Aspectos importantes que debe tener el acuerdo de divorcio en caso de haber hijos menores de edad.
En el escrito: “Divorcio ante Notario”, se pueden encontrar los fundamentos básicos de dicho trámite y además la posibilidad de gestionar por cuenta propia y en forma online tanto el acuerdo de divorcio cómo el poder para el abogado o la abogada que lo debe asistir.
Recordemos que en la Notaría se formalizará mediante escritura pública el acuerdo al que lleguen los cónyuges para su divorcio el cuál producirá los mismos efectos que el divorcio decretado judicialmente.
¿Cuál es el procedimiento a seguir para iniciar el trámite de divorcio ante un Notario?
De conformidad con el artículo 2 del Decreto 4436 de 2005, los cónyuges deberán presentar personalmente ante el Notario el poder que autorizará al abogado o abogada de su elección para que actué en representación de ellos, y será aquel o aquella quién presente la petición de divorcio ante el Notario.
¿Qué debe contener la petición de divorcio?
Del artículo anteriormente citado, se desprende:
a).- Los nombres, apellidos, documentos de identidad, edades y residencia de los cónyuges.
b).- El acuerdo suscrito por los cónyuges con la manifestación de voluntad de divorciarse. Además, contendrá disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre ellos, si es el caso, y el estado en que se encuentra la sociedad conyugal.
c).- Copias o certificados de los registros civiles de nacimiento y matrimonio de los cónyuges.
Ahora bien, ¿Qué ocurre si los cónyuges que se desean divorciar tienen hijos menores de edad?
De haber hijos menores de edad, el acuerdo también comprenderá los siguientes aspectos:
a).- La forma en que los padres contribuirán a la crianza, estableciendo quién ejercerá la custodia y cuidado personal de los menores.
b).- La obligación o cuota alimentaria, que será de acuerdo con la capacidad económica de quién deba proporcionarla. Es pertinente aclarar, se entiende por alimentos todo lo que sea necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes, es decir, todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción del menor.
c).- El régimen de visitas con la periodicidad de las mismas, se refiere al tiempo que requiere el padre que no convive con el menor para que pueda compartir con él, ya sea cada fin de semana o cada quince días, lo mismo aplica para la temporada de vacaciones, las fechas de cumpleaños, navidad, fin de año, etc.
d).- Las copias o los certificados de los registros civiles de nacimiento de los hijos menores de edad.
e).- La intervención de un Defensor de Familia.
¿Por qué es necesaria la intervención de un Defensor de Familia?
Habiendo hijos menores de edad, el Notario mediante escrito le notificará al Defensor de Familia, del lugar de residencia de los cónyuges, sobre el acuerdo al que han llegado éstos. El Defensor de Familia deberá emitir su concepto u opinión en los quince (15) días siguientes a la notificación, en donde evaluará si el contenido del acuerdo es acorde a la protección e intereses superiores de los hijos menores.
¿Qué ocurre si el Defensor de Familia no emite su concepto?
Si en el plazo establecido el Defensor de Familia no ha enviado su concepto, el Notario dejará constancia de tal circunstancia y autorizará la escritura pública, le enviará una copia al Defensor de Familia a costa de los interesados.
¿Qué ocurre si el concepto que emite el Defensor de Familia es negativo?
Les serán devueltos los documentos a los cónyuges y éstos deberán acudir a un proceso judicial ante un Juez de Familia competente, ya que, el pronunciamiento del Defensor de Familia no es susceptible de ningún recurso legal.
¿Qué ocurre si no hay asignado un Defensor de Familia en la localidad donde residen los cónyuges?
En este caso, será el Comisario de Familia el autorizado para emitir los conceptos u opiniones sobre el acuerdo de divorcio, y en ausencia de éste, será el Inspector de la Policía quién podrá emitir el concepto solicitado. Tal situación es válida en base al artículo 98 de la Ley 1098 de 2006, el cuál consagra la figura jurídica de la competencia subsidiaria que consiste en transferir ciertas funciones o competencias de un funcionario a otro en caso de una ausencia plena.
Para concluir, si transcurren dos (2) meses desde la fecha en que la petición de divorcio fue puesta a la disposición del Notario, sin que los interesados concurran a su otorgamiento, se considerará que éstos han desistido de continuar con el trámite.
EPS NO DEBEN PEDIR AUTORIZACIONES
Los inconvenientes que se están presentando en el sistema de salud de nuestro país, de los cuales hemos venido tratando en varios de nuestros artículos, han originado que la Corte Constitucional y entidades del Gobierno Nacional se pronuncien para resolver algunos de...
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Hoy trataremos sobre la Superintendencia Nacional de Salud, qué es, cuáles son sus funciones y cómo los ciudadanos pueden presentar una queja ante esta entidad, pues, como hemos sabido en recientes noticias, como señalamos en artículos anteriores de nuestro blog, EPS...
DECRETO QUE ANTICIPA COBRO DE RETEFUENTE
Mucha polémica ha causado la reciente expedición del Decreto que anticipa cobro de retefuente de 2026 del Ministerio de Hacienda 0572 de 2025, algunos dicen que es una “reforma tributaria anticipada” que tendrá efecto en miles de empresas en el país, y en nuestro...
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Retomando la información sobre las entidades del Estado, hoy le corresponde el turno a la Defensoría del Pueblo, entidad que hace parte del Ministerio Público y es uno de los órganos de control del Estado. ¿Qué es la Defensoría del Pueblo? “Es la entidad...
ACUERDO DE PAGO EN PROCESOS EJECUTIVOS
Muchas personas por distintos motivos se ven enfrentados a deudas con diferentes entidades tanto comerciales, como bancarias, incluso personales, por ello, en nuestro artículo a continuación hablaremos sobre el acuerdo de pago en procesos ejecutivos. ¿Qué es un...
EPS DEBEN ENTREGAR MEDICAMENTOS
Todos sabemos lo complicado que se ha vuelto reclamar medicamentos en las EPS del país por desabastecimiento de los mismos, pero, en días pasados, la Corte Constitucional emitió un fallo donde ordena que las EPS deben entregar medicamentos a pesar de la escasez....
COMPRAVENTA CON PACTO DE RETROVENTA
Uno de los contratos más usados por nuestros usuarios es el de compraventa, con muchos aspectos a tener en cuenta y uno de ellos es el de la compraventa con pacto de retroventa, tema de nuestro artículo de hoy. ¿Qué es el pacto de retroventa? ...
INTERVERSION DEL TITULO
Figuras jurídicas poco conocidas como, por ej., la interversión del título, relacionándose con el paso de tenedor a poseedor de un bien, son desconocidas por nuestros usuarios, por ello la hemos escogido como nuestro tema para este artículo. ¿Qué es la...
ANATOCISMO
El anatocismo es una de esas figuras jurídicas que afectan el día a día de muchas personas, pero de las cuales no se conoce mucho, su nombre no da “pistas” sobre su significado, por lo que este es el tema del artículo a continuación. ¿Qué es el anatocismo?...
CUOTA ALIMENTARIA EN ESPECIE
El aspecto de los alimentos de los hijos es un tema bien delicado entre la pareja donde, pocas veces, logran ponerse de acuerdo en el monto de la misma y se ven obligados a acudir ante la justicia para dirimir este conflicto, pero ¿Se puede dar la cuota alimentaria...