La gran mayoría de personas hemos tenido algún contrato de seguro como de accidentes personales, de vehículo, de vida, el SOAT, exequial, entre otros más, por lo que en nuestro tema de hoy haremos un resumen de lo que es este seguro, los riesgos a asegurar, etc.

¿Qué es un contrato de seguro?

El artículo 1036 del Código de Comercio Colombiano determina que: El seguro es un contrato consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva.”, pero no da una definición concreta de lo que es este contrato.

El contrato de seguro es un acuerdo voluntario entre las partes donde una que es el Asegurador se obliga a asumir el riesgo asegurado por el Tomador,  a favor de un tercero que es el Asegurado, indemnizando al asegurado por la ocurrencia del hecho,  a cambio de una suma de dinero que es la prima. 

¿Cuáles son las características del contrato de seguro?

  • Consensual: Nace a la vida jurídica por el solo acuerdo de voluntades sin requerir solemnidad alguna (Formalidad para que el acto jurídico tenga efectos legales, como por ej. una escritura pública.
  • Bilateral:  El contrato produce efectos para las dos partes, una vez se perfecciona el acuerdo.
  • Nominado:  Se encuentra regulado por nuestro Código de Comercio.
  • Oneroso: Reporta beneficios para las dos partes, para la Aseguradora el pago de la prima y para el Asegurado que se le indemnice por la ocurrencia del siniestro.
  • Aleatorio: La ocurrencia del siniestro es un hecho futuro e incierto, no se sabe cuándo sucederá.
  • Ejecución sucesiva: Se ejecuta de forma continua, periódica, durante su vigencia. 

¿Cuál es el riesgo?

El riesgo es ese peligro, contingencia, fatalidad, accidente al que una persona o empresa se encuentra expuesta, del que no sabemos si ocurre o no, que nos genera la inquietud permanente de que pueda suceder como, por ej., el riesgo que se corre de una quemadura en la cocina de un restaurante o el riesgo de manejar un automóvil y causar daño a una persona o propiedad

¿Qué se puede hacer para protegerse  económicamente de lo que implica la ocurrencia de un riesgo?

Para prevenirse económicamente de la ocurrencia de un accidente (siniestro) se adquiere una póliza de seguro (contrato de seguro) para que, en el momento del accidente de tránsito sea la Aseguradora la que asuma el valor establecido para el asegurado que, en este caso, sería el tercero a quien se le ocasionaron las lesiones, lo que significa que la Aseguradora asume las consecuencias económicas del accidente.

¿Qué es una póliza de seguros?

La póliza de seguros es el documento escrito donde se plasman las condiciones del contrato de seguro y con la firma de las partes.

¿Cuáles son los elementos esenciales del contrato de seguro?

Artículo 1045 del Código de Comercio Colombiano:

  • Interés asegurable: Es la identificación de la persona, el objeto asegurado.
  • Riesgo asegurable: El hecho futuro e incierto que se asegura.
    • La prima:  Es el precio del seguro, la suma dineraria que debe pagar el Tomador  a la Aseguradora.
  • La obligación condicional del asegurador: Es la condición que el contrato impone al Asegurador o Aseguradora para indemnizar al Asegurado cuando ocurra el siniestro.

¿Qué condiciones debe contener la póliza de seguros?

Artículo 1047 del Código de Comercio Colombiano:

  • Razón social del Asegurador o Aseguradora.
  • Nombre del Tomador.
  • Nombre del Asegurado o beneficiario.
  • La calidad con la que actúa el Tomador del Seguro especificando si actúa por cuenta propia o ajena.
  • La identificación exacta del objeto asegurado o de la persona asegurada o beneficiario.
  • La vigencia del contrato.
  • La suma asegurada.
  • La prima.
  • El riesgo o riesgos por los que el Asegurador o Aseguradora deberá responder.
  • Fecha en que se realiza el contrato y la firma del Asegurador.

En resumen, es indispensable la buena fe en el contrato de seguro, porque, muchas veces, se simula la ocurrencia del siniestro con el fin de que la Aseguradora pague la indemnización, exponiéndose a la pérdida de este derecho en caso que se descubra que el siniestro fue provocado por el Tomador o asegurado.

 

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