Los acreedores del usufructuario.
Sabemos que el usufructuario puede hacer uso y disfrute del bien constituido en usufructo, en consecuencia, puede arrendar, ceder su derecho, constituir hipoteca, e incluso puede generar ingresos a su favor con la explotación económica del bien conforme a lo estipulado por el nudo propietario y las leyes. Y así cómo puede enriquecerse, también puede endeudarse y al hacerlo, aparecerán los acreedores de esas obligaciones que quieran echar mano de todos los bienes que tenga a su cargo.
Frente a esa situación, ¿Qué puede hacer el usufructuario?
El usufructuario que se encuentre moroso en sus deudas y no tenga como cancelarlas puede renunciar al usufructo o cederlo a un tercero, para evitar que puedan recurrir al bien del cual disfruta. Obviamente, esto perjudica a sus acreedores.
¿Qué opciones legales tienen los acreedores para evitar ser perjudicados de esa manera?
Los acreedores, bajo el amparo del artículo 862 del Código Civil, pueden oponerse a la renuncia o cesión del usufructuario efectuada con plena intención de evadir su responsabilidad, que por consiguiente, afectaría los derechos de los acreedores.
¿Cuál es el propósito de esa acción legal?
Los acreedores pueden, a través de esa norma, exigir el embargo del usufructo, y además, solicitar que se les pague con él hasta que se cumpla con el pago total de la deuda. Por ejemplo, si el bien está en arriendo, los acreedores podrán percibir la renta que se genere hasta complementar lo adeudo.
Sin embargo, de prosperar dicha acción, los acreedores tendrán el deber de prestar la debida caución de conservación y restitución a quien corresponda, es decir, los acreedores deberán restituir el bien una vez hayan satisfecho el pago total, y la expresión a quien corresponda hace referencia a que la restitución puede efectuarse al mismo usufructuario, si éste aún conserva el derecho de usufructo, o directamente al nudo propietario.
¿Qué es la caución de conservación y restitución?
Por caución se entiende, aquella garantía que presta una persona u otra en su lugar para asegurar el cumplimiento de una obligación actual o eventual (Real Academia Española). El usufructuario para poder empezar a disfrutar del bien, deberá presentar una garantía amplia y suficiente de conservación y restitución ante quien constituya el usufructo.
No obstante, no está obligado a ello el donante que se reserva el usufructo de la cosa donada, o cuando, quien constituye el usufructo o el propietario exoneren el cumplimiento de la caución.
¿En qué consiste esa garantía?
El artículo 834 del Código Civil prevé dicha figura jurídica, señalándonos:
“La caución del usufructuario de cosas fungibles se reducirá a la obligación de restituir otras tantas del mismo género y calidad, o el valor que tuvieren al tiempo de la restitución”.
Es de acotar, la norma al hacer mención a cosas fungibles se refiere a aquellas cosas que se consumen con el uso, por lo tanto, aquí la caución consiste en restituir esas cosas por otras que sean del mismo género y calidad, o en su defecto, el valor que tuviesen éstas al momento de terminarse el usufructo.
Ahora bien, si la cosa no es fungible, la garantía consistirá en conservar su forma y sustancia hasta restituirla a su correspondiente dueño.
Recapitulando, el usufructuario cuando no pueda asumir los pagos de sus deudas, sus acreedores podrán buscar el pago total del monto que les adeuda en los frutos que genere aquel bien en usufructo. Si el usufructuario, intenta evadir su responsabilidad en perjuicio de los acreedores, éstos podrán oponerse mediante el embargo del usufructo hasta satisfacer sus créditos con la obligación de presentar la respectiva garantía de conservación y restitución.
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO
Como vimos, el contrato de trabajo tiene varios tipos entre los que se encuentra el contrato de trabajo a término indefinido, tan anhelado por todos quienes aspirar a laborar en una empresa, pues cuenta con unas características que brindan tranquilidad,...
CONTRATO DE TRABAJO
Para los trabajadores es esencial saber en qué consiste su contrato de trabajo, comprender todas las cláusulas y verificar que ninguno de sus derechos se vean vulnerados con ninguna de las estipulaciones que en éste aparezcan, por lo que en nuestro presente artículo...
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Hemos hablado en varias ocasiones sobre los trabajadores dependientes, el contrato de trabajo, su seguridad social y otros temas más, pero muy poco sobre los trabajadores independientes, por lo que éste será nuestro tema de hoy. ¿Quiénes son los trabajadores...
MECANISMO DE PROTECCION AL CESANTE MPC
Hemos manifestado que hay varias figuras jurídicas que no son muy conocidas a pesar de hacer referencia a temas y aspectos del diario vivir como es el Mecanismo de Protección al Cesante MPC, tema que trataremos en nuestro presente artículo. ¿Qué es el Mecanismo...
DIVORCIO POR CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES
El tema del divorcio y de los alimentos ha tenido ciertas modificaciones como consecuencia de las recientes pronunciamientos de la Corte Constitucional, de los cuales trataremos a continuación. ¿Cuál es el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre el...
HEREDEROS RESPONDEN POR OCULTAMIENTO DE BIENES
Recordemos que en artículos anteriores hablamos sobre el ocultamiento de bienes de la sociedad conyugal que hace uno de los cónyuges con el fin de defraudarla y obtener beneficios para sí mismo y en perjuicio del otro cónyuge; asimismo, puede ocurrir que sean los...
ACOSO SEXUAL LABORAL
Recientemente, el Congreso de la República sancionó la Ley 2365 de 2024 con la que se aprobaron medidas para prevenir, proteger y atender a las víctimas de acoso sexual laboral, así como también en las universidades, tema del que trataremos en nuestro presente...
FAMILIA DE CRIANZA
Hace pocos días fue expedida la Ley 2388 de 20024 con la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza, se le otorga una definición, se determinan su naturaleza, sus medios probatorios y se le reconocen los derechos y obligaciones entre sus integrantes. ...
ADOPCION DE UN MAYOR DE EDAD
La figura jurídica de la adopción la relacionamos estrechamente con menores de edad o adolescentes, pero la ley permite la adopción de un mayor de edad, tema que trataremos a continuación. Recordemos: ¿Qué es la adopción? En artículo anterior...
DECLARACION DE UNION MARITAL DE HECHO
Muchas parejas deciden conformar una unión y formar una familia sin formalizar su relación a través del matrimonio, es lo que se denomina comúnmente como unión libre y legalmente como la unión marital de hecho (UMH), tema de anteriores artículos, hoy nos referiremos a...