CARACTERÍSTICAS DE LOS SOCIOS DE UNA SOCIEDAD COLECTIVA
Los socios son el pilar de una sociedad comercial, son quienes la crean y procuran su buen funcionamiento, por tal razón es fundamental conocer sus características. En el caso de la sociedad colectiva existe la particularidad que ésta permite a una empresa ser socia, lo que genera curiosidad de cómo sería la interacción con los otros socios. Para ello desarrollaremos a continuación los aspectos más importantes.
La responsabilidad de los socios.
.- Todos los socios responderán solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales, las disposiciones que establezcan lo contrario serán nulas.
.- La responsabilidad es solidaria, porque cualquier acreedor puede exigir el pago de una deuda de la sociedad a uno o más socios. Y es ilimitada, ya que cada socio responderá más allá del monto de su aporte, por lo tanto sus respectivos patrimonios personales podrán ser requeridos para saldar las deudas de la sociedad.
.- Los socios pueden alegar todas las excepciones contra sus acreedores y éstos para poder atacar el patrimonio personal de aquéllos, primero deben requerir al patrimonio de la sociedad. Solo cuando ese requerimiento fuese infructuoso, se procede al cobro de un socio.
.- La responsabilidad sólo podrá eximirse cuando se demuestre, con o sin proceso judicial, que la sociedad ha sido requerida sin fundamentos para el pago.
Casos especiales de responsabilidad.
La sociedad deberá responder por ciertas operaciones aún cuando éstas no hayan sido autorizadas, tales situaciones son:
.- Aquellas realizadas por los representantes de la sociedad, que corresponden a la actividades comerciales que normalmente desarrolla la empresa.
.- Las operaciones ratificadas expresa o tácitamente por la sociedad; y,
.- Cuando el contratante de buena fe demuestra que la sociedad ha cumplido voluntariamente con otras obligaciones parecidas.
Tales actuaciones es un abuso que hace un socio, del nombre de la empresa, para beneficio propio y en perjuicio de los otros socios.
Causales de exclusión de un socio.
En la sociedad colectiva procederá la exclusión de un socio:
.- Cuando sin autorización expresa de los demás socios y por cuenta propia o ajena, directamente o a través de un tercero, ejecute la misma actividad mercantil que desarrolla la sociedad.
.- Cuando sea socio de otra empresa que explote el mismo objeto social sin contar con la autorización expresa de los demás socios.
.- Cuando retire cualquier clase de bien de la sociedad o que utilice el nombre de la empresa en negocios ajenos a ella.
El socio excluido perderá su parte de interés en favor de la empresa, además, deberá resarcir los daños que hubiese ocasionado.
¿Cómo se maneja la figura de los herederos en la sociedad colectiva?
Si ocurre la muerte de un socio cuyo nombre o apellido integra la razón social, la sociedad podrá seguir utilizándolo siempre y cuando los herederos en pleno goce de su capacidad lo autoricen expresamente, por consiguiente se agregará la palabra “sucesores” al nombre legal de la empresa.
Igual situación se da si la sociedad continúa funcionando con los herederos del socio fallecido, para ello es necesario que tales herederos tengan la capacidad requerida para ejercer el comercio, de ser así, y cumpliendo con todas las formalidades necesarias, se les adjudicarán las partes de interés del socio difunto, pero si éstas se adjudican, en todo o en parte, a personas que carezcan de capacidad para ejercer el comercio, la sociedad se disolverá desde la fecha del registro de la correspondiente partición.
Por último, dado el caso que la sociedad no pudiera continuar con los herederos y se hubiese estipulado la continuación con los socios sobrevivientes, se deberá liquidar y pagar de inmediato las partes de interés del socio fallecido.
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Hemos hablado en varias ocasiones sobre los trabajadores dependientes, el contrato de trabajo, su seguridad social y otros temas más, pero muy poco sobre los trabajadores independientes, por lo que éste será nuestro tema de hoy. ¿Quiénes son los trabajadores...
MECANISMO DE PROTECCION AL CESANTE MPC
Hemos manifestado que hay varias figuras jurídicas que no son muy conocidas a pesar de hacer referencia a temas y aspectos del diario vivir como es el Mecanismo de Protección al Cesante MPC, tema que trataremos en nuestro presente artículo. ¿Qué es el Mecanismo...
DIVORCIO POR CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES
El tema del divorcio y de los alimentos ha tenido ciertas modificaciones como consecuencia de las recientes pronunciamientos de la Corte Constitucional, de los cuales trataremos a continuación. ¿Cuál es el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre el...
HEREDEROS RESPONDEN POR OCULTAMIENTO DE BIENES
Recordemos que en artículos anteriores hablamos sobre el ocultamiento de bienes de la sociedad conyugal que hace uno de los cónyuges con el fin de defraudarla y obtener beneficios para sí mismo y en perjuicio del otro cónyuge; asimismo, puede ocurrir que sean los...
ACOSO SEXUAL LABORAL
Recientemente, el Congreso de la República sancionó la Ley 2365 de 2024 con la que se aprobaron medidas para prevenir, proteger y atender a las víctimas de acoso sexual laboral, así como también en las universidades, tema del que trataremos en nuestro presente...
FAMILIA DE CRIANZA
Hace pocos días fue expedida la Ley 2388 de 20024 con la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza, se le otorga una definición, se determinan su naturaleza, sus medios probatorios y se le reconocen los derechos y obligaciones entre sus integrantes. ...
ADOPCION DE UN MAYOR DE EDAD
La figura jurídica de la adopción la relacionamos estrechamente con menores de edad o adolescentes, pero la ley permite la adopción de un mayor de edad, tema que trataremos a continuación. Recordemos: ¿Qué es la adopción? En artículo anterior...
DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO
Muchas parejas deciden conformar una unión y formar una familia sin formalizar su relación a través del matrimonio, es lo que se denomina comúnmente como unión libre y legalmente como la unión marital de hecho (UMH), tema de anteriores artículos, hoy nos referiremos a...
EL MATRIMONIO CIVIL
Las parejas que desean unirse mediante matrimonio civil deben conocer con anterioridad los requisitos y costos para estar preparados y que no haya inconvenientes el día anhelado. ¿Qué es el matrimonio civil? Señala el artículo 113 del Código Civil...
CESACION DE EFECTOS CIVILES EN LA UNION MARITAL DE HECHO
Así como hablamos sobre la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso, en nuestro presente artículo trataremos sobre la cesación de efectos civiles en la unión marital de hecho, sus requisitos, su trámite y más. ¿Qué es la unión marital de hecho?...