Cuando compramos un producto o un servicio lo hacemos con la ilusión que al llegar a casa y hacerlo funcionar sea idóneo, de calidad y seguro para su uso, pero, no siempre es así y es donde debe acudirse a la famosa “garantía comercial”, tema que trataremos a continuación.
¿Qué es la garantía?
“Es la obligación temporal, solidaria a cargo del productor y el proveedor, de responder por el buen estado del producto y la conformidad del mismo con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las ofrecidas. La garantía legal no tendrá contraprestación adicional al precio del producto.”, definición que encontramos en el glosario de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, Ley 1480 de 2011, Estatuto del Consumidor.
¿Qué es la garantía para el consumidor?
La garantía para el consumidor es una protección, donde el vendedor del bien o servicio está obligado a responderle al comprador por el buen estado del objeto de la compraventa, que cuente con calidad, idoneidad y seguridad, sin que le pueda solicitar dinero al comprador por pedir la garantía del producto.
¿Qué es el término de garantía?
Es el tiempo durante el cual las personas que entregan el bien o servicio al comprador tales como productores, expendedores, etc., están obligadas a certificar las condiciones de idoneidad, calidad, seguridad y buen funcionamiento de éste.
Corresponde al que la ley o autoridad competente señale y a falta de éste el que sea anunciado por el productor o expendedor. Y si el producto o expendedor calla, el término de garantía para productos nuevos es de un año.
¿Cuáles son las personas que deben responder por la garantía de un producto?
- Productores
- Fabricantes
- Importadores
- Distribuidores
- Vendedores
¿Cuáles son los requisitos exigidos para dar la garantía del producto?
A pesar que no cuente con la factura de compraventa o el recibo de compra, llevando el producto, el comprador puede exigir la garantía de éste y el vendedor no puede negarse a ello y tendrá que usar sus registros donde constante el nombre, identificación, fecha de compra, el objeto adquirido por el comprador, etc., para comprobar que el producto tiene garantía y, para ello, puede verificar en las copias de la factura o el número de serie y registro del producto, o en la información que se encuentra digitalizada.
¿Cuáles son las opciones para reclamar la garantía de un producto?
Entre otras:
- Reparación o cambio por otro: Pero, si el producto no se puede reparar o cambiar, siempre, se tendrá que devolver el dinero al consumidor, porque la garantía, siempre, puede ser exigida por el comprador.
- Los productos en promoción o en oferta tienen la garantía de los productos nuevos: Pero, si el consumidor desea cambiarlos no puede hacerlo, ej. un vestido que sólo esté en un color.
- Producto en rebaja u oferta comprado por cualquier defecto: No es objeto de garantía por el defecto por el cual tuvo rebaja y pagó menos.
- Los almacenes no pueden ofrecer como garantía un bono de compra: Recordemos que la única opción para dar garantía de un bien o servicio es la reparación de éste, el cambio o la devolución del dinero, es decir, de lo que costó el producto.
- El valor que se pague por un producto será el mismo que se le devuelva al comprador cuando haga exigible la garantía: Sin que se tenga en cuenta que el valor, al pasar el tiempo, haya disminuido o aumentado.
¿Cuál es el tiempo de garantía de los bienes y servicios?
- Bienes nuevos: 1 año
- Bienes usados: 3 meses, siempre y cuando se le haya advertido al comprador que no tienen garantía alguna.
- Bienes inmuebles nuevos: Tienen garantía por estabilidad de la obra de 10 años y por acabados de 1 año.
- Los bienes perecederos: Tienen la garantía por la vigencia del producto (alimentos).
¿Cuál es el plazo para el cambio del bien?
A partir de 10 días posteriores a que el comprador afectado puso a disposición su bien, igualmente, a partir del momento en que le entreguen el producto por cambio, la garantía cuenta como si fuera un bien nuevo.
¿Cuántas garantías de bienes y servicios existen?
- Garantía legal: A la que nos hemos estado refiriendo, artículo 7 de la Ley 1480 de 2011, es la que no tiene contraprestación valor adicional al precio del producto.
- Garantía suplementaria: La que extiende la cobertura de la garantía legal, artículo 13 de la Ley 1480 de 2011, puede ser onerosa o gratis.
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