La caducidad es un fenómeno jurídico que todos debemos conocer por la importancia que tiene al ejecutar una acción para hacer valer nuestros derechos, por ello, éste será el tema de nuestro artículo a continuación.
¿Qué es la caducidad?
“La caducidad, en Derecho, es una figura mediante la cual, ante la existencia de una situación donde el sujeto tiene potestad de ejercer un acto que tendrá efectos jurídicos, no lo hace dentro de un lapso perentorio y pierde el derecho a entablar la acción correspondiente.”
La caducidad, tal como lo ha expresado la Corte Constitucional mediante Sentencia C-382 de 2001, limita el tiempo en el derecho de las personas para acceder a la jurisdicción y obtener rápida y cumplida justicia.
¿Cuál es el fundamento de la caducidad?
El fundamento de la caducidad se encuentra en la necesidad por parte de la sociedad de tener seguridad jurídica y evitar que se detenga el tráfico jurídico, pues la caducidad no otorga derechos subjetivos, sino se dirige a amparar un interés general (objetivo).
¿Caducidad y prescripción son lo mismo?
No, muchos tienden a confundir estos dos fenómenos jurídicos, pero cada una tiene sus propios elementos:
- La caducidad ocasiona la extinción de la facultad de ejercer un derecho o ejecutar un acto porque no se ejercitó dentro del término inaplazable que determina la ley.
- La prescripción es una forma de adquirir las cosas ajenas o de agotar las acciones o derechos de otros porque se poseyeron las cosas y no se ejercitaron tales acciones o derechos durante un periodo de tiempo, a pesar de reunirse los demás requisitos legales.
- La prescripción tiene dos formas: Extintiva y Adquisitiva, la primera de ellas hace referencia a la extinción de las obligaciones y acciones; mientras que la segunda hace referencia a la obtención de derechos reales.
- La caducidad evita ejercitar la acción, por lo cual, al configurarse no puede iniciarse válidamente un proceso judicial; es irrenunciable, de orden público y es declarada de oficio por el juez cuando se presenta.
- La prescripción versa sobre el derecho como tal, por lo que con ella se adquieren o se extinguen derechos.
- La caducidad está vinculada con la oportunidad de la persona para acudir a la jurisdicción competente e instaurar la acción legal respectiva, reclamar derechos mediante unas acciones judiciales o administrativas.
- Un derecho prescrito no puede demandarse con ninguna acción, porque la prescripción extingue el derecho.
- La caducidad es la imposibilidad de ejecutar las acciones dirigidas a la reclamación del derecho que aún no ha prescrito (es válido aún).
- La caducidad es la acción legal y la prescripción hace referencia al derecho mismo.
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