Muchas veces hemos visto y/o vemos escuchado los inconvenientes que se forman cuando se abre una empresa o negocio en vivienda de propiedad horizontal, tema de nuestro artículo a continuación.
¿Es legal abrir una empresa o negocio en vivienda de propiedad horizontal?
Para responder esta pregunta es necesario remitirnos a la Ley 675 de 2001 Ley de Propiedad Horizontal, al Código Nacional de Policía y a normas urbanísticas sobre el uso del suelo (teniendo en cuenta que el edificio o conjunto residencial no sea de uso comercial o mixto):
- Artículo 18 de la Ley 675 de 2001: Obligaciones de los propietarios respecto de los bienes de dominio particular o privado, numeral 1: “Usarlos de acuerdo con su naturaleza y destinación, en la forma prevista en el reglamento de propiedad horizontal, absteniéndose de ejecutar acto alguno que comprometa la seguridad o solidez del edificio o conjunto, producir ruidos, molestias y actos que perturben la tranquilidad de los demás propietarios u ocupantes o afecten la salud pública.”
- Artículo 135 del Código Nacional de Policía: Se prohíbe un uso de suelo distinto al contemplado en la Licencia de Construcción o al especificado en el POT del municipio o ciudad.
- Ley 1388 de 1997: Igualmente, prohíbe un uso de suelo diferente al señalado.
¿A qué sanciones se expone quien tenga empresa o negocio en vivienda de propiedad horizontal?
De acuerdo a lo señalado por las normas citadas:
- La persona que incurra en destinar una vivienda de Propiedad Horizontal para una empresa o negocio incurrirá en sanciones económicas o sociales, de acuerdo al grado de gravedad y según lo estipulado en el reglamento de P.H.
- De acuerdo al Código Nacional de Policía, las personas que destinen una vivienda para un fin distinto al establecido en el uso de suelos, serán objeto de sanción por infracción urbanística y suspensión de la actividad.
- En caso de incurrir en las conductas prohibidas, tendrá una multa especial por infracción urbanística y suspensión definitiva de la actividad.
- La Ley 1388 de 1997 contempla sanciones urbanísticas sobre el uso del suelo que oscilan con multas sucesivas entre 70 y 400 SMMLV.
¿Se puede abrir una empresa o negocio en vivienda de propiedad horizontal?
- La respuesta a esta pregunta es: DEPENDE de si la P.H. es de uso mixto, es decir, residencial y comercial y esto se encuentra estipulado en un reglamento elevado a escritura pública e inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la localidad donde se encuentra ubicada la P.H., es decir, en este caso la respuesta a la inquietud es SÍ.
- Si la empresa o negocio se abre en una vivienda de P.H. residencial, se debe hacer una modificación de los estatutos, se requiere de la aprobación en Asamblea de Propietarios y cambio de la escritura pública.
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