La caducidad y la prescripción son dos figuras jurídicas complejas que en múltiples ocasiones son utilizadas indistintamente. La ley civil sustantiva no trae una definición específica de lo que es la caducidad y la doctrina antigua no hacía ninguna distinción entre estas dos figuras del tiempo.

Si separamos los dos conceptos podemos decir lo siguiente:
Caducidad viene del latín caducus que significa caer, morir,  perecer , terminar. Así lo vemos con frecuencia en los productos de consumo que tienen una fecha de vigencia.

Jurídicamente es una figura que se invoca cuando ha cesado o terminado legalmente el plazo establecido en la ley,  para entablar una determinada acción.

Ahora bien, en cuanto a la prescripción, los antecedentes de esta figura la encontramos en Roma con el nombre de usucapión como  una institución procesal donde era  una forma de extinguir las acciones judiciales por su falta de ejercicio. No se concibió como un modo de adquisición o extinción de los derechos patrimoniales.

En nuestra legislación civil colombiana encontramos  varios significados, a veces es el modo de adquirir el dominio y otros derechos reales  como el usufructo, el uso, la habitación. Otras veces es el modo de extinguir los derechos patrimoniales y obligaciones.

Veamos: El articulo 2512, del código civil define la prescripción en los siguientes términos:
“La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas y no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales…”

En aplicación a esta norma, si el titular de un derecho real deja de utilizar la cosa que se le atribuye, tolerando o permitiendo que otra persona la posea como señor y dueño, es de presumir que aquel no la necesita y  conviene al interés general consolidar la situación aparente del usuario.  Igualmente si el acreedor impone al deudor una prestación de dar, hacer o no hacer algo y deja de exigirla por largo tiempo, es de presumir que ya al acreedor no le interesa lo que se le adeuda y así su derecho pierde la razón de ser.

Quedémonos entonces con la diferencia final que hace sobre este tema el Consejo de Estado que señala lo siguiente:

“ la prescripción es una institución jurídica en virtud de la cual se adquieren o se extinguen derechos, mientras que la caducidad se relaciona con la oportunidad de acudir a la Jurisdicción competente para instaurar la correspondiente acción legal, según sea el caso..”
(Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 27001233300020130034601 (03272014) – Jul. 9/15).

Martha Isabel Acevedo Prada

POSESION DE LA HERENCIA

La herencia es un tema muy amplio, así lo hemos señalado en anteriores ocasiones, hoy nos referiremos a la posesión de la herencia, condición sin la cual no se puede disponer de un inmueble que haga parte de la masa sucesoral del causante.   ¿Qué es la posesión...

read more

SUBSIDIO DE ARRIENDO

El tema del arriendo de las viviendas es uno de los que más inquieta a las personas que por distintas razones no han podido adquirir vivienda y se ven sometidas a pagar por un lugar donde puedan vivir junto a su familia, cuando es del caso; por lo cual, a través de...

read more

PERSONAS QUE NO PAGARAN RENTA EN 2024

El tema de los impuestos nos preocupa a todos y para el próximo año de 2024 la declaración de renta viene con algunos cambios  que establece la nueva reforma tributaria, los cuales van a afectar la economía de quienes están obligados a pagar el impuesto de renta....

read more

IMPUESTO VOLUNTARIO

La Ley 2277 de 2022, Reforma Tributaria, creó un impuesto voluntario señalado en el artículo 244-1 del Estatuto Tributario, tema  del cual trataremos a continuación.   ¿Qué señala el artículo 244-1 del Estatuto Tributario sobre el impuesto voluntario?   El...

read more

IMPUESTO A PROFESIONES LIBERALES

En la reciente Reforma Tributaria del actual Gobierno se contemplaba un impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación para las personas naturales que tengan  profesiones liberales, pero la Corte Constitucional decidió “tumbar” las normas que lo regían....

read more

INJURIA Y CALUMNIA

El Derecho Penal tipifica los actos y hechos ilegales en contra de los bienes que se buscan resguardar, hoy trataremos sobre el delito de la injuria y  calumnia que, aunque muchos lo consideran “chismes” o “rumores”, pueden llegar a causar perjuicios en la integridad...

read more

CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD

Como hemos mencionado en ocasiones anteriores, existen términos o figuras jurídicas sobre las que no tenemos un concepto claro y la contribución de solidaridad es una de ellas, tema de nuestro presente artículo.   ¿Qué es la solidaridad?   “En sociología,...

read more

“CREO”, UN CREDITO CONTRA EL GOTA A GOTA

En artículo anterior de nuestro blog nos referimos al préstamo informal del Gota a Gota o “Paga Diario” facilitado por delincuentes a personas que no cuentan con los requisitos para acceder a un préstamo bancario llegando, en muchos casos, a poner en peligro la vida...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido