Cláusula penal, generalidades.
La cláusula penal se configura como un instrumento de presión contractual para que las partes intervinientes en un negocio jurídico cumplan con lo pactado, se puede apreciar como un estimulo o control autoimpuesto para obligarse a cumplir con la obligación principal y a su vez funge como garantía indemnizatoria ante un eventual incumplimiento de algunas de las partes o demora en el cumplimiento.
Ésta figura jurídica está consagrada en el artículo 1592 del código civil, definiéndola como una medida de aseguramiento contractual representada por una pena que consiste en dar o hacer algo en caso de incumplimiento o retardo de la obligación principal, es decir, quien no cumpla o se demore en cumplir debe responder por la pena estipulada.
La finalidad de esta figura es de prevenir el incumplimiento y en caso de que se de ese supuesto, sancionar el incumplimiento ocasionado e indemnizarlo, se tiene por regla general que la cláusula penal hace referencia a una indemnización monetaria, pero no es así, ya que el mismo artículo anteriormente mencionado señala que la pena no solo consiste en dar algo, también consiste en hacer algo, lo que amplía el alcance y uso que se le puede dar a esta figura jurídica.
Se considera una garantía indemnizatoria ya que las partes por mutuo acuerdo pueden pactar una evaluación anticipada del perjuicio que podría ocasionar el incumplimiento de alguna de las obligaciones por los contratantes, dicha evaluación anticipada no es necesario que sea precisa y un aspecto importante de este punto es en favor de la parte solicitante de la indemnización ya que no tiene la obligación de probar ante la instancia judicial competente los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento, en virtud, que esa estimación indemnizatoria fue acordada previamente en el contrato suscrito, por lo que se constituye como una gran ventaja ya que la única necesidad que tiene el accionante es de probar que efectivamente el incumplimiento o incumplimiento defectuoso se dio.
Es bueno tener presente que siempre será más fácil probar que se ha incumplido con una obligación, que probar y tasar los perjuicios recibidos y si las partes no estipulan de manera expresa la función que cumpliría la cláusula penal, se entiende que esta tendría como finalidad la tasación anticipada de perjuicios.
El acreedor solo podrá solicitar el cumplimiento de la pena cuando el deudor incurra en mora, es decir, cuando este no haya cumplido la obligación dentro del término estipulado, antes de eso el acreedor solo podrá solicitar el cumplimiento de la obligación principal, cuando se constituya el retraso, el acreedor tendrá la potestad de solicitar el cumplimiento de la obligación principal o hacer efectiva la clausula penal, pero nunca las dos al mismo tiempo al menos que haya sido estipulado esa excepción en el contrato, igualmente pasa con la indemnización de perjuicios, no podrá ser solicitada conjuntamente con la cláusula penal, al menos, que se haya estipulado así (art. 1600 C.C.). Cabe mencionar, que la pena se paga aún si el incumplimiento no ha causado perjuicio alguno al acreedor o incluso beneficios (art. 1599 C.C.).
La pena estipulada por falta de cumplimiento de la obligación principal, puede ser proporcionalmente rebaja por cumplimiento parcial de ésta siempre y cuando el acreedor acepte esa parte que cumplió el deudor. Si la pena consiste en el pago de una cantidad determinada de dinero, ese monto no podrá ser superior a una cantidad equivalente al doble de la prestación principal, incluyéndose esta misma en él (art. 1601 C.C.).
Para concluir, para que haya clausula penal es necesario que exista un contrato, pues la clausula penal es de naturaleza accesoria ya que depende de una relación jurídica principal para poder existir. El carácter accesorio de la clausula penal se puede manifestar cuando la obligación principal es declarada nula, por cuanto la nulidad de la obligación principal acarrea la de la cláusula penal, pero la nulidad de ésta no acarrea la de la obligación principal (art. 1593 C.C.).
LOS VIÁTICOS
Dentro de todos los valores que recibe un trabajador, dependiendo de las funciones que le asignó su empleador, se encuentran los viáticos, pero la norma laboral ha señalado que éstos no constituyen salario; por ello, en este artículo diremos cuáles son la excepción a...
MAS DE DOS PENSIONES AL MISMO TIEMPO
Algunos tenemos un familiar que tenga acceso a dos pensiones y a muchos les parece muy raro, porque la norma, en principio, determina que no se puede tener dos pensiones al mismo tiempo, pero como toda regla tiene su excepción, ésta también y de eso se trata nuestro...
BENEFICIOS ECONOMICOS PERIODICOS BEPS
Muchos colombianos no logran pensionarse por distintos factores, especialmente, como el de no reunir las semanas que la ley exige porque no alcanzan a tener el tiempo, el monto de dinero que ahorran no es suficiente para pensionarse por causa de los bajos ingresos...
PODER ANTE LA DIAN PARA SUCESIONES ILÍQUIDAS
Como ya explicamos en el paso a paso para el trámite de las sucesiones ilíquidas ante la DIAN, el heredero con administración de bienes debe contar con un poder otorgado por los demás herederos para que sea éste quien se encargue del trámite respectivo de la...
TRAMITE DE LAS SUCESIONES ANTE LA DIAN
El tema de las sucesiones tiene varios aspectos y varias etapas dentro de las cuales se encuentra el trámite ante la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN, tanto en sucesiones ante juzgados como ante notaría, pero en nuestro artículo haremos más énfasis en...
INVASION DE TIERRAS Y DE EDIFICACIONES
INVASION DE TIERRAS Y DE EDIFICACIONES Últimamente hemos escuchado mucho sobre la invasión de tierras, tipificado como delito por nuestra ley penal, pero con muchas más implicaciones como son las económicas y las sociales, ambientales y hasta morales. ¿Qué es...
¿DONDE BUSCAR UN REGISTRO CIVIL DE DEFUNCION?
Como se dijo en anterior artículo: “Si bien la muerte es parte del ciclo de la vida y aún cuando el fallecimiento de un ser querido constituye una pérdida irreparable, debemos sacar las fuerzas necesarias para cumplir con la obligación que estipula la ley ante esta...
ICETEX SIN INTERESES
A partir del segundo semestre del próximo año el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -Icetex- no cobrará intereses en las líneas de crédito gracias a una proposición presentada en la reciente reforma tributaria aprobada por la...
REPARACIONES EN EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Cuando se celebra un contrato de arrendamiento de un inmueble, tanto arrendador como arrendatario contraen ciertas obligaciones o compromisos y tal es el caso de las reparaciones locativas que se deban realizar en éste mientras esté mientras se encuentre vigente el...
PROCESO DIVISORIO
Cuando en un bien mueble o inmueble existen dos o más propietarios y éstos no se ponen de acuerdo en la forma de repartir el activo, entonces, una de las partes puede solicitar ante un juez civil del circuito que proceda a la división material del predio (si es...