Lo primero que debemos hacer cuando la escritura pública se radica en la correspondiente Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para su registro y se devuelve, es leer y analizar con cuidado cada una de las causales invocadas o motivos aducidos por dicha Oficina para su devolución. Con base en ellas hay que volver a leer muy bien la escritura pública devuelta a fin de confirmar dicha nota devolutiva. Este ejercicio es importante hacerlo porque con frecuencia se observa que el funcionario calificador no le asiste la razón en los fundamentos jurídicos invocados y ha sido error de parte de la Oficina de Registro la devolución del documento.
Es por eso que una vez devuelta la escritura, si el propietario considera que este es su caso, debe dentro del término de ley, es decir, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la nota devolutiva de la escritura pública, del documento o providencia judicial sin registrar, presentar por escrito recurso de reposición al Registrador y en subsidio el de apelación para ante el director de Registro, exponiendo los debidos argumentos de su inconformidad y probando las razones que se tienen para que el documento ingrese nuevamente con el mismo turno y se cumpla el trámite de su inscripción. Valga la pena anotar que el memorial u oficio que contiene los recursos, debe elaborarse acatando con todos los requisitos que establece el Código Procedimiento Administrativo, Ley 1437 de 2011, articulo 77).
Lo anterior es de trascendental importancia porque suele suceder que el interesado deja vencer el tiempo que se tiene para reclamar directamente a la Oficina Registro de Instrumentos Públicos y no tiene otro camino que dirigirse a la Notaría para que mediante escritura de aclaración se le solicite al Registrador tomar atenta nota de su error. Esto es tiempo valioso que se pierde para lograr una oportuna inscripción, causando en la mayoría de los casos perjucios a los usuarios del servicio registral.
Ahora bien, si al momento de calificar el documento existen errores que modifiquen la situación jurídica del inmueble, que afectan a las partes y_o a terceros, el Registrador sólo podrá corregir estos errores mediante un proceso administrativo, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo.
Ojalá se tengan en cuenta estas recomendaciones.
Martha Isabel Acevedo Prada.
ASIGNACIONES A TITULO SINGULAR
En un artículo anterior del blog de la página web de la Notaría 19 hablamos sobre las asignaciones a título universal y en nuestro artículo a continuación desarrollaremos las asignaciones a título singular. ¿Qué son las asignaciones a título singular? No...
PAGO DE LO NO DEBIDO
Aunque suene increíble, en algún momento de nuestro diario vivir podemos llegar a hacer un pago a quien no es el acreedor, o pagamos una suma más alta de la que corresponde, por ej., por concepto de impuestos, y esto es lo que la ley denomina el pago de lo no debido,...
OBLIGACIONES CONDICIONALES
Algunas veces se celebran contratos cuyas obligaciones nacen al producirse o no cierta condición señalada, previamente, en el contrato, las cuales reciben el nombre de obligaciones condicionales, tema de nuestro presente artículo. ¿Qué son las obligaciones...
PERDIDA DE LA COSA QUE SE DEBE
Muchas veces, por distintas circunstancias ajenas a la voluntad, ocurren accidentes o contratiempos que afectan el debido cumplimiento de las obligaciones de los contratos, y una de ellas es la pérdida de la cosa que se debe, tema que trataremos a continuación....
OBLIGACIONES SOLIDARIAS
En el día a día contraemos obligaciones de todo tipo y con distintas personas en forma singular, pero existen las obligaciones solidarias que contraen varios deudores o varios acreedores al mismo tiempo, éste será nuestro tema de hoy. ¿Qué son las obligaciones...
LA OCUPACION
En anterior artículo hablamos, de forma general, sobre los modos de adquirir el dominio sobre un bien mueble, y uno de ellos es la ocupación, tema que desarrollaremos a continuación. ¿Qué es la ocupación? El artículo 685 del Código Civil colombiano nos...
ASIGNACIONES A TITULO UNIVERSAL
Para testar, el testador tiene derechos y obligaciones en las que lo suceden sus herederos como en el caso de las asignaciones a título universal, tema de nuestro artículo a continuación. ¿Cómo se sucede (hereda) a una persona? El artículo 1008 del Código...
HIJO POSTUMO
Muchas figuras jurídicas de las que no se tienen conocimiento, pero que forman parte de la vida de algunas personas como, por ej., la del hijo póstumo de la cual trataremos a continuación ¿Qué es póstumo? “Que nace o se da a conocer después de la muerte...
PROPIEDAD PRIVADA
Ser propietario de un bien mueble o inmueble trae consigo derechos, obligaciones y limitaciones determinadas por la ley y dependiendo de las características de la propiedad su titular podrá gozar y disponer de ella. ¿Qué tipos de propiedad hay? Propiedad...
VICIOS REDHIBITORIOS EN LA COMPRAVENTA
El contrato de compraventa es uno de los más usados dentro de nuestro ordenamiento jurídico y de mayor volumen en la escrituración de las notarías públicas, por lo que nuestro artículo a continuación tratará sobre los vicios redhibitorios en la compraventa con el fin...