Con frecuencia encontramos que la persona que posee un patrimonio quiere blindarlo legalmente de alguna manera, ya sea para que tenga efectos hacia el futuro o como mecanismo de protección de posibles embargos.
Es importante hacer claridad al respecto.
El Código Civil define la propiedad fiduciaria como aquella que está sujeta al gravamen de pasar a otra persona por el hecho de verificarse una condición. La constitución de la propiedad fiduciaria se llama fideicomiso.
¿Quiénes participan de esa constitución? Participan 3 personas, EL CONSTITUYENTE, quien crea u ordena el fideicomiso; EL FIDUCIARIO, que recibe la cosa, quedando obligado a entregarla mediante la figura de la RESTITUCIÓN y el FIDEICOMISARIO o BENEFICIARIO en cuyo favor se ha constituido el fideicomiso y quien recibe la propiedad mediante la restitución que le hace el FIDUCIARIO.
En múltiples casos se observa que el constituyente determina y nombra en el contrato de fideicomiso a unos beneficiarios o fideicomisarios sin la participación de ese tercero llamado FIDUCIARIO, quedando en cabeza del mismo constituyente esta dos figuras y en consecuencia, el dominio de los bienes o patrimonio limitado con el fideicomiso, continúa en cabeza del constituyente.
En este orden de ideas, mientras no se consolide la propiedad en cabeza del o los beneficiarios, fideicomisarios, la propiedad fiduciaria es objeto de embargo por cuanto contínua en cabeza del constituyente.
HOY, los Jueces de la República ordenan la inscripción de embargos sobre bienes en los cuales hay constituido un fideicomiso civil cuando la propiedad continua en cabeza del constituyente y en aplicación del articulo 594 del Código general del proceso que taxativamente determinó que bienes son inembargables, sin haber establecido allí como inembargable la FIDUCIA CIVIL.
Es importante también decir que la inembargabilidad no es un atributo propio de la propiedad fiduciaria, por cuanto los artículos 794 y siguientes del código civil no hacen referencia alguna sobre este particular y el articulo 684 del Código de Procedimiento civil establecía esta restricción de la inembargabilidad pero fue derogado por el articulo 626 del Código general del Proceso, sin que hoy se pueda seguir aplicando.
Martha Isabel Acevedo Prada.
CAMBIO DE NOMBRE Y APELLIDO
Un tema de gran acogida entre nuestros usuarios es el del cambio del nombre, unas personas motivadas por el hecho de tener nombres que no son de su agrado y que fueron impuestos por sus padres, otras por conflictos familiares que ocasionan que se quiera eliminar el...
PQRD ANTE LAS EPS
Es frecuente escuchar la inconformidad que tienen los usuarios con respecto a las Entidades Prestadoras de Salud -EPS-, relacionadas cuando consideran que se les ha prestado un pésimo servicio, que se les ha negado o demorado el suministro de medicamentos o...
REGIMEN DE VISITAS ABUELOS
Después que se interpusiera una tutela por parte de unos abuelos en la cual solicitaron visitar a su nieto tras el fallecimiento de su hijo, y que un juez de familia de Santa Marta negó, la Corte Constitucional se pronunció al respecto y adujo que sí es procedente que...
PUBLICIDAD ENGAÑOSA
En días pasados varios usuarios interpusieron quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC-, por considerar que hubo publicidad engañosa de una aerolínea área que opera en Colombia. Sin embargo, la respuesta de la SIC fue informarles que tal...
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
De acuerdo a la Ley 1480 de 2011 a todo ciudadano se le deben proteger, promover y garantizar la adecuada información sobre los bienes y servicios que ofrecen productores y proveedores, de tal manera que a los consumidores se les permita hacer elecciones bien...
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS
Su nombre completo es Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y con nombre corto de Superservicios, es la entidad a la que los ciudadanos pueden acudir cuando consideran que la respectiva empresa de servicios públicos domiciliarios no ha solucionado sus...
COMPETENCIA DESLEAL
Cualquier acto que implique una mala acción o prácticas ilícitas fuera de las normas contempladas en el código de comercio y que afecten de alguna manera el funcionamiento normal del mercado se considerará competencia desleal. ¿Qué es la competencia desleal?...
AFILIACION A LA SEGURIDAD SOCIAL
Cuando una persona empieza a trabajar en una empresa, por obligatoriedad, tanto el trabajador como el empleador deben diligenciar y entregar una serie de documentos para hacer su afiliación a la seguridad social. ¿Qué es la seguridad social? “La...
SEMANAS PARA PENSIONARSE
Uno de los requisitos esenciales para pensionarse son las semanas cotizadas que se obtienen a lo largo de la vida laboral; sin embargo, no todos llegan a cumplir lo estipulado en la normatividad existente. De hecho, solo tres (3) de cada diez (10) trabajadores...
INTERESES ICETEX
Con el propósito de buscar un alivio a los miles de estudiantes que tienen o buscan un crédito en el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX -, el Gobierno nacional propone un cambio en las tasas de interés y en las cuotas...