Al momento de inscribirse en el Registro Único Tributario -RUT– ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, de inmediato adquiere ante el organismo y terceros ciertas obligaciones, de acuerdo a la actividad económica que va a desarrollar, ya sea como persona natural o jurídica.
Y como tal, a la administración de impuestos le compete la “recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.
¿Cuáles son las obligaciones de las personas naturales y jurídicas?
Las personas naturales y jurídicas que realizan algún tipo de actividad de intercambio de bienes y servicios pueden llegar a tener obligaciones tributarias, según el tipo y montos efectuados en el momento de la transacción económica o a través del ejercicio fiscal del año respectivo.
¿Cuáles son los impuestos a cargo?
Los impuestos a cargo van desde el impuesto sobre la renta, las ventas, el gravamen a los movimientos financieros, al consumo, retención en la fuente, a la riqueza hasta la declaración de activos en el exterior, entre otros.
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?
Es un impuesto que tiene como finalidad gravar los ingresos que se perciben y generan algún tipo de rendimientos o utilidades y, por ende, se presenta un incremento al patrimonio.
¿Qué es el Impuesto sobre las ventas- IVA?
Es un gravamen que se aplica justo en el momento de cancelar un consumo de bienes o servicios, o comercializar un producto.
¿Cuál es el Gravamen a los movimientos financieros -GMF-?
Es un impuesto que recae sobre las transacciones que se realizan al sistema financiero, ya sea cuentas de depósito en el Banco de la República, cheques de gerencia y cuentas corrientes o de ahorros.
La tarifa que se cobra en la actualidad es del cuatro por mil (4 x 1.000).
¿Cuál es el Impuesto sobre el consumo?
Es otro gravamen que se cobra a los contribuyentes sobre los bienes o servicios vendidos e importados, exceptuando aquellos que son considerados de primera necesidad como los productos de la canasta familiar.
¿Qué es la Retención en la Fuente?
Es un recaudo anticipado de impuestos que se cobra en el momento de efectuarse el pago de una operación, y se le aplica a quien lo recibe.
¿Cuál es el Impuesto a la riqueza?
Gravamen que se cobra tanto a personas naturales como jurídicas cuyo patrimonio sea igual o superior a cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), teniendo que pagar un impuesto del uno por ciento (1%).
¿Qué pasa con la declaración de activos en el exterior?
Cualquier persona natural o jurídica que posea un activo en el exterior, ya sea un bien mueble o inmueble, títulos valores o dinero, estará en la obligación de reportar dichos activos.
¿Cuál es el Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREE-?
El Cree es un impuesto sobre la renta para la equidad, y lo pagan únicamente las personas jurídicas para ayudar a financiar los programas sociales que ejecuta el Gobierno nacional.
¿Hay otros impuestos obligados a cancelar?
SÍ. Según sea la naturaleza, existen otro tipo de gravámenes que los contribuyentes están en la obligación de cancelar los respectivos impuestos, diferentes a los de renta y complementarios, como es el caso del impuesto predial, de valorización en caso de existir, de turismo, vehicular, timbre, industria y comercio, entre otros.
¿Qué son los Servicios Informáticos Electrónicos?
Son los que sirven para efectuar el pago de estas obligaciones ante La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, donde el contribuyente hace uso de los Servicios Informáticos Electrónicos dispuestos para tal fin, y mediante el Instrumento de Firma Electrónica (IFE).
¿Cómo se realiza la consulta y el pago de obligaciones?
El usuario podrá realizar las consultas necesarias ante la DIAN por el Registro Único Tributario -RUT-, e igualmente podrá diligenciar los respectivos formularios para la cancelación de sus pagos y mirar la información reportada por terceros (exógena), entre otros, permitiendo de esa forma agilidad y eficiencia en la presentación de sus obligaciones.
Para ello debe ingresar al portal de la entidad https://www.dian.gov.co y buscar el botón de usuario registrado o nuevo y diligenciar los campos obligatorios para acceder a su RUT.
Temas relacionados:
Registro Único Tributario .RUT