Es un mecanismo con el cual toda persona, sin exclusión, puede realizar de forma respetuosa ante juez y obtener una pronta respuesta a su requerimiento, sin que exista para ello algún impedimento de tiempo, ni de lugar, aún bajo los estados de excepción.
Como instrumento preferente, es decir, prioritario, y breve, la acción de tutela busca de alguna manera que su accionar se encamine a la protección inmediata de los derechos fundamentales ya sea de interés general o particular, sin que para ello sea necesario la ayuda de un profesional de derecho.
De esta forma se garantiza que cualquier autoridad pública o entidad privada conteste la petición en un término de diez días contados a partir del momento de su radicación en el juzgado.
¿Cuándo es Procedente?
La acción de tutela procede ante autoridad pública o particular, siempre y cuando se haya visto amenazado algún derecho fundamental, por acción u omisión, y no exista ningún otro recurso o medio para su defensa, salvo que sea utilizado de manera transitoria para evitar un daño o perjuicio irreparable.
Los requisitos formales de la tutela, en todo caso, tienen que cumplir ciertas exigencias mínimas, entre ellas la legitimación del asunto que hace referencia a que sea el interesado en que se proteja su derecho, y que no sea contrario a las normatividades existentes.
¿Cuándo no es procedente?
La acción de tutela no es procedente realizarla cuando el daño o el perjuicio que se ha invocado originó un daño consumado, salvo cuando continúe la acción u omisión violatoria del derecho, cuando existan otros recursos o medios de defensa judiciales
como por ej., una demanda ordinaria ante un Juez de la República, o el Hábeas Corpus cuando han retenido ilegalmente a una persona, o una Acción Popular para la protección de derechos colectivos.
Otras acciones de tutela que no son procedentes: la solución de conflictos de orden económico y litigioso, para resolver controversias, cuestiones de acreencias laborales o reintegro, entre otros.
¿Quién puede interponer una tutela?
- A título personal y para ella misma o para un tercero
- Por poder y para representar a menores de edad, interdictos o personas con discapacidad absoluta
- A través de agente oficioso, defensor del pueblo o personero municipal
- Por apoderado judicial
Cualquier persona puede interponer una acción de tutela sin necesidad de abogado; sin embargo, deben tenerse en cuenta unos aspectos básicos para que la demanda sea aceptada ante un juez de la república.
¿Qué entidades pueden asesorarme para interponer la Acción de Tutela?
En caso de no poseer los conocimientos básicos para redactar la acción de tutela, o que se encuentre por no saber leer o escribir, puede acudirse a otras instancias donde lo orientarán en todo el proceso de la acción de tutela, desde su redacción hasta la radicación de la misma, como:
- Defensoría del Pueblo
- Personería
- Procuraduría
- Consultorios jurídicos de las facultades de Derecho en las universidades
- Bufetes de abogados
FIRMA A RUEGO
Algunas veces, se presenta el caso de un acto o negocio jurídico o cualquier otro trámite notarial, financiero, etc., donde una de las personas involucradas no sabe firmar, o presenta una discapacidad visual que se lo impide, es ahí donde se realiza lo que se ha...
CERTIFICADO DE LUCIDEZ MENTAL
Desafortunadamente, con el paso de los años se presentan varias circunstancias que nos impiden desempeñarnos todo lo bien que desearíamos y, para efectos legales,algunas de ellas como la capacidad mental, el saber leer, el saber escribir, son esenciales, por lo que en...
SUSTITUCION PENSIONAL
SUSTITUCION PENSIONAL Al fallecer un pensionado deja un derecho reconocido a su pensión y a que tal derecho le sea dado a la persona más cercana a él, siempre que reúna los requisitos para sustituirlo, es decir, esa persona pasará a ser quien reciba esa pensión....
UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES – UGPP
UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES - UGPP En los últimos años, las empresas y los independientes privados han sido sorprendidos con una notificación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), en la ejecución de sus actividades en lo referente a...
PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES
PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES La prescripción es un término utilizado para indicar que hay un tiempo establecido para hacer valer un derecho determinado, y en este caso que nos concierne se refiere a que con el paso del tiempo cesa cualquier reclamación u...
FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ
FECHA DE ESTRUCTURACION DE LA INVALIDEZ Cuando se solicita una pensión de invalidez es esencial saber con exactitud la fecha de estructuración de la invalidez, pues esta duda perjudica los derechos de los afiliados y probables pensionados en el evento de enfermedades...
EMBARGO Y SECUESTRO DE LA POSESION
EMBARGO Y SECUESTRO DE LA POSESION Primero, hay que tener claridad sobre la posesión para comprender los alcances de un embargo y secuestro sobre ésta y saber en últimas las consecuencias y efectos que se surten cuando se llega a esta instancia proferida por un ...
PRIMA DE SERVICIOS
Dentro de las prestaciones sociales de los trabajadores se encuentra la prima de servicios, así como las cesantías, los intereses a las cesantías y la dotación, tal como lo tratamos en anterior artículo del blog de la página web de la notaría 19. En esta ocasión...
EL MINIMO VITAL
Cuando se habla de los derechos fundamentales que debe poseer una persona, necesariamente tenemos que remitirnos a la Constitución Política de nuestro país en donde Colombia se declara un Estado Social y, como tal, los derechos a la vida, salud, seguridad social,...
LICENCIA REMUNERADA POR LUTO
En caso de fallecimiento de la cónyuge, compañera o compañero permanente o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, tanto los servidores públicos como los trabajadores de empresas privadas tendrán una licencia...