Las parejas que desean unirse mediante matrimonio civil deben conocer con anterioridad los requisitos y costos para estar preparados y que no haya inconvenientes el día anhelado.

 

¿Qué es el matrimonio civil?

 

Señala el artículo 113 del Código Civil Colombiano que: El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente.

 

El matrimonio civil es la unión legal entre dos personas que se hace ante un juez civil o notario público, distinto a cómo se realiza el matrimonio religioso que se formaliza ante autoridades eclesiásticas o religiosas.

 

¿Cuál es la edad mínima para contraer matrimonio civil en Colombia?

 

En nuestro país la edad mínima señalada para que la pareja contraiga matrimonio civil es de 14 años tanto para hombres como para mujeres.  En caso que uno o los dos contrayentes sean menores de 14 años se considera nulo el matrimonio, artículo 140 del Código Civil colombiano: Causales de nulidad: 2o) Cuando se ha contraído entre un varón menor de catorce años, y una mujer menor de doce , o cuando cualquiera de los dos sea respectivamente menor de aquella edad.”

 

¿Cuáles son los requisitos para contraer matrimonio civil en Notaría?

 

El artículo 2 del decreto 2668 de 1988, establece que los documentos requeridos para contraer matrimonio civil en Notaría, son:

 

  • Solicitud de matrimonio civil autenticada,  de forma personal o por escrito, cualquiera de los dos contrayentes lo puede hacer,  los dos al mismo tiempo, o el abogado que los representa.
  • Registro civil de nacimiento de los contrayentes con vigencia que no supere los 30 días, válido para acreditar parentesco.
  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los contrayentes.
  • Poder especial si uno de los contrayentes va a ser representado.

 

¿Cuál es el trámite para celebrar el matrimonio civil?

 

La solicitud ante la notaría debe contener:

 

  • Nombres y apellidos de los contrayentes, números de documentos de identidad, el lugar donde nacieron, edad y la dirección del domicilio de cada uno, expresar que no están impedidos legalmente para casarse y declarar que tienen la intención de unirse en matrimonio.
  • Si tienen hijos en común deben señalarlo en la solicitud adjuntando los registros civiles de nacimiento  de ellos para acreditar el parentesco, los cuales pueden legitimar indicándose en la solicitud
  • Deben anexar los documentos antes citados junto con la solicitud de matrimonio.
  • De tratarse de un segundo matrimonio o de una unión marital declarada,  debe allegarse el registro civil de defunción del cónyuge fallecido o los registros civiles donde aparezca la nota marginal de divorcio o cesación de efectos civiles de matrimonio religioso, así como la disolución de la sociedad conyugal o patrimonial de hecho en caso de unión marital de hecho.
  • Inventario de bienes de los hijos  que no son en común, en el evento que alguno de los contrayentes se encuentre administrando los bienes de hijos menores de 18 años o incapaces.
  • Una vez reunidos todos los documentos que son requisito para celebrar el matrimonio civil, el notario fijará un edicto por un periodo de 5 días hábiles donde consta el nombre, identificación y domicilio de los contrayentes, artículo 4 del Decreto 2668 de 1988 ya citado.
  • El notario estudia los documentos requeridos y si los encuentra en orden celebra el matrimonio civil.

 

¿Qué costo tiene la celebración del matrimonio civil en Notaría?

En el link de la página web de la notaría 19, tarifas notariales, se encuentra el valor para el matrimonio civil, y si la celebración del matrimonio es fuera de la sede de la Notaría la tarifa aumenta.

 

¿Qué solemnidad requiere la celebración del matrimonio civil?

Requiere elevarse a escritura pública, la cual, a su vez, debe inscribirse en el registro civil de nacimiento de cada contrayente.

 

¿Qué se requiere cuando uno de los contrayentes es menor de edad?

Si uno de los contrayentes es menor de 18 años, se requiere permiso especial y por escrito de los padres o tutores de este menor.

 

Temas relacionados:

 

Protocolización de matrimonio civil extranjero

 

Nulidad del matrimonio civil

 

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