Para poder cubrir todas las necesidades materiales propias y de nuestras familias es esencial desarrollar una actividad por la cual recibamos un ingreso salarial constante y, por ello, un trabajo es la solución.
¿Qué es el derecho al trabajo?
El Código Sustantivo del Trabajo define al trabajo como “toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.
El trabajo es un principio fundamental en toda sociedad, en donde las relaciones entre empleador y trabajador se regulan en los respectivos códigos de trabajo con la finalidad de conseguir un equilibrio social y justo.
¿Cuáles son los aspectos de lo que es el trabajo?
Por consiguiente, el trabajo es uno de los pilares fundamentales en los que una sociedad descansa, una condición básica y esencial de la vida humana y eje para determinar varios aspectos, entre ellos:
- El trabajo es socialmente obligatorio.
- Libre y espontáneo.
- Goza de la protección del Estado.
- Debe tener igualdad de condiciones para hombres y mujeres.
- Goza de libertad para escoger profesión u oficio.
- Toda persona tiene derecho al trabajo.
- Hay libertad de asociación y de huelga.
¿Cuáles son los principios rectores del trabajo?
La Declaración de la Organización Internacional del Trabajo -OIT- establece que los derechos fundamentales del trabajo son universales y que Colombia también acoge, son los siguientes:
- La libertad de asociación, la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva.
- La eliminación del trabajo forzoso.
- La eliminación del trabajo infantil.
- La eliminación de toda forma de discriminación en materia de empleo y ocupación.
Protección del Estado:
- La Constitución política de Colombia de 1991 establece en su Artículo 25 que: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”.
- Por ser un derecho fundamental, igualmente, se reconoce en la Carta Magna que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado.
¿Cuáles son los principios fundamentales del trabajo?
El artículo 53 de nuestra constitución consagra los principios mínimos fundamentales del trabajo, y son:
- Igualdad de oportunidades para los trabajadores.
- Remuneración mínima vital y móvil, acorde con la cantidad y calidad de trabajo.
- Estabilidad laboral
- Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos de la legislación laboral.
- Facultades para transigir y conciliar derechos inciertos y discutibles.
- Situación más favorable para el trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho.
- Prelación de la realidad sobre formalidades señaladas por los sujetos de las relaciones laborales.
- Garantía a la seguridad social, la capacitación, la educación y el descanso necesario.
- Protección especial a la mujer, a su maternidad y al trabajador menor de edad.
- Garantía al derecho del pago oportuno y al reajuste periódico de los mismos.
¿Cuál es la función del trabajo?
De modo tal que el trabajo, como fuente de bienes y servicios, es un elemento esencial para el sostenimiento y desarrollo de cualquier sociedad y cubre, por ende, las necesidades tanto materiales de la persona como la realización plena de ella misma. La función del trabajo debe ser entonces buscar una satisfacción de las necesidades de la persona y encontrar en ella el desarrollo humano tanto personal como colectivo.
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