ELABORE SU CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS GRATIS
Las empresas de servicios temporales, generalidades.
Primeramente se debe entender que es y cómo funciona una empresa de servicios temporales y para ello debemos analizar su fundamento legal previsto en el artículo 71 Ley 50 de 1990: “Es empresa de servicios temporales aquella que contrata la prestación de servicios con terceros beneficiarios para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, mediante la labor desarrollada por personas naturales, contratadas directamente por la empresa de servicios temporales, la cual tiene con respecto de éstas el carácter de empleador.”
Es decir, una empresa de servicios temporales tiene como objeto suministrar mano de obra calificada en forma temporal y en situaciones especiales a aquellas empresas que la requiera para el desarrollo de sus operaciones productivas o comerciales, dicho personal tendrá vinculación contractual solo con la empresa de servicios temporales y no con la empresa beneficiaria de su labor que este caso se conoce como empresa usuaria y esa labor se realizara en calidad de misión, por lo tanto, cualquier derecho u obligación legal que surja de esa contratación será atendida por la empresa de servicios temporales y no por la empresa usuaria.
Los trabajadores en misión gozarán de los mismos derechos que tienen los trabajadores propios de la empresa usuaria, por lo tanto, podrán disfrutar de los beneficios ya establecidos en el lugar de trabajo bien sea en materia de transporte, alimentación o recreación, también tienen derecho a ser afiliados y que sus aportes sean oportunamente pagados tanto en el Sistema de Seguridad Social en Salud como en Pensión, Riesgos Laborales y parafiscales, así como, gozar de la compensación monetaria por vacaciones y primas de servicios proporcional al tiempo laborado. De haber alguna duda de cómo se debe proceder ante este tipo de trabajadores, salvo lo que se estipula en la Ley 50 de 1990, se les aplicará lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas vigentes del régimen laboral.
Este tipo de empresas deberán constituirse como personas jurídicas y tendrán como único objeto el arriba mencionado, además, para poder operar primero requieren de la autorización de funcionamiento por parte de el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, una vez obtenido, los usuarios de las empresas de servicios temporales sólo podrán contratar con éstas en los siguientes casos:
- Cuando se trate de trabajo ocasional, accidental o transitorio, es decir, aquel de corta duración y no mayor de un mes, en donde se desarrollen labores distintas a las actividades normales del empleador.
- Cuando se requiere reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, en incapacidad por enfermedad o maternidad.
- Para atender incrementos en la producción, el transporte, las ventas de productos o mercancías, los períodos estacionales de cosechas y en la prestación de servicios, por un término de seis meses prorrogable hasta por seis meses más.
Si no se cumple alguno o todos los casos anteriormente planteados, estaríamos frente a una intermediación laboral ilegal, lo que se constituye como una clara violación de los derechos laborales del trabajador ya que se ha desdibujado la figura de los servicios temporales, por ende, el trabajador puede demandar a una de las dos partes involucradas o a ambas, aun cuando, es claro que entre el trabajador y la empresa usuaria no existe ninguna relación jurídica, pero si la empresa usuaria no le satisface al trabajador alguna de las obligaciones surgida a raíz de una intermediación laboral ilegal, surge la responsabilidad solidaria para la empresa de servicios temporales con el fin de que esta cumpla con esas obligaciones.
También se puede dar la situación donde sea la empresa usuaria quien deba responder solidariamente, si se da el caso que la empresa de servicios temporales no asume los pagos de las prestaciones sociales o los aportes a la seguridad social y ya que existe una intermediación laboral ilegal, un juez puede declarar una relación laboral perfectamente existente en vista que se encuentran configurados los elementos que la componen independientemente de la denominación que las partes hayan dado al contrato, esto se conoce como declaración de contrato de trabajo realidad.
Ahora bien, si todas las regulaciones legales se cumplen, un contrato de obra o labor es ideal para las empresas de servicios temporales porque les permiten suministrar personal calificado a las empresas que necesitan colaboración temporal ya que se celebrará por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, además, las empresas de servicios temporales ofrecen beneficios que se aprovechan muy bien en lo relacionado con la incertidumbre en los negocios; una empresa nueva o una ya existente que quiera lanzar al mercado un nuevo producto tiene expectativas respecto de los resultados por lo que es imperioso contratar estas empresas para reducir el impacto resultante de este elemento, de esta manera, se reduce el riesgo de pérdida y crea mayor confianza al empresario para aventurarse en nuevos desarrollos.
ESTADO DE GUERRA EXTERIOR
Como vimos en un artículo anterior, nuestra Constitución Política contempla 3 estados de excepción y uno de ellos es el estado de guerra exterior del cual hablaremos a continuación. ¿Qué es el estado de guerra exterior? La Constitución Política de...
EL AVAL
Las garantías personales son un tema bastante difícil para quienes requieren de ellas por razón de algún negocio o contrato y para quienes deben ser garantes de aquellos, por lo que nuestro tema de hoy es el aval. ¿Qué es el aval? Señala el artículo 633...
PENSION GRACIA
Hemos tratado sobre el tema pensional en lo relacionado con los requisitos que la ley exige para que las personas puedan acceder a una pensión de jubilación, vejez, invalidez o la de sobrevivientes, tanto del sector público como del sector privado, hoy nos referiremos...
ACCIONES DE GRUPO
En un artículo anterior nos referimos a las acciones populares, en nuestro presente artículo trataremos sobre las acciones de grupo, creadas, igualmente, con la Constitución Política de Colombia en su artículo 88 ¿Qué son las acciones de grupo? “La...
ACCIONES POPULARES
Así como cada persona en el territorio colombiano está protegido constitucionalmente, la colectividad cuenta con unas acciones que protegen sus intereses y derechos, son las llamadas acciones populares. ¿Qué son las acciones populares? Señala la Ley 472...
NULIDAD PROCESAL
Dentro del derecho procesal, la relacionada con todo lo relativo a los procesos judiciales, existen distintas figuras jurídicas que son esenciales para determinar el curso del proceso y los intereses del demandante o demandado, según sea el caso y una de ellas es la...
RENDICION ESPONTANEA DE CUENTAS
En un artículo anterior hablamos sobre la rendición provocada de cuentas, dimos su definición, señalamos el procedimiento para solicitarla y las situaciones y actividades para las cuales se solicita, a continuación trataremos sobre la rendición espontánea de cuentas....
PACTO POR EL CREDITO
El Gobierno Nacional en busca de reactivar la economía del país ha tomado medidas con este objetivo, aunque aún insuficientes. Una de ellas es el pacto por el crédito, tema de nuestro artículo a continuación. ¿Qué es el pacto por el crédito? “El pacto...
COMISION JUDICIAL
Es importante conocer las figuras jurídicas que se pueden presentar dentro de un proceso judicial para saber, así mismo, los medios de defensa con los que se cuenta para llevar a buen término el litigio, tal es el caso de la comisión judicial. ¿Qué es la...
PROCESOS DECLARATIVOS
En nuestro artículo de hoy hablaremos sobre los procesos declarativos, qué es, su diferencia con los procesos ejecutivos, las clases o tipos de procesos declarativos, entre otros aspectos más. ¿Qué es un proceso declarativo? Puede definirse, de acuerdo a...