario o poseedor del establecimiento de comercio
- Certificado de Cámara de Comercio vigente
- Registro único Tributario (RUT)
- Certificación de bioseguridad para demostrar que se cumplen con todos los protocolos exigidos para la actividad y servicios para desarrollar el objeto social en el espacio público.
- Esquema de ubicación de los elementos que se usarán, delimitar las áreas que se ocuparán
- Fotos del andén que se usará: Foto del frente al establecimiento comercial y otra del perfil del andén
- Fotografías y planos del espacio
IMPORTANTE: Los comerciantes se deben comprometer con la continuidad del tránsito peatonal y de biciusuarios, no colocar cerramientos permanentes o cubiertas y usar estructuras desmontables.
¿Por qué periodo se otorga el permiso temporal para el uso de antejardines a locales comerciales?
La autorización se puede pedir por un periodo mínimo de 1 día y máximo de 2 años, con posibilidad de prórroga por un término igual al otorgado inicialmente.
¿Qué han manifestado los comerciantes ante el cobro por uso de antejardines a sus locales comerciales?
Los comerciantes y el gremio de Fenalco han expresado su oposición a la medida, pues temen que esto incremente los costos operativos para ellos y que, a pesar de ser, muchos de ellos, propietarios que ya tributan por estos espacios mediante el impuesto predial, consideran que esto atenta contra el derecho a la propiedad privada establecido en la Constitución Política de Colombia; asimismo, se ven enfrentados a una larga lista de requisitos para tramitar el permiso temporal.
El proyecto se encuentra en borrador y sometido a consulta pública hasta el viernes 4 de marzo de 2025, obteniendo varias observaciones que el IDU está teniendo en cuenta para la elaboración definitiva de la norma.
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