La caducidad y la prescripción son dos figuras jurídicas complejas que en múltiples ocasiones son utilizadas indistintamente. La ley civil sustantiva no trae una definición específica de lo que es la caducidad y la doctrina antigua no hacía ninguna distinción entre estas dos figuras del tiempo.

Si separamos los dos conceptos podemos decir lo siguiente:
Caducidad viene del latín caducus que significa caer, morir,  perecer , terminar. Así lo vemos con frecuencia en los productos de consumo que tienen una fecha de vigencia.

Jurídicamente es una figura que se invoca cuando ha cesado o terminado legalmente el plazo establecido en la ley,  para entablar una determinada acción.

Ahora bien, en cuanto a la prescripción, los antecedentes de esta figura la encontramos en Roma con el nombre de usucapión como  una institución procesal donde era  una forma de extinguir las acciones judiciales por su falta de ejercicio. No se concibió como un modo de adquisición o extinción de los derechos patrimoniales.

En nuestra legislación civil colombiana encontramos  varios significados, a veces es el modo de adquirir el dominio y otros derechos reales  como el usufructo, el uso, la habitación. Otras veces es el modo de extinguir los derechos patrimoniales y obligaciones.

Veamos: El articulo 2512, del código civil define la prescripción en los siguientes términos:
“La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas y no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales…”

En aplicación a esta norma, si el titular de un derecho real deja de utilizar la cosa que se le atribuye, tolerando o permitiendo que otra persona la posea como señor y dueño, es de presumir que aquel no la necesita y  conviene al interés general consolidar la situación aparente del usuario.  Igualmente si el acreedor impone al deudor una prestación de dar, hacer o no hacer algo y deja de exigirla por largo tiempo, es de presumir que ya al acreedor no le interesa lo que se le adeuda y así su derecho pierde la razón de ser.

Quedémonos entonces con la diferencia final que hace sobre este tema el Consejo de Estado que señala lo siguiente:

“ la prescripción es una institución jurídica en virtud de la cual se adquieren o se extinguen derechos, mientras que la caducidad se relaciona con la oportunidad de acudir a la Jurisdicción competente para instaurar la correspondiente acción legal, según sea el caso..”
(Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 27001233300020130034601 (03272014) – Jul. 9/15).

Martha Isabel Acevedo Prada

NULIDAD DE LOS CONTRATOS

El tema de los contratos, como hemos visto, tiene muchos aspectos que son muy importantes que nuestros usuarios conozcan, tal es el caso de la nulidad de los contratos, tema que trataremos en el presente artículo.   ¿Qué es la nulidad?    Nuestro Código...

read more

SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO

Dentro de la relación laboral entre empleador y trabajadores se pueden presentar ciertas circunstancias que determinan, por ej., que el contrato de trabajo sea suspendido, tema del cual trataremos a continuación.   ¿Qué es suspender?   “Detener o diferir por...

read more

TASA DE USURA

Dentro de los términos financieros que nos causan escalofríos a los colombianos encontramos el de “tasa de usura”, tema del cual trataremos a continuación para mayor claridad de nuestros usuarios y mejor manejo dentro de sus obligaciones crediticias.   ¿Qué es la...

read more

ESTADOS DE EXCEPCION EN COLOMBIA

ESTADOS DE EXCEPCION EN COLOMBIA Hemos venido escuchando que el Presidente Petro declarará la Emergencia Económica y Social en el Departamento de la Guajira y muchos de nuestros usuarios se preguntan qué quiere decir esto, para qué sirve, por qué se haría esta...

read more

PUBLICIDAD ENGAÑOSA

La mayoría de personas en algún momento hemos sido víctimas de lo que se denomina “publicidad engañosa”, bien en la información de precios de productos, de promociones, de descuentos que, finalmente, son ajustes de valores que realizan algunas empresas, negocios y...

read more

LEY CONTRA EL FRAUDE DIGITAL

Con la llegada y avance de la tecnología que se ha implementado en las distintas áreas de actividad de los ciudadanos y de los sectores de la economía a nivel global, el fraude digital se ha incrementado de tal forma que las empresas, cada día, deben buscar la mejora...

read more

CERTIFICADO DE DEPOSITO

En reciente artículo nos referimos al título valor del bono de prenda muy ligado al certificado de depósito, tema que trataremos a continuación.   ¿Qué es el certificado de depósito?   “El Certificado de Depósito, conocido o identificado como CD o CeDe, es...

read more

EL BONO DE PRENDA

Otro de los títulos valores más usados en el comercio es el bono de prenda y es característico de las mercancías, pues señala la existencia de un crédito prendario sobre ellas que está respaldado por un bono depósito, tal como lo establece el inciso final del artículo...

read more

EL BONO

Las empresas y los gobiernos acuden a las distintas formas legales que tienen para obtener recursos y poder sacar sus proyectos adelante, acudiendo a los mercados que cuentan con distintas clases de herramientas para conseguir ese capital y el bono es una de ellas. ...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido