¿Qué es el servicio de ejecución especial de garantías mobiliarias?
Desde la entrada en vigencia de la Ley 1676 de 2013, se han podido garantizar créditos sobre una gran variedad de bienes muebles y derechos, al respecto, el artículo 3 de la referida ley nos señala:
“Las garantías mobiliarias a que se refiere esta ley se constituirán a través de contratos que tienen el carácter de principales o por disposición de la ley sobre uno o varios bienes en garantía específicos (…)
(…) el concepto de garantía mobiliaria se refiere a toda operación que tenga como efecto garantizar una obligación con los bienes muebles del garante e incluye, entre otros, aquellos contratos, pactos o cláusulas utilizados para garantizar obligaciones respecto de bienes muebles, entre otros la venta con reserva de dominio, la prenda de establecimiento de comercio, las garantías y transferencias sobre cuentas por cobrar, incluyendo compras, cesiones en garantía, la consignación con fines de garantía y cualquier otra forma contemplada en la legislación con anterioridad a la presente ley.
Cuando en otras disposiciones legales se haga referencia a las normas sobre prenda, prenda civil o comercial, con tenencia o sin tenencia, prenda de establecimiento de comercio, prenda de acciones, anticresis, bonos de prenda, prenda agraria, prenda minera, prenda del derecho a explorar y explotar, volumen aprovechable o vuelo forestal, prenda de un crédito, prenda de marcas, patentes u otros derechos de análoga naturaleza, derecho de retención, y a otras similares, dichas figuras se considerarán garantías mobiliarias y se aplicará lo previsto por la presente ley”.
De lo anterior, se logra definir al servicio de ejecución especial de garantías mobiliarias como el mecanismo por medio del cual el acreedor, que garantizó una obligación con los bienes muebles del garante (deudor), puede, en el momento que el deudor incumpla con el pago de la obligación (crédito), acceder a un procedimiento especial para hacer efectiva la garantía y obtener el pago de su acreencia. Es de acotar, que este proceso especial debe estar pactado en el contrato suscrito entre las partes intervinientes.
Además, genera grandes beneficios ya que permite al acreedor acceder a un procedimiento totalmente virtual y conforme a lo pactado voluntariamente por las partes. El inicio del proceso de ejecución especial trae en contra del garante la suspensión del derecho de enajenación de los bienes dados en garantía; así mismo, brinda la posibilidad de que el acreedor pueda, a partir del vencimiento del término de las oposiciones, asumir el control y tenencia de los bienes dados en garantía para lo cual deberá solicitar a la autoridad jurisdiccional competente, junto con la certificación expedida por la entidad autorizada, la aprehensión, la cual será ejecutada por la autoridad competente.
Las entidades autorizadas para conocer de la ejecución especial de la garantía son los notarios y las Cámaras de Comercio, el acreedor garantizado para poder dar inicio al proceso de ejecución especial de la garantía, deberá seguir los procedimientos establecido en el artículo 65 y siguientes de Ley 1676 de 2013.
Por último, como ya se expuso, este procedimiento se configura como una alternativa que permite que los acreedores hagan efectiva la garantía mediante un procedimiento ágil conforme a lo pactado entre las partes al momento de suscribir el contrato de ejecución especial.
EPS NO DEBEN PEDIR AUTORIZACIONES
Los inconvenientes que se están presentando en el sistema de salud de nuestro país, de los cuales hemos venido tratando en varios de nuestros artículos, han originado que la Corte Constitucional y entidades del Gobierno Nacional se pronuncien para resolver algunos de...
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Hoy trataremos sobre la Superintendencia Nacional de Salud, qué es, cuáles son sus funciones y cómo los ciudadanos pueden presentar una queja ante esta entidad, pues, como hemos sabido en recientes noticias, como señalamos en artículos anteriores de nuestro blog, EPS...
DECRETO QUE ANTICIPA COBRO DE RETEFUENTE
Mucha polémica ha causado la reciente expedición del Decreto que anticipa cobro de retefuente de 2026 del Ministerio de Hacienda 0572 de 2025, algunos dicen que es una “reforma tributaria anticipada” que tendrá efecto en miles de empresas en el país, y en nuestro...
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Retomando la información sobre las entidades del Estado, hoy le corresponde el turno a la Defensoría del Pueblo, entidad que hace parte del Ministerio Público y es uno de los órganos de control del Estado. ¿Qué es la Defensoría del Pueblo? “Es la entidad...
ACUERDO DE PAGO EN PROCESOS EJECUTIVOS
Muchas personas por distintos motivos se ven enfrentados a deudas con diferentes entidades tanto comerciales, como bancarias, incluso personales, por ello, en nuestro artículo a continuación hablaremos sobre el acuerdo de pago en procesos ejecutivos. ¿Qué es un...
EPS DEBEN ENTREGAR MEDICAMENTOS
Todos sabemos lo complicado que se ha vuelto reclamar medicamentos en las EPS del país por desabastecimiento de los mismos, pero, en días pasados, la Corte Constitucional emitió un fallo donde ordena que las EPS deben entregar medicamentos a pesar de la escasez....
COMPRAVENTA CON PACTO DE RETROVENTA
Uno de los contratos más usados por nuestros usuarios es el de compraventa, con muchos aspectos a tener en cuenta y uno de ellos es el de la compraventa con pacto de retroventa, tema de nuestro artículo de hoy. ¿Qué es el pacto de retroventa? ...
INTERVERSION DEL TITULO
Figuras jurídicas poco conocidas como, por ej., la interversión del título, relacionándose con el paso de tenedor a poseedor de un bien, son desconocidas por nuestros usuarios, por ello la hemos escogido como nuestro tema para este artículo. ¿Qué es la...
ANATOCISMO
El anatocismo es una de esas figuras jurídicas que afectan el día a día de muchas personas, pero de las cuales no se conoce mucho, su nombre no da “pistas” sobre su significado, por lo que este es el tema del artículo a continuación. ¿Qué es el anatocismo?...
CUOTA ALIMENTARIA EN ESPECIE
El aspecto de los alimentos de los hijos es un tema bien delicado entre la pareja donde, pocas veces, logran ponerse de acuerdo en el monto de la misma y se ven obligados a acudir ante la justicia para dirimir este conflicto, pero ¿Se puede dar la cuota alimentaria...