Continuando con el tema de los contratos comerciales, hoy hablaremos sobre el contrato de prenda comercial, muy utilizado en el giro ordinario de los negocios, el cual consiste en entregar un bien mueble en garantía con la finalidad que se cancele una obligación contraída.

 

¿Qué es un contrato de prenda comercial?

Señala el artículo 2409 del Código Civil colombiano: Por el contrato de empeño o prenda se entrega una cosa mueble a un acreedor para la seguridad de su crédito.

La cosa entregada se llama prenda.

El acreedor que la tiene se llama acreedor prendario”.

 

Una de las mejores definiciones del contrato de prenda comercial la encontramos en el libro “Las Principales Garantías del Crédito” de Alberto Tamayo Lombana, quien la define como: “un contrato por medio de cual un deudor o un tercero entrega al acreedor en tenencia y como garantía, una cosa mueble que él puede retener hasta el pago de la deuda y, en caso de incumplimiento, solicitar la subasta judicial del bien para el pago de su crédito”.

Debe tenerse en cuenta que en este tipo de contrato intervienen un deudor más un acreedor y una prenda que está sujeta como garantía para el cumplimiento de la obligación.

 

¿Quiénes intervienen en la prenda comercial?

  • El deudor: Es una persona natural o jurídica que contrajo una obligación con un tercero (acreedor) y da como garantía un bien mueble. En caso de no cumplir con lo estipulado en el contrato,  se podrá emprender un proceso legal   (proceso ejecutivo) para que la prenda sea enajenable y garantice lo adeudado al acreedor.
  • El acreedor:  A su vez, el acreedor es aquel que por haber dado al deudor cierta cantidad de dinero, bienes o servicios, tiene todo el derecho de hacer cumplir el contrato de prenda comercial, y  que se le entregue lo adeudado.

 

Entonces, la función del contrato de prenda es servir de garantía, el bien mueble (prenda) es el respaldo para recuperar lo adeudado, siendo el objetivo de la prenda que el acreedor no pierda lo pactado o entregado al deudor.

 

¿Cuál es la prenda sin tenencia?

La prenda sin tenencia hace referencia al hecho de que a pesar de estar garantizando un crédito con un bien, no se tiene la tenencia y continúa en poder del deudor; el acreedor no recibe la cosa prendada y en caso de incumplimiento del contrato por parte del deudor, deberá perseguir el bien para que se haga efectiva la garantía.

¿Cómo se perfecciona el contrato de prenda comercial?

El contrato de prenda comercial no se perfecciona sino con la entrega de la cosa del deudor al acreedor, es decir, con la entrega de la garantía que respalde la obligación adeudada.

 

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