En Colombia existen dos regímenes pensionales a los que los trabajadores afiliados a Colpensiones (Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida), o a uno de los Fondos Privados de Cesantías (Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad) pueden acceder voluntariamente, tal como lo ha determinado el art. 12 de la Ley 100 de 1993.
Los dos son excluyentes, es decir que una persona trabajadora o independiente no puede estar afiliada a los dos fondos, sino que debe elegir el que más se adapte a la forma y monto de pensión que aspira una vez finalice su vida laboral.
El Régimen de Prima Media (Colpensiones), es un fondo común de naturaleza pública, siendo responsabilidad del Estado la garantía del pago de la pensión a los afiliados merecedores de este beneficio y a los que ya se encuentran pensionados; igualmente, para las pensiones de invalidez o de sobrevivientes.
El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados), regulado por la Ley 100 en su artículo 59, está conformado por una agrupación de entidades de carácter privado, reglamentado para administrar los capitales privados y públicos para el pago de las pensiones de sus afiliados, conformado por el ahorro de las cotizaciones y sus rendimientos financieros.
Aunque se pueden conseguir iguales prestaciones y beneficios que en Colpensiones, sus requisitos son distintos.
¿En qué se diferencian los dos regímenes pensionales? Señalemos las más relevantes:
- Edad y semanas cotizadas para acceder a la pensión: En Colpensiones se exigen una edad y unas cotizaciones mínimas, en las mujeres de 57 años y en los hombres 62 años, con un total de 1.300 semanas cotizadas, al momento de la vigencia de la Ley 100 de 1993, pues si estos requisitos se cumplieron antes de esta Ley, se precisan edades y cotización de semanas diferentes; en tanto que en los fondos privados se presenta la posibilidad de optar por una pensión antes de cumplir la edad requerida, pero teniendo el capital de aporte indispensable para recibir pensión, para lo cual puede solicitar su estudio actuarial que le determine si logra pensionarse con el monto que tiene en su cuenta de ahorro pensional.
- En Colpensiones, el afiliado no participa activamente en la administración de sus aportes, es decir, no toma decisiones sobre la forma en que éstos se manejarán, pues van a un fondo común donde se encuentran los aportes de todas las demás personas afiliadas; mientras que en el fondo privado sí puede participar activamente y tomar decisiones sobre el manejo de sus aportes, pues de acuerdo a la edad que tenga y su capacidad de riesgo puede solicitar que sus ahorros sean incluidos en cierto tipo de fondo de mayor riesgo, para obtener utilidades más altas.
- En lo que respecta al monto de la pensión, Colpensiones sólo tiene derecho a una modalidad de pensión, diferente al fondo privado donde cuenta con 7 modos como el de Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado, Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado sin negociación de Bono Pensional y Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto (modalidad a cargo de las aseguradoras).
- En lo concerniente a los beneficiarios en Colpensiones, si la persona fallece antes de recibir su pensión y no tiene beneficiarios que puedan tener derecho a la pensión de sobrevivientes, sus aportes permanecen en el fondo común por razones de solidaridad; pero en el Régimen de ahorro individual los hijos del afiliado fallecido son los que pueden solicitar la devolución de saldos del capital del causante en su calidad de herederos, cuando no ostentan la calidad de sobrevivientes.
En cuanto al monto de la mesada pensional en Colpensiones ésta no puede superar los 25 salarios mínimos mensuales, en tanto que en el Régimen de Ahorro Individual no existe un tope máximo, pues éste se encuentra supeditado al valor que tiene en ahorros y de los rendimientos financieros que haya obtenido.
HIJO POSTUMO
Muchas figuras jurídicas de las que no se tienen conocimiento, pero que forman parte de la vida de algunas personas como, por ej., la del hijo póstumo de la cual trataremos a continuación ¿Qué es póstumo? “Que nace o se da a conocer después de la muerte...
PROPIEDAD PRIVADA
Ser propietario de un bien mueble o inmueble trae consigo derechos, obligaciones y limitaciones determinadas por la ley y dependiendo de las características de la propiedad su titular podrá gozar y disponer de ella. ¿Qué tipos de propiedad hay? Propiedad...
VICIOS REDHIBITORIOS EN LA COMPRAVENTA
El contrato de compraventa es uno de los más usados dentro de nuestro ordenamiento jurídico y de mayor volumen en la escrituración de las notarías públicas, por lo que nuestro artículo a continuación tratará sobre los vicios redhibitorios en la compraventa con el fin...
MATERNIDAD SUBROGADA
El mundo en su constante evolución va presentando nuevos avances en distintos temas y aspectos de la vida del ser humano, en la tecnología, en la ciencia médica, etc. y se van creando legislaciones que regulan nuevas figuras jurídicas como lo es la maternidad...
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MERCANCIAS
Continuando con el tema de los contratos, en nuestro siguiente artículo trataremos sobre el contrato de suministro de mercancías y su diferencia con un contrato de compraventa con el cual puede ser confundido. ¿Qué es suministrar? “ Proveer a alguien de...
MEDIOS DE IMPUGNACION
Dentro de un proceso judicial las partes cuentan con los medios de impugnación para contradecir la decisión de la autoridad judicial a cargo del proceso (jueces o magistrados). ¿Qué es impugnar? “Combatir, contradecir, refutar… Interponer un recurso...
MUERTE PRESUNTA
Todos sabemos lo que es la muerte, pero no muchos saben lo que es la muerte presunta en nuestro país y los efectos que conlleva su declaración, por lo cual éste es el tema de nuestro artículo a continuación. ¿Qué es la muerte presunta? “La muerte...
CONTRATO DE MANDATO
Continuando con el tema de los contratos, para conocerlos, saber sus características, sus partes, sus efectos y poder aplicarlos en nuestra vida diaria, hoy trataremos sobre el contrato de mandato por ser una herramienta importante para realizar distintos negocios...
CAUSALES DE DESHEREDAMIENTO
Muchas veces, las relaciones familiares no son lo ideales que deberían ser, incluso entre padres e hijos, por distintos motivos, algunos de los cuales pueden ser causales de desheredamiento, tema que trataremos a continuación. ¿Qué es el desheredamiento? ...
CONTRATO DE AGENCIA OFICIOSA
Como hemos dicho en anteriores ocasiones, en el derecho existen varios contratos que muchas personas no conocen como el contrato de agencia oficiosa del cual hablaremos a continuación. ¿Qué es el contrato de agencia oficiosa? El artículo 2304 de nuestro...