La Corte Suprema de Justicia, desde hace varios años, ha definido en Sala de Casación Laboral, en Sentencia de julio 18 de 1985, lo que representa este concepto: “Prestación social es lo que debe el patrono al trabajador en dinero, especie, servicios u otros beneficios, por ministerio de la ley, o por haberse pactado en convenciones colectivas o en pactos colectivos, o en el contrato de trabajo, o establecida en el reglamento interno del trabajo, en fallos arbitrales o en cualquier acto unilateral del patrono, para cubrir los riesgos o necesidades del trabajador que se originan durante la relación de trabajo o con motivo de la misma. Se diferencia del salario en que no es retributiva de los servicios prestados y de las indemnizaciones laborales en que no reparan perjuicios causados por el patrono”.
Esto significa que los componentes ya mencionados no se consideran como salario, sino que son beneficios adicionales a éste que la Ley otorga al trabajador en virtud del contrato de trabajo, para que cubra riesgos durante el desarrollo de su labor y como una forma de reconocimiento, del empleador, a su aporte por la generación de ingresos y utilidades en la empresa para la cual labora pero que, igualmente, le sirven para solventar necesidades en el evento de quedar cesante, como una base económica mientras consigue un nuevo empleo (Cesantías).
Las prestaciones sociales no forman parte de la base sobre la cual se calculan las contribuciones al sistema de seguridad social en salud, pensión, riesgos profesionales, ni aportes parafiscales.
¿Cuáles son las prestaciones sociales a cargo del empleador?
- Prima de servicios: Es el pago de un salario mensual por cada año trabajado, o proporcional al tiempo que el trabajador se encuentre vinculado a la empresa, que se le otorgan por su participación en las ganancias de la empresa, La mitad del salario, quince días, el último día del mes de junio y los otros quince días en los primeros 20 días de diciembre.
- Cesantías: Pago que, a partir de enero de 1991, es liquidado anualmente y consignado antes del 15 de febrero del año posterior a su causación, en un Fondo de Cesantías (Administrador) del cual, el trabajador, puede retirar el dinero, parcial o totalmente, en determinados casos, para solventar necesidades específicas como son estudios propios, de su cónyuge e hijos y adquisición o mejora de vivienda, debidamente certificados.
- Intereses a las cesantías: Están representados por el (doce) 12% del valor del Auxilio de Cesantía y se le entrega al empleado en el pago de nómina de enero del año siguiente al liquidado. Es un beneficio que se otorga en todo contrato laboral, sin tener en cuenta el tipo de contrato, ni la duración del mismo.
- Dotación: Pagada a todo trabajador con contrato a término indefinido, o que en la época de su entrega haya laborado más de tres (3) meses para la empresa y que su salario mensual sea inferior o igual a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes; la cual consiste en un vestido de trabajo adecuado con la labor que se realiza y un par de zapatos, también aptos para las funciones desempeñadas. Debe entregarse tres (3) veces al año, cada cuatro (4) meses.
LA CADUCIDAD
La caducidad es un fenómeno jurídico que todos debemos conocer por la importancia que tiene al ejecutar una acción para hacer valer nuestros derechos, por ello, éste será el tema de nuestro artículo a continuación. ¿Qué es la caducidad? “La caducidad, en...
EMPRESA O NEGOCIO EN VIVIENDA DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Muchas veces hemos visto y/o vemos escuchado los inconvenientes que se forman cuando se abre una empresa o negocio en vivienda de propiedad horizontal, tema de nuestro artículo a continuación. ¿Es legal abrir una empresa o negocio en vivienda de propiedad...
CALCULO ACTUARIAL EN PENSIONES
El cálculo actuarial como tal se conoce como una forma de las matemáticas aplicadas que se usa para predecir hechos económicos determinados de acuerdo a sus efectos y a los costos que esto implica, en el evento de que se realicen, y uno de estos es el cálculo...
NACIONALIDADES QUE PUEDE TENER UN COLOMBIANO
Con la globalización, el avance de la tecnología, la facilidad que tienen las personas para viajar y radicarse fuera del país, muchos de los colombianos deciden adoptar la nacionalidad del paí que los acogió y les brindó nuevas oportunidades laborales y calidad de...
GESTION DE RESIDUOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
El tema de la contaminación ha ido tomando más y más fuerza a nivel mundial y, por lo mismo, el MInisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, junto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio han establecido un código de colores para separar los residuos en...
NUEVAS SEÑALES DE TRANSITO
Hay nuevas señales de tránsito en Colombia, comenzaron a regir a partir de este 1o. de abril de 2025, hoy hablaremos sobre ellas y las multas para quienes no las cumplan. ¿Hay nuevas señales de tránsito en Colombia? Sí, el Manual de Señalización Vial...
EL SENA PAGA POR ESTUDIAR
Los aprendices de los estratos 1 y 2 del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA tendrán una remuneración por estudiar, la cual consiste en un subsidio con el que podrán cubrir costos de alimentación, materiales de estudio y transporte. ¿Por qué el SENA paga por...
RECARGO DOMINICAL Y FESTIVOS
e los trabajos depende en un porcentaje muy alto que los trabajadores en Colombia puedan cubrir todos los gastos que representan el diario vivir y el de sus familias, por ello, cuando hay un incremento en este ingreso eso aporta “cierta tranquilidad”, y es lo que...
LEGITIMACION EN LA CAUSA
La legitimación en la causa no es un término muy conocido para quienes no están en el mundo del Derecho pero, consideramos, que las personas deben saber de éste para tener claro su rol en un proceso judicial. ¿Qué es la legitimación en la causa? Ha...
SENTENCIA ANTICIPADA
Mucho se escucha sobre el término Sentencia Anticipada, pero no se tiene claridad de lo que éste representa exactamente dentro de un proceso judicial, por lo que hoy hablaremos sobre ello. ¿Qué es una sentencia? “La sentencia es la resolución judicial...