Tabla de contenido

  • Disolución de la UMH por muerte de uno o de la pareja
  • ¿Qué bienes y cuáles no conforman la Sociedad Patrimonial de Hecho?
  • Prescripción para demandar la disolución y declaración de muerte presunta por desaparición de uno de los compañeros permanentes
  • ¿Cuándo surte efectos la sentencia para ellos?

 

Si usted o alguien conocido está pensando disolver la unión marital de hecho debe tener en cuenta los siguientes pasos para que surta efecto y, a su vez, se liquide la sociedad patrimonial de hecho.

Lo primero que tiene que hacer es contratar un abogado de derecho de familia o de derecho civil para que lleve el proceso que, en realidad, son dos: declaración de la unión marital de hecho, si es del caso, y la disolución de la unión marital de hecho, determinando la existencia de la sociedad patrimonial la cual se procederá a liquidar, así no existan bienes, por lo que se hará en ceros.  En otras ocasiones, esta unión marital de hecho ya ha sido declarada y, por consiguiente, sólo se solicitará la cesación de efectos civiles de la unión marital de hecho, se disolverá y liquidará su sociedad patrimonial de hecho.

No se requiere de abogado cuando la pareja permanente decide por mutuo consentimiento disolver la sociedad patrimonial para, luego, elevarlo a escritura pública ante notario. Puede acontecer también que los compañeros permanentes lleguen a un acuerdo en el Centro de Conciliación. En este caso, se suscribe un acta en cumplimiento del artículo 1o de la ley 640 de 2001, donde queda consignado, entre otros, una relación sucinta de las pretensiones motivo de la conciliación y el acuerdo logrado por las partes con indicación de la cuantía, modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las obligaciones pactadas.

Disolución de la UMH por muerte de uno o de la pareja

Como ya se dijo, lo primero es comprobar que sí existió una unión marital de hecho. La Ley 54 de 1990, en su Artículo 2º modificado por el artículo 1º de la Ley 979 de 2005, señala que hay lugar a declararla judicialmente en cualquiera de los siguientes casos:

 a) Cuando exista unión marital de hecho durante un lapso no inferior a dos años, entre un hombre y una mujer sin impedimento legal para contraer matrimonio;

b) Cuando exista una unión marital de hecho por un lapso no inferior a dos años e impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o de ambos compañeros permanentes, siempre y cuando la sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas y liquidadas por lo menos un año antes de la fecha en que se inició la unión marital de hecho.

¿Qué bienes y cuáles no conforman la Sociedad Patrimonial de Hecho?

Bajo esta premisa, todos los bienes adquiridos durante ese lapso ininterrumpido serán susceptibles a liquidarse por partes iguales. Entrarán a la repartición los pasivos adquiridos durante la unión marital de hecho y se excluirán los que fueron adquiridos por herencia o donación. Asimismo, los bienes adquiridos por cada compañero antes de iniciar la unión marital de hecho.

Surtido estos dos procedimientos, el juez, mediante sentencia, declarará disuelta la unión marital de hecho y, por ende, la sociedad patrimonial.

Prescripción para demandar la disolución y declaración de muerte presunta  por desaparición de uno de los compañeros permanentes

 Primero es necesario establecer los efectos de la sentencia de muerte presunta ante terceros, es decir, ante las personas distintas a la pareja que puedan tener interés en la liquidación de la sociedad patrimonial de hecho.

¿Cuándo surte efectos la sentencia para ellos?

Luego de que sucedan estos dos actos:

La inscripción en el Registro Civil de la persona a la que se le declara la muerte presunta por desaparecimiento.

su publicación, salvo, claro está, que el conocimiento se haya producido con anterioridad.

En todo caso, lo relevante es que los dos se acaten a fin de que la declaración tenga eficacia frente a los extraños al procedimiento. Si la sentencia se registra, pero no se publica, no surtirá efectos frente a ellos, y si se publica, pero no se registra, la suerte será la misma.

Sin embargo, los términos para el ejercicio de la acción sucesoral o la liquidatoria de la sociedad conyugal solo pueden correr a partir de la respectiva publicación, siempre que antes se haya realizado la inscripción en el registro, como lo establece la ley, al señalar que efectuada la publicación de la sentencia podrá promoverse por separado el proceso de sucesión del causante y la liquidación de la sociedad conyugal.

El plazo de prescripción de la acción para reclamar los derechos que nacen de la muerte de una persona, cuando esta se presume por desaparecimiento, se contará desde la ejecutoria de la sentencia que así lo declara, si su titular participó en el proceso respectivo; y luego de la inscripción de la sentencia en el Registro Civil, desde su posterior publicación, si no intervino en él.

VACACIONES COLECTIVAS

Nos encontramos en la temporada del año donde varias empresas mandan a vacaciones colectivas a sus trabajadores, usualmente, porque la producción disminuye o porque el sector económico donde se desenvuelve así lo determina como, por ej., los colegios y universidades....

read more

PRIMA LEGAL Y PRIMA EXTRALEGAL

 El mes de diciembre es uno de los más esperados por los trabajadores colombianos, pues durante éste les es pagada la otra parte de la prima legal (prima de servicios) y, para otros pocos  por  acuerdo entre las partes bien por convenciones colectivas, pactos,...

read more

REORGANIZACION EMPRESARIAL

Por distintas razones, pero especialmente por motivos económicos,  para evitar cerrar las empresas se requiere de una reorganización empresarial para continuar con el objeto social de ella,  y éste es nuestro tema de hoy.   ¿Qué es la reorganización empresarial?...

read more

LICENCIAS LABORALES

Dentro del Derecho Laboral encontramos varias figuras jurídicas de las cuales, algunos trabajadores, no se tiene el conocimiento suficiente para hacer uso de ellas y dentro de éstas se encuentran las licencias laborales.   ¿Qué son las licencias laborales?  ...

read more

CALCULO DE HORAS EXTRAS Y RECARGOS

En el ámbito laboral, el cálculo de las horas extras y recargos,  es uno de los temas que más inquietan a los trabajadores y a los empleadores, pues para los primeros forma parte de su salario que le incrementan el salario a devengar  y para los segundos es un valor...

read more

CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO Y PAGADO

Tema esencial dentro de las sociedades comerciales  por acciones el del capital social, en el artículo de hoy trataremos sobre el capital autorizado, suscrito y pagado y diferenciaremos cada uno.   Recordemos: En anterior artículo dijimos que:   “Tipos o...

read more

CEDULA DIGITAL 2.0

En artículos anteriores hemos hablado acerca de la cédula digital y lo práctico de su uso para agilizar algunos servicios que ofrece el Estado a través de sus plataformas digitales, hoy trataremos sobre la fase de la cédula digital 2.0 que permite a los ciudadanos...

read more

RENTA JOVEN

Como es bien sabido por todos, el Gobierno Nacional, desde hace varios años, ha venido implementando distintos subsidios para las personas  más vulnerables de nuestro país y algunos de ellos son “Jóvenes en Acción”, “Familias en Acción” y “Renta Ciudadana”, los cuales...

read more

OFERTA MERCANTIL

Dentro del comercio con el que tenemos contacto casi a diario para adquirir diversos productos que cubren distintas necesidades nos encontramos con la oferta comercial, tema de nuestro artículo de hoy.   ¿Qué es la oferta mercantil?   El artículo 845 de...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido