La Constitución Política colombiana en su art. 86 consagra la tutela como un procedimiento al que tiene acceso cualquier ciudadano de interponer una petición ante las autoridades públicas y, por extensión, a entidades privadas cuando considera que sus derechos “constitucionales fundamentales”, tanto suyos como de terceros, han sido vulnerados.

Es un mecanismo con el cual toda persona, sin exclusión, puede realizar de forma respetuosa ante juez y obtener una pronta respuesta a su requerimiento, sin que exista para ello algún impedimento de tiempo, ni de lugar, aún bajo los estados de excepción.

Como instrumento preferente, es decir, prioritario, y breve, la acción de tutela busca de alguna manera que su accionar se encamine a la protección inmediata de los derechos fundamentales ya sea de interés general o particular, sin que para ello sea necesario la ayuda de un profesional de derecho.

De esta forma se garantiza que cualquier autoridad pública o entidad privada conteste la petición en un término de diez días contados a partir del momento de su radicación en el juzgado.

­­­

¿Cuándo es Procedente?­­­

La acción de tutela procede ante autoridad pública o particular, siempre y ­­cuando se haya visto amenazado algún derecho fundamental, por acción u omisión, y no exista ningún otro recurso o medio para su defensa, salvo que sea utilizado de manera transitoria para evitar un daño o perjuicio irreparable.

Los requisitos formales de la tutela, en todo caso, tienen que cumplir ciertas exigencias mínimas, entre ellas la legitimación del asunto que hace referencia a que sea el interesado en que se proteja su derecho, y que no sea contrario a las normatividades existentes.

 

¿Cuándo no es procedente?

La acción de tutela no es procedente realizarla cuando el daño o el perjuicio que se ha invocado originó un daño consumado, salvo cuando continúe la acción u omisión violatoria del derecho, cuando existan otros recursos o medios de defensa judiciales 

como por ej., una demanda ordinaria ante un Juez de la República, o el Hábeas Corpus cuando han retenido ilegalmente a una persona, o una Acción Popular para la protección de derechos colectivos.

Otras acciones de tutela que no son procedentes: la solución de conflictos de orden económico y litigioso, para resolver controversias, cuestiones de acreencias laborales o reintegro, entre otros.

 

¿Quién puede interponer una tutela?

  • A título personal y para ella misma o para un tercero
  • Por poder y para representar a menores de edad, interdictos o personas con discapacidad absoluta
  • A través de agente oficioso, defensor del pueblo o personero municipal
  • Por apoderado judicial

Cualquier persona puede interponer una acción de tutela sin necesidad de abogado; sin embargo, deben tenerse en cuenta unos aspectos básicos para que la demanda sea aceptada ante un juez de la república.

 

¿Qué entidades pueden asesorarme para interponer la Acción de Tutela?

En caso de no poseer los conocimientos básicos para redactar la acción de tutela, o que se encuentre por no saber leer o escribir, puede acudirse a otras instancias donde lo orientarán en todo el proceso de la acción de tutela, desde su redacción hasta la radicación de la misma, como:

  •         Defensoría del Pueblo
  •         Personería
  •         Procuraduría       
  •         Consultorios jurídicos de las facultades de Derecho en las universidades
  •         Bufetes de abogados

REGISTRO UNIVERSAL DE INGRESOS (RUI)

El actual Gobierno Nacional, a través del Departamento Nacional de Planeación (DNP)  presentó el Registro Social de Hogares (RSH), una herramienta con la que se pretende reunir la información de las condiciones de vida y el nivel de ingreso de todos los hogares en...

read more

DERECHO DE REPRESENTACION

Continuando con el tema de herencias y sucesiones, hoy hablaremos sobre el derecho de representación que no debe confundirse con el derecho de transmisión, del cual tratamos en artículo anterior.   ¿Qué es el derecho de representación? El artículo 1041 del C.C....

read more

DERECHO DE TRANSMISION

El tema de las herencias y sucesiones es muy amplio, hay figuras jurídicas dentro de ellas que muchos de nuestros usuarios desconocen y es importante saber, una de ellas es el derecho de transmisión, el cual explicaremos en el presente artículo.   ¿Qué es el...

read more

PAGAR MENOS IMPUESTO DE RENTA

Como hemos venido diciendo en artículos anteriores, nos encontramos en época de presentar la declaración de renta y, todos, siempre buscamos la forma de ahorrarnos unos “pesos” y de eso se trata nuestro artículo de hoy: pagar menos impuesto de renta.   ¿Cómo...

read more

EL IVA- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Como ya sabemos, el objetivo de los impuestos es generar recursos para el Estado, para que éste, a su vez, pueda costear sus proyectos sociales de salud, educación, seguridad, etc., uno de estos impuestos es el IVA- impuesto al valor agregado, o comúnmente denominado...

read more

REDUCIR PAGO DE IMPUESTOS

REDUCIR PAGO DE IMPUESTOS En artículos recientes hemos venido hablando sobre la declaración de renta por encontrarse en curso los periodos para su presentación, específicamente para las personas naturales.   En nuestro artículo de hoy nos dedicaremos a señalar ...

read more

DECLARACION DE RENTA PERSONAS JURIDICAS

Como cada año, se debe presentar la declaración de renta del año gravable inmediatamente anterior, por lo que, para conocimiento de nuestros usuarios, decidimos brindar información sobre la presentación de este impuesto, los topes, quiénes deben declarar y tips para...

read more

DECLARACION DE RENTA PERSONAS NATURALES 2023

Como todos los años, los colombianos debemos cumplir con las obligaciones tributarias que le permiten al Estado contar con los recursos para llevar a cabo los planes del Gobierno Nacional en lo relacionado con la salud, educación, seguridad, vías, etc.     En...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido