¿Qué son las sociedades de hecho?
Las sociedades de hecho son aquellas que carecen de la formalidad de una escritura pública para su constitución. Por lo tanto, sólo bastará que los asociados redacten un documento privado para poder conformar la sociedad.
¿Al no constituirse por medio de escritura pública, cómo se prueba su existencia?
De acuerdo al artículo 498 del Código de Comercio, la existencia de una sociedad de hecho podrá demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos por la ley. Al respecto, el artículo 165 del Código General del Proceso establece los medios de prueba que pueden ser útiles para fundamentar una decisión judicial.
¿Una sociedad de hecho adquiere personalidad jurídica?
Según el artículo 499 del Código de Comercio, una sociedad de hecho no se constituye como persona jurídica. En consecuencia, todos los derechos y obligaciones que contraiga la sociedad serán asumidos a favor u obligación de todos los socios que la conforman.
¿Cómo se maneja la responsabilidad en una sociedad de hecho?
Primeramente, las estipulaciones establecidas en el documento privado de constitución producirán efectos entre los asociados que la conforman. Y segundo, todos y cada uno de ellos responderá solidaria e ilimitadamente por las operaciones celebradas.
¿Qué ocurre si hay estipulaciones contractuales que favorezcan a alguno de los socios con respecto a sus responsabilidades?
Toda estipulación que favorezca o limite la responsabilidad de uno o varios de los asociados, con respecto a sus responsabilidades, se tendrá por no escrita, es decir, como si no existiera dicha estipulación.
¿Cómo es la responsabilidad de una sociedad de hecho frente a terceros?
Todas aquellas personas naturales o jurídicas que hayan contratado con una sociedad de hecho, podrán hacer valer sus derechos frente a uno o todos los socios que conforman dicha sociedad.
En caso contrario, uno o todos los socios de una sociedad de hecho podrá hacer cumplir a su favor el cumplimiento de las obligaciones asumidas por terceros.
¿Si se declara judicialmente la nulidad de una sociedad de hecho, qué ocurre con los terceros de buena fe que hayan suscrito contratos?
El artículo 502 del Código de Comercio, nos señala que dicha declaración no afectará los derechos de aquellos terceros que, actuando de buena fe, hayan suscrito contrato con la sociedad de hecho.
También nos indica, que ningún tercero podrá alegar como acción o como excepción que la sociedad es de hecho para exonerarse del cumplimiento de sus obligaciones, así mismo, tampoco podrá solicitar la nulidad del acto constitutivo ni de sus formas para librarse de sus responsabilidades.
¿Cuáles son las características de una sociedad de hecho?
.- No requiere de formalidades para su conformación.
.- Carece de personalidad jurídica.
-. A falta de una escritura pública, cualquier medio de prueba que sea reconocido por las leyes vigentes será permitido para probar su existencia.
.- Tanto los derechos como las obligaciones que surjan de las contrataciones efectuadas en nombre de la sociedad serán asumidos por todos y cada uno de los socios que la conforman, de manera igualitaria e ilimitada.
.- Los terceros que hayan contratado de buena fe con la sociedad siempre podrán hacer valer sus derechos aún cuando se haya declarado judicialmente su nulidad.
De lo anterior, ¿Cuáles son las ventajas de conformar una sociedad de hecho?
.- Al no requerir formalidades, los socios se ahorran tiempo y dinero para su constitución.
.- Por el mismo hecho de no requerir tantas formalidades, poseen un régimen tributario menos complicado, lo que genera menos gastos en la administración de la sociedad.
.- Al no haber una escritura pública que limite las actividades comerciales que puedan desarrollar, la sociedad podrá ejecutar actividades comerciales de diferente índole siempre y cuando sean ajustadas a las leyes.
Ahora bien, ¿Cuáles son las desventajas de conformar una sociedad de hecho?
.- De la informalidad empleada para su constitución, surge la desventaja de no poder acceder a prestamos o créditos bancarios como persona jurídica formal. Ya que si no hay un documento protocolizado, cómo se podría saber con cuantos activos cuenta la sociedad a la hora de responder a un eventual incumplimiento de pago de alguna o varias cuotas del préstamo o crédito bancario.
