Como se dijo en anterior artículo: “Si bien la muerte es parte del ciclo de la vida y aún cuando el fallecimiento de un ser querido constituye una pérdida irreparable, debemos sacar las fuerzas necesarias para cumplir con la obligación que estipula la ley ante esta situación, cómo lo es, tramitar el registro civil de defunción de esa persona amada y así poder acreditar legalmente su muerte.”
¿Cómo hago cuando no sé en qué notaría encontrar el registro civil de defunción?
- Este Registro se puede solicitar personalmente en cualquiera de las oficinas de la Registraduría Nacional del Estado Civil, siempre y cuando la persona no haya fallecido por muerte violenta porque, en este caso, sólo los familiares pueden solicitarlo, pero cuando se trata de muerte natural la solicitud puede hacerla cualquier persona y la Registraduría lo primero que hace es validar que la cédula haya sido cancelada por muerte para, así, iniciar la búsqueda del Registro para entregarlo en los días siguientes.
- O se pueden comunicar al número celular 3057342003, opción 1 de la Registraduría, Registros Civiles, y esperar que un operador los atienda para que validen que el número de cédula que se brinda haya sido cancelado por fallecimiento para, luego, ubicar el Registro Civil de Defunción.
- Las copias del registro Civil de Defunción se solicitan presencialmente en las registradurías autorizadas a nivel nacional, usando los correos electrónicos habilitados por cada departamento o en donde se encuentra el folio.
- Asimismo, como se sugirió en anterior artículo: “Si usted no recuerda en donde quedó asentado el registro civil de defunción de un familiar, se puede dirigir a la Secretaría de Salud de su localidad y allí le indicarán en que Notaría u oficina de Registro del Estado Civil se encuentra. Para que la búsqueda sea exitosa deberá aportar los nombres y apellidos del difunto, así como, el número de cédula de ciudadanía y la fecha del fallecimiento. Se recomienda llevar copia de la cédula de ciudadanía del fallecido y comunicarse con anterioridad para conocer los horarios de atención al público.”
- En el siguiente enlace https://www.registraduria.gov.co/-Expedicion-copias-registro-civil-.html
podrá consultar la registraduría que presta dicho trámite en el territorio colombiano o las registradurías auxiliares de la ciudad de Bogotá D.C.
- De forma virtual : Para realizar este servicio vía internet es necesario ingresar al portal web de la entidad https://www.registraduria.gov.co/-Expedicion-copias-registro-civil-.html
- y buscar la pestaña “Trámite a través de correo electrónico”. Luego procederá a incluir los datos como si fuera de forma presencial y enviarlo en horas hábiles de oficina de lunes a viernes. Una vez se reciba en la sede respectiva se procederá a efectuar si se encuentra el folio registrado en la Gestión Electrónica de Documentos-GED- de identificación. Si es así, se enviará un mensaje indicando que el documento solicitado está registrado y se expedirá una vez cancele y remita la consignación.
- Por correo físico:Otra alternativa para obtener el registro civil de defunción es por correo físico a través de las entidades de mensajería especializada incluyendo la información pertinente y copia de consignación del valor que se cobra por este trámite.
- Notarías: Además de las entidades ya relacionadas, las notarías también pueden expedir el Registro Civil de Defunción, una vez que la respectiva funeraria haya decidido adelantar el Registro Civil de Defunción en dicho lugar, de tal modo que familiares, personas cercanas o cualquier ciudadano o autoridad puede reclamar el documento en mención.
¿Cuál es la tarifa para tener copia del Registro Civil de Defunción?
El trámite inicial del certificado de defunción no tiene ningún costo y será entregado por el personal autorizado, más sí lo tiene cuando requiera una copia de dicho documento que, en las notarías, por ejemplo, tiene una tarifa para el 2022 de $7.500 pesos.
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