El tema de las mascotas en Propiedad Horizontal es uno de los que causan más conflicto entre sus propietarios y los  residentes que no tienen mascotas o que están más atento al cuidado de ellas, por eso, hoy trataremos este tema en nuestro artículo de hoy.

 

¿Qué pasa con las personas que tienen mascotas y quieren alquilar una vivienda?

 

Hemos expresado en anteriores ocasiones lo importante que son las mascotas en la vida de muchos seres humanos, pero, desafortunadamente, cuando una persona desea alquilar una vivienda algunos dueños de los inmuebles imponen restricciones o prohíben el ingreso de las mascotas a éstos.

 

¿Hay leyes que amparen el derecho de estas personas con mascotas para alquilar un inmueble?

 

Sí, especialmente nuestra Corte Constitucional en Sentencia T-035 de 1997 ha reiterado que las personas pueden tener mascotas y alquilar un inmueble para convivir con ellas, pues es un derecho vinculado al desarrollo de su libre personalidad y la intimidad, aunque reconoce que no es un derecho ilimitado pues debe adecuarse con las normas de convivencia de los demás propietarios y residentes, especialmente cuando se trata de propiedad horizontal.

 

¿El arrendador puede prohibir la presencia de animales de compañía en su propiedad?

 

No, el arrendador no puede prohibir arbitrariamente la presencia de animales de compañía en su inmueble de régimen de propiedad horizontal, pues existen reglamentos internos que regulan la tenencia de mascotas, previa aprobación de la Asamblea de Copropietarios.

 

Además, la Ley 675 de 2001 establece normas sobre la convivencia con animales de compañía en Propiedad Horizontal, señalando que ésta no se puede prohibir en los contratos de arrendamiento y tampoco pedir pagos extras por ello.

 

¿Se puede hacer uso de los ascensores y zonas comunes con las mascotas?

 

Depende del reglamento de propiedad horizontal del inmueble a arrendar, pues algunos sí lo permiten y otros no; donde se permiten se deben cumplir las normas de higiene (recoger los excrementos)  y seguridad (bozal, correa).

 

¿Cómo resolver los conflictos por mascotas en arriendo?

 

Cuando se presentan conflictos entre arrendadores y arrendatarios, administradores, residentes o vecinos por convivencia con mascotas en un conjunto de propiedad horizontal, lo primero que debe hacerse es acudir ante el administrador del edificio para buscar soluciones y, si esto no da resultado, hay que presentarse ante la Policía Nacional para hacer cumplir el reglamento de P.H.

 

¿Cuáles son las multas a las que se ven expuestos quienes no cumplen con las normas sobre mascotas en los conjuntos residenciales?

 

  • Si no llevan la mascota con correa,  la multa es de 5 SMMLV.
  • Por no recoger los excrementos de la mascota, la multa es de 5 SMMLV.
  • Por no colocarle bozal a los perros de razas peligrosas, la multa es de 10 SMMLV.

 

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