La prestación social del auxilio de cesantías genera unos intereses que le son pagados en nómina, directamente al trabajador, éste será el tema de nuestro artículo de hoy.

 

¿Qué son los intereses de cesantías?

 

proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente.”

 

Los intereses de cesantías son una prestación social y consiste en la compensación económica que el empleador tiene que reconocer y pagar a sus trabajadores por el saldo acumulado por cesantías anualmente o proporcional al tiempo trabajado cuando el tiempo laborado es menor a 1 año.

 

¿A cuánto corresponden los intereses de cesantías?

 

Los intereses de cesantías corresponden al 12% aSeñala el artículo 99 en su numeral 2 de la Ley 50 de 1990 que:El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o nual y son calculados sobre los saldos del auxilio de cesantía que los trabajadores tienen a 31 de diciembre de cada año.

 

¿Por qué se considera que los intereses de cesantías son una prestación social complementaria al auxilio de cesantía?

 

Se considera que los intereses de cesantías son una prestación social complementaria a las cesantías porque el legislador dispuso que el pagar los intereses de cesantías directamente al trabajador es una especie de compensación por la pérdida del valor del dinero de las cesantías durante el tiempo que pase entre la causación de esta prestación y el pago al trabajador.

¿Cuándo se deben pagar al trabajador los intereses de cesantías?

 

El empleador, al liquidar un contrato de trabajo o en caso de una liquidación parcial de cesantías,  debe pagar directamente al trabajador los intereses de cesantías, a más tardar el 31 de enero de cada año, tal como lo señala el numeral 2 del artículo 1 de la Ley 52 de 1975.

 

¿Qué pasa con los intereses de cesantías en caso de terminación del contrato de trabajo?

 

Al terminar un contrato de trabajo, los intereses de cesantías debe pagarlos el empleador al trabajador junto con la liquidación de todas las prestaciones, y en caso que el contrato se termine antes de acabar el año, los intereses serán proporcionales según la fracción del año que se trate.

 

¿Cuál es la base para liquidar los intereses de cesantías?

 

Para establecer la base para liquidar los intereses de cesantías se toma el valor de las cesantías acumuladas a 31 de diciembre o en la fecha en que se haga la liquidación del contrato de trabajo en el evento que éste termine antes de finalizar el año en curso y se le aplica el 12% anual o proporcional si es inferior a 1 año.

 

¿Cuál es la fórmula para calcular el valor de los intereses de cesantías?

 

La fórmula para calcular los intereses de cesantías es:

 

Se multiplica el valor de las cesantías acumuladas por el número de días trabajados por 0.12 y el resultado se divide sobre 360 días laborables del año.

 

¿Los intereses de cesantías son rendimientos financieros como los de los fondos de cesantías?

 

No,  los intereses de cesantías son diferentes a los rendimientos financieros que tienen los fondos de cesantías que administran el auxilio de cesantía de los trabajadores.

 

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