Muchas veces, por quiebra de un establecimiento de comercio o porque el comerciante deja de ejercer su actividad mercantil se hace necesaria la cancelación de la matrícula mercantil, tema de nuestro siguiente artículo.

 

¿Cuándo se hace la cancelación de la matrícula mercantil?

 

La cancelación de la matrícula mercantil sólo se realiza por solicitud del mismo comerciante o empresario, por disposición legal,  por orden de una autoridad competente, o como consecuencia de la depuración del Registro Mercantil en cumplimiento del artículo 31 de la Ley 1727 de 2014.

 

Señala el artículo 33 del Código de Comercio que será el inscrito quien informe a la respectiva Cámara de Comercio la pérdida de su condición de comerciante, es decir, proceder a la cancelación de la matrícula mercantil.

 

¿Qué se requiere para hacer la cancelación de la matrícula mercantil?

  • Persona natural comerciante y/o establecimiento de comercio:

 

  • Se debe estar a paz y salvo con la renovación de la matrícula o de la inscripción, incluyendo el año durante el cual se solicita la cancelación de la matrícula mercantil.
  • No deben tener medidas cautelares, ni embargos vigentes u órdenes de autoridad competente que imposibiliten la cancelación de la matrícula mercantil.

Personas jurídicas (sociedades):

 

  • Se debe estar a paz y salvo con la renovación de la matrícula o de la inscripción, incluyendo el año durante el cual se solicita la cancelación de la matrícula mercantil.
  • Se debe  aprobar y presentar un acta de la Asamblea de Accionistas o de la Junta de Socios donde se exprese la voluntad de disolver y liquidar la sociedad.
  • En caso que la sociedad no cuente con pasivo externo, tanto la disolución como la liquidación de ésta se podrá tramitar en un mismo documento, dejando constancia en el acta (Artículo 25 de la Ley 1429 de 2010: Liquidación privada de sociedades sin pasivos externos).
  • Para el caso de las sociedades comerciales la cancelación de la matrícula mercantil procede sólo cuando se ha inscrito, previamente, la cuenta final de liquidación, porque es acá cuando la sociedad deja de tener su carácter de comerciante.

 

¿Cuál es el procedimiento para la cancelación de la matrícula mercantil?

Se puede realizar en forma virtual o presencial.

Pasos:

Para nuestro procedimiento tomaremos el que se realiza en la Cámara de Comercio de Bogotá.

  • Ingresar por la página web de la Cámara de Comercio en el link: https://linea.ccb.org.co/cae/#/cancelaciones/autenticacion y diligenciar el formato que allí aparece, colocar el tipo de documento, el número del documento y una dirección de correo electrónico y hacer clic en “continuar”
  • La página web mostrará la información de la matrícula registrada y se procederá a realizar el procedimiento.
  • Se requiere la clave virtual para finalizar la solicitud.

 

Las Cámaras de Comercio de cada ciudad o municipio tienen su propio diseño de página web y sus propios procesos para la cancelación de la matrícula mercantil, pero muy similares entre sí.

 

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