Si usted contrajo matrimonio civil en el extranjero y como colombiano (a) quiere que también sea válido en su país, entonces puede acudir a una de las instancias autorizadas a solicitar la protocolizacion de matrimonio civil extranjero para que la unión sea debidamente inscrita en el Registro Civil y así tenga plena validez jurídica.

Pues bien, Ana es colombiana y Juan es mexicano y celebraron su matrimonio civil en México pero quieren que su casamiento también sea reconocido en Colombia, y mientras unos les dicen que deben ir al Consulado colombiano, hay otros quienes les indican que deben viajar hasta Colombia para realizar el trámite ante la Registraduría o ante la Notaría. Pero como suele pasar en este tipo de casos, ellos no saben qué hacer debido a tanta información, sin embargo, quienes se encuentren en la misma situación pueden estar tranquilos ya que las tres opciones son perfectamente válidas y a continuación se lo explicamos.

¿A dónde acudir para la protocolizacion de matrimonio civil extranjero?

Si están en el exterior, pueden acudir al respectivo Consulado de Colombia. Pero, si están en Colombia pueden acudir a cualquier Registraduría Auxiliar, Especial y Municipal o Notaría de la ciudad donde se encuentren.

¿Cuáles son los requisitos para la protocolizacion de matrimonio civil extranjero?

El requisito primordial es que por lo menos uno de los cónyuges sea colombiano. Por lo tanto, se podrán protocolizar los matrimonios civiles celebrados en el extranjero cuando sean entre:

  • Dos colombianos por nacimiento.
  • Un colombiano por nacimiento y un colombiano por adopción.
  • Un colombiano por nacimiento y un extranjero.
  • Dos colombianos por adopción.
  • Un colombiano por adopción y un extranjero.

Ahora bien, si el trámite se realiza en el Consulado de Colombia del país donde se celebró el matrimonio civil, le solicitarán:

  • Si uno o ambos cónyuges son colombianos:
    • Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento con fecha reciente de expedición.
    • Original y copia de la cédula de ciudadanía.
    • Copia auténtica del Registro Civil de Matrimonio del país de origen con fecha reciente de expedición.
  • Si uno de los cónyuges es extranjero:
    • Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento del país de origen con fecha reciente de expedición.
    • Original y copia del documento de identificación.

En cambio, si el trámite se realiza en una Registraduría Auxiliar, Especial y Municipal o Notaría en Colombia, le solicitarán:

  •  Si uno o ambos cónyuges son colombianos:
    • Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento con fecha reciente de expedición.
    • Original y copia de la cédula de ciudadanía.
    • Copia auténtica del Registro Civil de Matrimonio del país de origen con fecha reciente de expedición.
  • Si uno de los cónyuges es extranjero:
    • Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento del país de origen con fecha reciente de expedición.
    • Original y copia del documento de identificación.
    • Original y copia del pasaporte, donde se evidencie el correspondiente sello de ingreso al país. 

Datos de interés.

  • Abogado: no es necesario.
  • Duración del trámite: dependerá del tiempo tome corroborar las apostillas y/o legalizaciones. La estimación es en días.
  • Costo del trámite: además del costo derivado por las tarifas notariales vigentes, se deben incluir los gastos que se generen por aquellas copias autenticadas, apostillas, legalizaciones y/o traducciones que sean necesarias para cada caso particular.

Tenga en cuenta.

  • No existe distinción entre cónyuges del mismo sexo o de sexos opuestos, de manera igualitaria podrán solicitar la protocolización de su matrimonio civil celebrado en el exterior siempre y cuando alguno de los dos sea colombiano.
  • Si hay hijos menores de edad y/o hijos mayores en común, se deben consignar las copias auténticas de sus respectivos registros civiles de nacimiento de fecha reciente.
  • De haber capitulaciones matrimoniales, se debe consignar copia autenticada.
  • Se puede otorgar poder a una tercera persona para que realice el trámite.
  • Todos los documentos emitidos por autoridades o entidades extranjeras deberán contar con apostilla o legalización (según la autoridad que los emita o certifique), y ser traducidos al castellano por traductor oficial cuando se encuentre en otro idioma.
  • La fecha reciente de los documentos no debe ser superior a tres (3) meses.
  • La protocolización puede ser tramitada en cualquier momento ya que no tiene fecha límite y su demora no genera sanción.

Contenido relacionado.

CONTRATO DE SEGURO

La gran mayoría de personas hemos tenido algún contrato de seguro como de accidentes personales, de vehículo, de vida, el SOAT, exequial, entre otros más, por lo que en nuestro tema de hoy haremos un resumen de lo que es este seguro, los riesgos a asegurar, etc. ¿Qué...

read more

FALSEDAD EN DOCUMENTOS PUBLICOS

Continuando con el tema de la falsedad documental, hoy nos referiremos a la falsedad en documentos públicos señalando el momento en que se produce la falsedad y se constituye en delito, entre otros aspectos más.   ¿Cuándo se produce la falsedad en un documento...

read more

FALSEDAD EN DOCUMENTOS PRIVADOS

Hoy trataremos un tema que nos parece adecuado para tratar, pues en el área notarial se trabaja con contratos y documentos de distintas clases que producen efectos jurídicos, por lo cual, falsificar alguno es un delito que la ley penal castiga hasta con 9 años de...

read more

ESTUDIO DE TITULOS

ESTUDIO DE TITULOS Hemos escuchado el término “estudio de títulos” en entidades financieras, en inmobiliarias, en notarías, pero algunas personas no saben a ciencia cierta en qué consiste y cuál es la finalidad de este estudio, por lo cual lo hemos elegido como...

read more

LA PLUSVALIA

LA PLUSVALIA Hay términos que escuchamos y, a pesar que nos resultan familiares,  no tenemos idea de su significado, uno de ellos es el de la plusvalía, tema al cual le dedicaremos este artículo. ¿Qué es la plusvalía?   “La Plusvalía es el incremento en el valor...

read more

LA EXPROPIACION

Algunas personas no tienen claro el concepto de la expropiación, o tienen nociones básicas sobre éste, por lo que hoy dedicaremos nuestro artículo a hacer un breve resumen de lo que es, de sus requisitos y más. ¿Qué es la expropiación? “La expropiación es un fenómeno...

read more

REFORMA DE ESTATUTOS

Los estatutos de una sociedad son como su columna vertebral, en ellos se señala su objeto social,  todas las directrices para el manejo de la empresa, los derechos y obligaciones de los socios, entre otros aspectos más, hoy nos referiremos a la reforma de estos...

read more

ACTOS Y HECHOS SUJETOS A REGISTRO

Hemos tratado  sobre algunos temas de interés notarial para los usuarios, pero no hemos dedicado un espacio en nuestro blog para referirnos a los actos y a los hechos que están sujetos a registro, por lo que en el presente artículo nos dedicaremos a ello.    ¿Qué...

read more

VENTA DE COSA AJENA

A la mayoría de personas les debe parecer muy raro que nuestro ordenamiento legal considere la eventualidad de la venta de cosa ajena, tema que examinaremos a continuación. ¿Es válido vender una cosa ajena? Al respecto, el artículo 1871 del Código Civil señala que:...

read more

PRELACION DE CREDITOS

Aunque no lo tengamos claro, las deudas y obligaciones adquiridas por las personas naturales y jurídicas se encuentran ordenadas por la ley en una jerarquía de acuerdo a la prelación, importancia, que cada una tiene  cuando se presenta un embargo sobre el deudor,...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido