DAÑO EMERGENTE, GENERALIDADES.
Es un tipo de perjuicio material que se puede dar cuando se incumple un contrato, cuando se deteriora o se destruye un bien o cuando se lesiona a una persona, el cual debe ser reparado y la indemnización de dicho perjuicio corresponderá al valor del incumplimiento contractual, del bien deteriorado o destruido, o de los gastos médicos que en general surjan del cuidado y/o tratamiento necesario para que la persona lesionada tenga una recuperación satisfactoria.
En el caso que la afectación recaiga en un bien, se debe entender que el monto de la indemnización vendrá determinado por la apreciación razonable que se haga de la suma de los gastos que la victima realice para poder volver a su estado anterior aquel bien que sufrió el perjuicio, siendo que el daño emergente es cierto o actual cualquier otro monto adicional a los objetivamente necesarios para resarcir el daño no será aceptado, ya que la jurisprudencia en estos casos señala que sólo serán indemnizables los gastos que se consideren razonables y que el perjudicado no puede aprovechar la situación para incurrir en mejoras o gastos excesivos sobre el bien o patrimonio dañado, por lo que resulta evidente que la indemnización solicitada debe estar sustentada con la documentación correspondiente de gastos, boletas y facturas y todo ello tiene que estar conectado causalmente con el hecho dañoso. En fin, es necesario que la realidad dentro del proceso de indemnización no sea influenciada por intereses individuales maliciosos de la víctima, ya que claramente dicho cálculo debe ser razonable con los daños causados.
De lo anterior, se desprenden las siguientes apreciaciones:
-. Si la afectación recae sobre una obligación contractual: el daño emergente consistirá en la reparación de todos aquellos daños surgidos a raíz del incumplimiento de la obligación.
-. Si la afectación recae sobre la salud física de una persona: el daño emergente comprenderá todas, aquellas erogaciones patrimoniales necesarias para poner a la víctima en las mismas condiciones en que se encontraba antes del hecho lesivo.
-. Si la afectación recae sobre los bienes de una persona: el daño emergente se concretará en los emolumentos necesarios para reparar la cosa, la cual puede ser de naturaleza mueble o inmueble.
Un ejemplo donde se puede apreciar esta figura jurídica es en un accidente de tránsito, donde la victima puede solicitar la indemnización por daño emergente para resarcir todos los gastos que fueron necesarios para la reparación de su vehículo hasta devolverlo al estado anterior al accidente, pero si además sufrió lesiones a raíz del incidente, también podrá pedir reparación material sobre todos los gastos que generaron su cuidado y tratamiento médico indispensables para tener una recuperación satisfactoria.
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Hemos hablado en varias ocasiones sobre los trabajadores dependientes, el contrato de trabajo, su seguridad social y otros temas más, pero muy poco sobre los trabajadores independientes, por lo que éste será nuestro tema de hoy. ¿Quiénes son los trabajadores...
MECANISMO DE PROTECCION AL CESANTE MPC
Hemos manifestado que hay varias figuras jurídicas que no son muy conocidas a pesar de hacer referencia a temas y aspectos del diario vivir como es el Mecanismo de Protección al Cesante MPC, tema que trataremos en nuestro presente artículo. ¿Qué es el Mecanismo...
DIVORCIO POR CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES
El tema del divorcio y de los alimentos ha tenido ciertas modificaciones como consecuencia de las recientes pronunciamientos de la Corte Constitucional, de los cuales trataremos a continuación. ¿Cuál es el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre el...
HEREDEROS RESPONDEN POR OCULTAMIENTO DE BIENES
Recordemos que en artículos anteriores hablamos sobre el ocultamiento de bienes de la sociedad conyugal que hace uno de los cónyuges con el fin de defraudarla y obtener beneficios para sí mismo y en perjuicio del otro cónyuge; asimismo, puede ocurrir que sean los...
ACOSO SEXUAL LABORAL
Recientemente, el Congreso de la República sancionó la Ley 2365 de 2024 con la que se aprobaron medidas para prevenir, proteger y atender a las víctimas de acoso sexual laboral, así como también en las universidades, tema del que trataremos en nuestro presente...
FAMILIA DE CRIANZA
Hace pocos días fue expedida la Ley 2388 de 20024 con la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza, se le otorga una definición, se determinan su naturaleza, sus medios probatorios y se le reconocen los derechos y obligaciones entre sus integrantes. ...
ADOPCION DE UN MAYOR DE EDAD
La figura jurídica de la adopción la relacionamos estrechamente con menores de edad o adolescentes, pero la ley permite la adopción de un mayor de edad, tema que trataremos a continuación. Recordemos: ¿Qué es la adopción? En artículo anterior...
DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO
Muchas parejas deciden conformar una unión y formar una familia sin formalizar su relación a través del matrimonio, es lo que se denomina comúnmente como unión libre y legalmente como la unión marital de hecho (UMH), tema de anteriores artículos, hoy nos referiremos a...
EL MATRIMONIO CIVIL
Las parejas que desean unirse mediante matrimonio civil deben conocer con anterioridad los requisitos y costos para estar preparados y que no haya inconvenientes el día anhelado. ¿Qué es el matrimonio civil? Señala el artículo 113 del Código Civil...
CESACION DE EFECTOS CIVILES EN LA UNION MARITAL DE HECHO
Así como hablamos sobre la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso, en nuestro presente artículo trataremos sobre la cesación de efectos civiles en la unión marital de hecho, sus requisitos, su trámite y más. ¿Qué es la unión marital de hecho?...