La reforma pensional del Gobierno del actual Presidente Gustavo Petro trae consigo muchos cambios de los cuales muchas personas no tienen claridad y uno de ellos es la obligación para muchos pensionados de efectuar aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, por el cual, y reuniendo ciertos requisitos, estarán, algunos pensionados exentos de descuento en su mesada.
¿Cuál es uno de los principales cambios para ciertos pensionados con la reforma pensional?
Aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, cuenta especial de la Nación cuya finalidad es la de subsidiar las cotizaciones para pensiones de los grupos poblacionales que no tienen acceso a los sistemas de seguridad social; este fondo cubre, temporalmente, los aportes de aquellos que no completen su cotización, artículo 8, numeral 2. literal d) de la ley 797 de 2003.
¿Qué establece la Ley 797 de 2003 antes citada?
Para que se comprenda mejor: “Subcuenta de subsistencia…Los pensionados que devenguen una mesada superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta veinte (20) contribuirán para el Fondo de Solidaridad Pensional para la subcuenta de subsistencia en un 1%, y los que devenguen más de veinte (20) salarios mínimos contribuirán en un 2% para la misma cuenta.”
Es decir, el descuento se debe hacer por ser una obligación legal señalada en esta Ley y para los pensionados con ingresos mayores a 10 SMMLV, con descuento de un 1%, y del 2% para aquellos que reciban más de 20 SMMLV.
¿Desde cuándo estarán los pensionados exentos de descuento en su mesada?
Los pensionados estarán exentos del descuento en su mesada a partir de julio de 2025.
¿Quiénes son los beneficiarios a quienes se les podrán subsidiar las cotizaciones para pensiones?
- Mujeres microempresarias
- Madres comunitarias
- Artistas
- Deportista
- compositores
- músicos
- toreros y sus subalternos
- Personas con discapacidad psíquica y sensorial
- Miembros de las cooperativas de trabajo asociado y otras formas asociativas de producción
- Concejales municipales categorías 4, 5 y 6
¿Quiénes son los pensionados exentos de descuento en su mesada?
Los pensionados exentos de descuento en su mesada (no se les aplica el descuento para el Fondo de Solidaridad Pensional) son aquellos que perciban entre 10 y 20 SMMLV, y que no cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- Contribución máxima: Los que superen los 20 SMMLV tendrán un aporte extra del 3%.
- Aportes de pensionados: Los jubilados con mesadas mayores a los 10 SMMLV ($14.2 millones de pesos) y hasta 20 SMMLV ($28.4 millones de pesos), deben aportar el 1% a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.
¿Cuáles son los trabajadores exentos de descuento por concepto de aporte al Fondo de Solidaridad Pensional?
- Aportes adicionales al Fondo de Solidaridad Pensional: Aquellos que devenguen entre 7 y 11 SMMLV y aportarán un 1.8% extra sobre su IBC (Ingreso Base de Cotización).
- Mayor aporte para ingresos superiores: Aquellos con ingresos entre 11 y 19 SMMLV aportarán un 2.5% adicional.
- Incremento para los de más altos ingresos: Trabajadores con un IBC entre 19 y 20 SMMLV con un 2.8% adicional.
- Contribución máxima: Aquellos que devenguen más de 20 SMMLV con un aporte extra del 3%.
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