En Colombia existen dos regímenes pensionales a los que los trabajadores afiliados a Colpensiones (Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida), o a uno de los Fondos Privados de Cesantías (Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad) pueden acceder voluntariamente, tal como lo ha determinado el art. 12 de la Ley 100 de 1993.

Los dos son excluyentes, es decir que una persona trabajadora o independiente no puede estar afiliada a los dos fondos, sino que debe elegir el que más se adapte a la forma y monto de pensión que aspira una vez finalice su vida laboral.

El Régimen de Prima Media (Colpensiones), es un fondo común de naturaleza pública, siendo responsabilidad del Estado la garantía del pago de la pensión a los afiliados merecedores de este beneficio y a los que ya se encuentran pensionados; igualmente, para las pensiones de invalidez o de sobrevivientes.

El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Fondos Privados), regulado por la Ley 100 en su artículo 59, está conformado por una agrupación de entidades de carácter privado, reglamentado para administrar los capitales privados y públicos para el pago de las pensiones de sus afiliados, conformado por el ahorro de las cotizaciones y sus rendimientos financieros.

Aunque se pueden conseguir iguales prestaciones y beneficios que en Colpensiones, sus requisitos son distintos.

¿En qué se diferencian los dos regímenes pensionales? Señalemos las más relevantes:

  • Edad y semanas cotizadas para acceder a la pensión: En Colpensiones se exigen una edad y unas cotizaciones mínimas, en las mujeres de 57 años y en los hombres 62 años, con un total de 1.300 semanas cotizadas, al momento de la vigencia de la Ley 100 de 1993, pues si estos requisitos se cumplieron antes de esta Ley, se precisan edades y cotización de semanas diferentes; en tanto que en los fondos privados se presenta la posibilidad de optar por una pensión antes de cumplir la edad requerida, pero teniendo el capital de aporte indispensable para recibir pensión, para lo cual puede solicitar su estudio actuarial que le determine si logra pensionarse con el monto que tiene en su cuenta de ahorro pensional.
  • En Colpensiones, el afiliado no participa activamente en la administración de sus aportes, es decir, no toma decisiones sobre la forma en que éstos se manejarán, pues van a un fondo común donde se encuentran los aportes de todas las demás personas afiliadas; mientras que en el fondo privado sí puede participar activamente y tomar decisiones sobre el manejo de sus aportes, pues de acuerdo a la edad que tenga y su capacidad de riesgo puede solicitar que sus ahorros sean incluidos en cierto tipo de fondo de mayor riesgo, para obtener utilidades más altas.
  • En lo que respecta al monto de la pensión, Colpensiones sólo tiene derecho a una modalidad de pensión, diferente al fondo privado donde cuenta con 7 modos como el de Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado, Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado sin negociación de Bono Pensional y Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto (modalidad a cargo de las aseguradoras).
  • En lo concerniente a los beneficiarios en Colpensiones, si la persona fallece antes de recibir su pensión y no tiene beneficiarios que puedan tener derecho a la pensión de sobrevivientes, sus aportes permanecen en el fondo común por razones de solidaridad; pero en el Régimen de ahorro individual los hijos del afiliado fallecido son los que pueden solicitar la devolución de saldos del capital del causante en su calidad de herederos, cuando no ostentan la calidad de sobrevivientes.

En cuanto al monto de la mesada pensional en Colpensiones ésta no puede superar los 25 salarios mínimos mensuales, en tanto que en el Régimen de Ahorro Individual no existe un tope máximo, pues éste se encuentra supeditado al valor que tiene en ahorros y de los rendimientos financieros que haya obtenido.

DERECHOS DEL CONSUMIDOR

En caso que tenga una demanda o denuncia en materia de protección al consumidor y desee interponer la respectiva queja para que sea atendida su situación, perfectamente, puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio, a través del servicio en línea y...

read more

DEVOLUCION DEL IVA

Con todos los perjuicios económicos causados por razón del Covid-19, el Gobierno Nacional creó diferentes programas sociales y subsidios con el propósito de apoyar económicamente a los hogares en extrema pobreza, moderada y vulnerable   ¿Qué es la devolución del IVA?...

read more

DOBLE ASESORIA

El afiliado que desee cambiarse de régimen pensional recibirá la llamada doble asesoría donde se dará la debida información por parte de asesores de cada uno de los fondos privados o públicos. Así se determinó luego que la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia,...

read more

REQUISITOS PENSION DE SOBREVIVIENTES

Cuando una persona fallece teniendo la calidad de pensionado, sin importar a qué régimen pertenece, su mesada perfectamente puede pasar a sus más cercanos familiares según la línea de sucesión, y es lo que se conoce como pensión de sobrevivientes.   ¿Quiénes tienen...

read more

DOCUMENTOS PARA SOLICITAR PENSION DE VEJEZ

Si ya está a punto de pensionarse y cumple con los requisitos que se piden en cada uno de los regímenes, entonces debe empezar a reunir los documentos para solicitar la pensión de vejez.   Ante todo, es necesario saber cuáles son los requisitos tanto en el...

read more

AFILIACION ARL SURA INDEPENDIENTES

En principio, hay tres formas que el portal web de SURA pone a disposición del público para que alguien se quiera afiliar a una Administradora de Riesgos Laborales -ARL-:   Una, si la empresa está afiliada a ARL SURA y quiere inscribir trabajadores independientes o...

read more

PROGRAMAS SOCIALES

El Gobierno nacional a través de Prosperidad Social y las diferentes alcaldías de las principales ciudades del país desarrollan programas sociales encaminados a ayudar a las clases menos favorecidas para que tengan una mejor calidad de vida.   ¿Qué se necesita para...

read more

SKANDIA CESANTIAS

En este link encontrará toda la información referente al Fondo de cesantías Skandia: https://www.skandia.com.co/quienes-somos/skandia-en-colombia/skandia-pensiones-y-cesantias-sa/fondo-de-cesantias/Paginas/Cesantias.aspx, donde el afiliado podrá escoger,  dentro del...

read more

DOBLE ASESORIA DE PENSIONES

A partir de la Sentencia SL 1452 de 2019 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia las Administradoras de Fondos de Pensiones -AFP-, tienen el deber de prestar a sus respectivos afiliados al Sistema General de Pensiones la doble asesoría al momento de...

read more

HISTORIA LABORAL COLPENSIONES

Para ver el historial laboral en Colpensiones, el afiliado debe ingresar al siguiente enlace www.colpensiones.gov.co, donde debe seguir unos pasos muy sencillos y visualizar los aportes que ha realizado su empleador o, si es independiente, verificar que sus...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido