CAPITULACIONES MATRIMONIALES – SOCIEDAD CONYUGAL

CAPITULACIONES MARITALES – SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO 


 

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales son un acuerdo pre-matrimonial o previo a la unión libre (unión marital de hecho) respecto a los bienes que entrarán o no a la sociedad conyugal o patrimonial.

Cuando se contrae matrimonio, o se declara una unión libre (unión marital de hecho), se constituye también la sociedad conyugal o patrimonial, es decir que los bienes que se adquieren luego del matrimonio o la declaración de la unión,  pasan a ser de ambos cónyuges; si en determinado momento se divorcian, los bienes que se hayan comprado entre los dos o individualmente, se reparten por mitades.

En cuanto a los bienes que se adquieren antes del matrimonio o la unión libre, éstos no entran propiamente dentro de la sociedad conyugal, pero los frutos o gananciales que adquieren durante la unión y/o el matrimonio, sí. A través de las capitulaciones, se puede dejar establecido si, por mutuo acuerdo, desean que así sea o prefieren que los frutos y gananciales no ingresen dentro de la sociedad.

REQUISITOS

  • Deben acudir personalmente ambos, este trámite NO se puede realizar por medio de apoderado.
  • Se deben identificar los bienes, para ello es necesario traer las Escrituras Públicas. El valor de la cuantía se saca con el auto avalúo del predial del último año.

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