.- Así como se puede conformar fácilmente también se puede disolver rápidamente, lo que no genera confianza en terceros a la hora de suscribir contratos con la sociedad.
.- Al ser los socios quienes respondan solidaria e ilimitadamente por las obligaciones contraídas por la sociedad, también deberá responder aquel socio que no haya participado en una mala negociación.
-. La responsabilidad solidaria e ilimitada se extiende a los bienes personales de los socios, es decir, si la sociedad de hecho tiene demasiadas deudas y sus activos no son suficientes para cubrirlas, los terceros interesados podrían accionar contra el patrimonio de los socios hasta que sus deudas sean canceladas.
¿Cómo se finaliza una sociedad de hecho?
Según el artículo 505 del Código de Comercio, cada uno de los socios podrá solicitar que se haga la liquidación de la sociedad en cualquier momento y que se le liquide y pague su participación en ella. Por obligación los demás socios deberán proceder a dicha liquidación.
OFERTA MERCANTIL
Dentro del comercio con el que tenemos contacto casi a diario para adquirir diversos productos que cubren distintas necesidades nos encontramos con la oferta comercial, tema de nuestro artículo de hoy. ¿Qué es la oferta mercantil? El artículo 845 de...
ESCISION DE SOCIEDADES COMERCIALES
En el tema de las sociedades comerciales hay muchos aspectos que no son muy conocidos y uno de ellos es la escisión de sociedades, tema de nuestro presente artículo. ¿Qué es la escisión de sociedades? “La escisión es una reforma estatutaria mediante la...
CERTIFICADO DE DEPOSITO A TERMINO
Todos, en algún momento de nuestras vidas, hemos buscado la forma de invertir el dinero y obtener ganancias, una de ellas es el Certificado de Depósito a Término - CDT, del cual hablaremos a continuación. ¿Qué es un Certificado de Depósito a Término - CDT?...
DEUDAS DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Uno de los temas más controvertidos y de discusión entre los cónyuges cuando van a dar por finalizada su relación de pareja es la liquidación de la sociedad conyugal o sociedad patrimonial de hecho (matrimonio o Unión Marital de Hecho) es quién se queda con...
CONTRATO DE ADHESION
En nuestra intención de dar a conocer a nuestros usuarios los diferentes contratos civiles y comerciales a los cuales puede acceder para constituir sus negocios jurídicos, hoy hablaremos sobre el contrato de adhesión. ¿Qué es el contrato de adhesión? La...
LA ACCION PAULIANA
Muchos acreedores se han visto ante la situación de deudores que venden sus propiedades o usan testaferros para evitar ser embargados y no pagar la obligación que tienen, afortunadamente, los acreedores cuentan con la figura jurídica de la Acción Pauliana para...
PERDIDA DE LA POSESION DE UN INMUEBLE
El tema de la posesión de inmuebles es muy amplio, en nuestro artículo de hoy trataremos la pérdida de la posesión de un inmueble que se da por la ocurrencia de ciertos acontecimientos que la ley establece, por lo que es muy importante para nuestros usuarios...
LAS SERVIDUMBRES
En nuestro Derecho Civil existen figuras jurídicas que llegan a ser cargas que se imponen sobre una propiedad para beneficiar a una tercera persona y este es el caso de las servidumbres. ¿Qué es una servidumbre? El artículo 879 del Código Civil señala...
SUBROGACION DE INMUEBLES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Cuando existe un matrimonio, con sociedad conyugal vigente o una Unión Marital de Hecho con sociedad patrimonial de hecho, se puede presentar que alguno de los cónyuges o compañeros permanentes se preocupe por tener que compartir un bien que tenía antes de casarse o...
LOS GANANCIALES
En el matrimonio y en la Unión Marital de Hecho se van conformando un patrimonio con lo que cada cónyuge aporta a la sociedad conyugal y a la sociedad patrimonial de hecho, respectivamente, que, al liquidarlas, reportan gananciales para cada miembro de la pareja y...