La Corte Suprema de Justicia, desde hace varios años, ha definido en Sala de Casación Laboral, en Sentencia de julio 18 de 1985, lo que representa este concepto: “Prestación social es lo que debe el patrono al trabajador en dinero, especie, servicios u otros beneficios, por ministerio de la ley, o por haberse pactado en convenciones colectivas o en pactos colectivos, o en el contrato de trabajo, o establecida en el reglamento interno del trabajo, en fallos arbitrales o en cualquier acto unilateral del patrono, para cubrir los riesgos o necesidades del trabajador que se originan durante la relación de trabajo o con motivo de la misma. Se diferencia del salario en que no es retributiva de los servicios prestados y de las indemnizaciones laborales en que no reparan perjuicios causados por el patrono”.
Esto significa que los componentes ya mencionados no se consideran como salario, sino que son beneficios adicionales a éste que la Ley otorga al trabajador en virtud del contrato de trabajo, para que cubra riesgos durante el desarrollo de su labor y como una forma de reconocimiento, del empleador, a su aporte por la generación de ingresos y utilidades en la empresa para la cual labora pero que, igualmente, le sirven para solventar necesidades en el evento de quedar cesante, como una base económica mientras consigue un nuevo empleo (Cesantías).
Las prestaciones sociales no forman parte de la base sobre la cual se calculan las contribuciones al sistema de seguridad social en salud, pensión, riesgos profesionales, ni aportes parafiscales.
¿Cuáles son las prestaciones sociales a cargo del empleador?
- Prima de servicios: Es el pago de un salario mensual por cada año trabajado, o proporcional al tiempo que el trabajador se encuentre vinculado a la empresa, que se le otorgan por su participación en las ganancias de la empresa, La mitad del salario, quince días, el último día del mes de junio y los otros quince días en los primeros 20 días de diciembre.
- Cesantías: Pago que, a partir de enero de 1991, es liquidado anualmente y consignado antes del 15 de febrero del año posterior a su causación, en un Fondo de Cesantías (Administrador) del cual, el trabajador, puede retirar el dinero, parcial o totalmente, en determinados casos, para solventar necesidades específicas como son estudios propios, de su cónyuge e hijos y adquisición o mejora de vivienda, debidamente certificados.
- Intereses a las cesantías: Están representados por el (doce) 12% del valor del Auxilio de Cesantía y se le entrega al empleado en el pago de nómina de enero del año siguiente al liquidado. Es un beneficio que se otorga en todo contrato laboral, sin tener en cuenta el tipo de contrato, ni la duración del mismo.
- Dotación: Pagada a todo trabajador con contrato a término indefinido, o que en la época de su entrega haya laborado más de tres (3) meses para la empresa y que su salario mensual sea inferior o igual a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes; la cual consiste en un vestido de trabajo adecuado con la labor que se realiza y un par de zapatos, también aptos para las funciones desempeñadas. Debe entregarse tres (3) veces al año, cada cuatro (4) meses.
TRABAJADORES DOMESTICOS
Uno de los temas más consultados del derecho laboral es el del contrato de trabajo de los trabajadores domésticos, pues muchos de sus empleadores “abusan” de sus servicios, les exigen más tiempo del legal, no los afilian a seguridad social, ni les liquidan las...
COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO
El contrato de compraventa es muy importante para el derecho civil y comercial, con características particulares que hemos explicado en anteriores artículos y estipulación de cláusulas que generan obligaciones para las partes y previene e indemniza los perjuicios...
CONCILIACION EXTRAJUDICIAL
Mucho se ha hablado sobre la conciliación, mucho se ha escrito sobre ella, por lo que en el artículo de hoy trataremos el tema de la conciliación extrajudicial y de cómo se exige como requisito de procedibilidad en algunos procesos. ¿Qué es la conciliación...
EL ALBACEA
Dentro del extenso tema de las sucesiones, dentro de las partes intervinientes, se encuentra la figura del albacea, por lo que en el presente artículo trataremos sus funciones y su importancia, entre otros aspectos más. ¿Qué es un albacea? “Persona encargada...
PACTO DE RETROVENTA
En el contrato de compraventa se pueden estipular distintas cláusulas que les permita a las partes llegar a un acuerdo totalmente satisfactorio para ambas, por lo cual trataremos el Pacto de Retroventa, explicaremos en qué consiste, cuál es su objetivo, qué derechos...
CARPETA CIUDADANA DIGITAL
En anterior artículo nos referimos a la Autenticación Digital Ciudadana, explicamos en qué consiste, cuál es su finalidad, cómo es su proceso, entre otros. Hoy nos corresponde tratar sobre lo que es la Carpeta Ciudadana Digital, servicios de los cuales muchas personas...
IMPUGNACION DE TESTAMENTO
Desafortunadamente, en frecuentes ocasiones, los temas de dinero traen discusiones entre amigos y familiares, y uno de ellos es el acto jurídico del Testamento con el que algún o algunos herederos no están conformes y acuden a la impugnación de testamento, tema que...
AUTENTICACION DIGITAL CIUDADANA
La vida actual está llena de tecnología y eso causa que las empresas y el Gobierno se vean en la necesidad de sistematizar sus servicios para acelerar los procesos y trámites, por lo cual, hoy, nos referiremos a la autenticación digital ciudadana que nos permite...
PACTO COMISORIO
¿Qué es el Pacto Comisorio? “El Pacto Comisorio es aquel que permite al acreedor, ante el incumplimiento del deudor, practicar el comiso o apropiación directa e inmediata de la cosa que se halla especialmente vinculada en garantía del cumplimiento de la...
NACIONALIDAD
El término nacionalidad aparece frecuentemente en muchos de los formularios que debemos diligenciar para la realización de algunas actuaciones, pero se encuentra conformada por muchos aspectos que no son muy conocidos, por lo que en el artículo de hoy haremos una...