La caducidad y la prescripción son dos figuras jurídicas complejas que en múltiples ocasiones son utilizadas indistintamente. La ley civil sustantiva no trae una definición específica de lo que es la caducidad y la doctrina antigua no hacía ninguna distinción entre estas dos figuras del tiempo.
Si separamos los dos conceptos podemos decir lo siguiente:
Caducidad viene del latín caducus que significa caer, morir, perecer , terminar. Así lo vemos con frecuencia en los productos de consumo que tienen una fecha de vigencia.
Jurídicamente es una figura que se invoca cuando ha cesado o terminado legalmente el plazo establecido en la ley, para entablar una determinada acción.
Ahora bien, en cuanto a la prescripción, los antecedentes de esta figura la encontramos en Roma con el nombre de usucapión como una institución procesal donde era una forma de extinguir las acciones judiciales por su falta de ejercicio. No se concibió como un modo de adquisición o extinción de los derechos patrimoniales.
En nuestra legislación civil colombiana encontramos varios significados, a veces es el modo de adquirir el dominio y otros derechos reales como el usufructo, el uso, la habitación. Otras veces es el modo de extinguir los derechos patrimoniales y obligaciones.
Veamos: El articulo 2512, del código civil define la prescripción en los siguientes términos:
“La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas y no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales…”
En aplicación a esta norma, si el titular de un derecho real deja de utilizar la cosa que se le atribuye, tolerando o permitiendo que otra persona la posea como señor y dueño, es de presumir que aquel no la necesita y conviene al interés general consolidar la situación aparente del usuario. Igualmente si el acreedor impone al deudor una prestación de dar, hacer o no hacer algo y deja de exigirla por largo tiempo, es de presumir que ya al acreedor no le interesa lo que se le adeuda y así su derecho pierde la razón de ser.
Quedémonos entonces con la diferencia final que hace sobre este tema el Consejo de Estado que señala lo siguiente:
“ la prescripción es una institución jurídica en virtud de la cual se adquieren o se extinguen derechos, mientras que la caducidad se relaciona con la oportunidad de acudir a la Jurisdicción competente para instaurar la correspondiente acción legal, según sea el caso..”
(Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 27001233300020130034601 (03272014) – Jul. 9/15).
Martha Isabel Acevedo Prada
BIENES COMUNES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL
La Propiedad Horizontal ha respondido a la necesidad de las personas para acceder a la propiedad inmueble dentro de un entorno más seguro, con acceso a zonas verdes donde los niños puedan jugar tranquilamente, algunos con piscina, gimnasio, cinemas y zonas...
RESCISION DEL CONTRATO
Como hemos señalado, en el área de los contratos existen distintas figuras jurídicas de las que pueden hacer uso las partes en distintas circunstancias y hoy nos referiremos a la rescisión del contrato. ¿Qué es rescindir? “Cesar la validez de un...
LICENCIA DE CONSTRUCCION
Muchas personas prefieren adquirir un lote de terreno y construir la vivienda, con la intención que los costos para ello disminuyan, pero, en algunos casos, se buscan un maestro de obra o albañil para que realice la obra, sin contar con los requisitos que la ley...
EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO
EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO El Estado cuenta con varios organismos creados legalmente y que desarrollan actividades industriales o comerciales y de gestión económica, pero que se rigen por las reglas del derecho privado, tema que trataremos a...
DERECHO DE RETRACTO
Como consumidores, tenemos derechos cuando el producto adquirido no cumple con los requisitos o características por los cuales se compró, por lo que el derecho de retracto es el adecuado para reclamarlos. ¿Qué es el derecho de retracto? “Se trata de una...
FONDO NACIONAL DEL AHORRO
En el deseo por cumplir el tan anhelado sueño de comprar vivienda, los ciudadanos colombianos cuentan con varias opciones dentro de las cuales se encuentra el Fondo Nacional del Ahorro, el cual ofrece beneficios que no tienen las otras entidades bancarias del país....
GARANTIA LEGAL
Cuando compramos un producto o un servicio lo hacemos con la ilusión que al llegar a casa y hacerlo funcionar sea idóneo, de calidad y seguro para su uso, pero, no siempre es así y es donde debe acudirse a la famosa “garantía comercial”, tema que trataremos a...
BENEFICIO DE INVENTARIO
Dentro del tema de las sucesiones, al iniciar el trámite para liquidar la sucesión o iniciar el proceso ante el Juez de Familia, está presente el tema al que nos referiremos a continuación para dar información clara y sencilla a nuestros usuarios. ¿Cuál es el...
CAPTACION ILEGAL DE DINERO
Los delincuentes, cada día, buscan las formas más “novedosas” para ganar la confianza de las personas y robarles sus recursos por medio de una captación ilegal de dinero, por lo que, en estos días, la Superintendencia de Sociedades ha abierto investigación en contra...
SUCESIONES POR NOTARIA
Como ya hemos mencionado en anteriores ocasiones, el proceso de sucesión o de liquidación de herencia se puede iniciar de dos formas: Hacer la sucesión por notaría o ante un Juez de Familia del último domicilio del causante, hoy nos referiremos a la que se inicia...