Dentro del Derecho Laboral encontramos varias figuras jurídicas de las cuales, algunos trabajadores, no se tiene el conocimiento suficiente para hacer uso de ellas y dentro de éstas se encuentran las licencias laborales.
¿Qué son las licencias laborales?
El Código Sustantivo del Trabajo no define lo que son las licencia laborales, por lo que tomaremos algunas consideraciones de la Corte Constitucional en Sentencia C-030/09 que señala que las licencias laborales son obligaciones del empleador para con el trabajador, permiso, para que éste se ausente por cierto tiempo de sus funciones, por una razón determinada (Incluída la fuerza mayor o el caso fortuito), las cuales no pueden ser descontadas, por regla general, del salario ni exigir que el trabajador reponga el tiempo como, por ej., la asistencia a las citas médicas, calamidades domésticas, entre otras.
¿Cuáles son los tipos de licencias laborales en Colombia?
- Reglamentarias: Las estipuladas por la ley y que se le remuneran al trabajador, obligatorias para el empleador, artículo 57, numeral 6 del Código Sustantivo del Trabajo:
- Licencia de maternidad, lactancia y aborto.
- Licencia de paternidad
- Licencia para el desempeño de cargos oficiales transitorios y de forzosa aceptación (jurado de votación).
- Licencia para el ejercicio del sufragio (voto).
- Licencia por comisión sindical
- Licencia por el entierro de sus compañeros
- Licencia por luto
- Licencia por grave calamidad doméstica (sucesos personales o familiares que afectan el desarrollo del trabajo, por ej. un secuestro).
- Licencia para el cuidado de la niñez.
- Licencia para trabajadores, deportistas y personal técnico (trabajadores seleccionados para representar a Colombia en competencias deportivas).
- Licencia a los miembros del sistema de primera respuesta: bomberos, defensa civil y Cruz Roja que deben atender una emergencia.
- No reglamentarias: Son las que no están estipuladas por la ley dentro de la legislación laboral, pero que son reguladas por el Reglamento Interno de Trabajo de cada empresa establecidos como beneficios especiales que otorga el empleador a sus trabajadores y pueden ser remuneradas o no, por ej. la asistencia a citas médicas que NO PUEDEN SER DESCONTADAS por el empleador.
¿Cuál es el tratamiento laboral a las licencias no remuneradas?
- Estas licencias son las estipuladas en el Reglamento Interno de Trabajo o en las convenciones colectivas de los sindicatos de las empresas donde existan, es un permiso que brinda el empleador al trabajador para que se ausente del trabajo como es el caso de viajes, luna de miel, estudios y no tienen remuneración salarial.
- Estas licencias no remuneradas interrumpen o suspenden el contrato de trabajo, artículo 51, numeral 4 del Código Sustantivo del Trabajo, sin que lo termine; es un receso del trabajador donde el empleador no hace aportes al sistema de riesgos laborales, ni parafiscales, pero sin dejar de hacer el pago a salud y pensión; asimismo, el empleador podrá descontar este periodo de suspensión de las vacaciones y prestaciones sociales del trabajador.
Temas relacionados:
Suspensión del contrato de trabajo