Luego de reiterados cuestionamientos, polémicas, demandas y movilizaciones en contra de la recién sancionada Ley de Seguridad Ciudadana, 2197 de 2022, se espera que la Corte Constitucional se pronuncie sobre algunos artículos que han causado malestar en diferentes sectores del país.
En todo caso, la nueva Ley busca que estas reformas al Código Penal y de Procedimiento Penal; al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana; al Código de Extinción de Dominio, Regulación de Armas, elementos y dispositivos menos letales y sostenibilidad del Registro Nacional de Identificación Balística, entre otros, hagan frente a la problemática de la inseguridad que vive actualmente el país.
¿Qué se reglamenta sobre la legítima defensa?
Uno de los artículos de la recién sancionada ley por parte del presidente Iván Duque, que ha causado revuelo en diferentes sectores de la sociedad es la legítima defensa en los eventos de caso fortuito y fuerza mayor. En la eventualidad que alguien utilice medios violentos o entre sin permiso a una vivienda o vehículo, el afectado puede defenderse sin que esto cause responsabilidad penal, siempre y cuando se observen las debidas proporciones de fuerza ejercida para repeler la agresión al derecho propio o ajeno.
Aumento de penas:
Otro artículo es el relacionado con el aumento de las penas de prisión de tipo penal, éstas podrán llegar máximo a una condena de sesenta (60) años cuando sea con fines o actividades terroristas, se atente contra agentes diplomáticos, menores de edad, servidores públicos, periodistas, jueces de paz, defensores de derechos humanos, miembros de organizaciones políticas o religiosas, de la fuerza pública y de aquellos que ejercen de forma permanente o transitoria la policía judicial.
Instigación a delinquir:
La norma contempla castigos más severos para quienes promuevan, financien e inciten a cometer un delito.
Incurrirán en penas de prisión y multa de acuerdo a la tipología de la falta o infracción a la ley:
- En daño en bien ajeno simple o agravado la pena será de cuatro (4) a seis (6) años de prisión.
- Genocidio, homicidio agravado, desaparición forzada de personas, secuestro, secuestro extorsivo, tortura, desplazamiento forzado, violencia contra servidor público, entre otros la pena podrá ser entre diez (10) a veinte (20) años de prisión y una multa entre los ochocientos (800) a dos mil (2000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
¿Qué pasará con el porte de armas de fuego?
Persona que tenga un arma de fuego y municiones sin el debido permiso incurrirá en prisión de nueve (9) a doce (12) años, y aplicará igualmente para quien las fabrique o trafique incluidas las artesanales o hechizas salvo las escopetas de fisto en zonas rurales.
La pena se duplicará en casos donde se empleen medios motorizados, el arma provenga de un delito, se oponga resistencia a los requerimientos de las autoridades o se empleen máscaras para ocultar la identidad, entre otros delitos.
¿Qué pasará con el porte de arma blanca?
El porte de armas corto punzantes durante eventos masivos se considera como delito, tendrá una pena de prisión de dos (2) años a tres (3) años.
Convivencia ciudadana:
Se incluyeron nuevos comportamientos que son contrarios a la convivencia y, por tanto, ponen en riesgo la vida e integridad de las personas. Estas infracciones tendrán multas y tendrán que participar en programas comunitarios o actividades pedagógicas. También habrá más sanciones para aquellas personas que infrinjan normas urbanísticas o promuevan la contaminación visual.
Sistema carcelario:
Uno de los articulados de controversia es el relacionado con la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada al sistema carcelario, hoy manejado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- organismo adscrito al Ministerio de Justicia y del Derecho, y que ahora pasará, de acuerdo a la nueva Ley, a manos de empresas privadas.
Para finalizar, estos nuevos ajustes a la Ley de seguridad ciudadana endurecen, entonces, las penas para quienes reinciden, castigos más severos para los delitos con armas de fuego incluyendo el porte de arma blanca, también para los que atenten contra la infraestructura pública y asesinen a miembros de las fuerzas militares y la policía nacional, comunicadores sociales y periodistas, defensores de derechos sociales y líderes sociales, lo que ha provocado controversias si el aumento de penas es el mecanismo para reducir la criminalidad, aunado a que no hay suficiente espacio carcelario para tanta población delincuencial.