El C.S.T. en su artículo 127 nos especifica los elementos integrantes del salario: Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones”.

El artículo citado no determina cuáles son esos pagos en especie, pero el art. 129 sí, señalando como tales la fracción del salario habitual que se le otorgue al trabajador o a su familia como contraprestación directa a su labor (vivienda, alimentación, o vestuario, distintos a aquellos que por libre voluntad del empleador de al trabajador como sumas de dinero ocasionales que se constituyan en gratificaciones por el trabajo desempeñado, bonificaciones, entre otras, así como lo que reciba en dinero o en especie para la debida ejecución de sus funciones (herramientas, dinero para transporte, gastos de representación, viáticos).

Continuando con los pagos que constituyen o no salario, el art. 130 del código citado dispone que los viáticos permanentes sí constituyen salario, pero sólo en la parte que sirve como manutención y alojamiento al trabajador; empero los viáticos accidentales no.

El auxilio de transporte constituye salario cuando se trata de conformar la base para el cálculo de las prestaciones sociales; los sobresueldos (sumas adicionales al sueldo o jornal que el empleador paga al trabajador por las mismas razones que las primas habituales), las bonificaciones habituales, el valor de los días de descanso obligatorio (domingos y festivos), el valor del trabajo suplementario y de horas extras, las comisiones, porcentajes sobre venta (vendedores de tiendas de ropa y calzado, por ej.)

Haciendo referencia a los pagos en dinero o en especie que no forman parte del salario de un trabajador, el art. 128 del C.S.T. los señala como las sumas de dinero que voluntariamente le da el empleador al trabajador para compensarlo por su trabajo y que no fueron pactadas en el contrato laboral, tales como las primas extralegales, las primas de vacaciones o de navidad, tampoco las vacaciones (esto es un descanso remunerado), el subsidio familiar y otras similares.

Asimismo, las propinas que recibe el trabajador como compensación por parte del cliente por un servicio que éste le presta (camareros, meseros, barman, entre otros similares) no forman parte del salario.

Hay que tener muy presente que cuando se realizan pagos que no constituyen salario, éstos no pueden exceder del 40% del valor total del pago que recibe el trabajador como remuneración, pero hay que precisar que esta norma aplica sólo para efectos de aportes a seguridad social de los establecidos por la Ley 100 de 1993 (Ley 1393 de 2010, art. 30: rentas de destinación específica para la salud).

SOCIEDAD DE HECHO DE LOS CONCUBINOS

Ante todo, es necesario diferenciar tres (3) clases de uniones entre parejas como son el matrimonio civil y religioso que, para que tenga efectos civiles, se inscribe en el registro civil, la unión marital de hecho y la sociedad de hecho entre concubinos, figuras...

read more

PAZ Y SALVO DEL IDU

Cuando un usuario necesite realizar cualquier trámite notarial de un inmueble como puede ser una compraventa, una donación, una hipoteca, entre otros, debe estar a paz y salvo en los impuestos o, de lo contrario, no se procederá a realizar el acto notarial requerido....

read more

CATASTRO MULTIPROPOSITO

En busca de métodos para ordenar el territorio y fortalecer la paz en Colombia se ha considerado como un gran acierto la aprobación del artículo 104 del Plan Nacional de Desarrollo, que impulsa la puesta en funcionamiento del Catastro Multipropósito.    ...

read more

ACEPTACION DE LA HERENCIA

En artículo anterior del blog de la página web de la notaría 19 se hizo referencia al tema del repudio de la herencia, por lo que nos parece procedente tocar el tema de cómo aceptar una herencia, pues no es solo esperar que nos entreguen  lo que el causante nos dejó...

read more

LA ADOPCION

La familia se compone de la pareja de cónyuges y los hijos de estos, pero, desafortunadamente, no todas las parejas tienen la posibilidad de traer sus propios hijos al mundo y es ahí cuando la adopción es una de las grandes alternativas para cumplir este deseo.  ...

read more

SEPARACION DE HECHO

SEPARACION DE HECHO Cuando se presentan dificultades dentro de un matrimonio y en caso que uno de los cónyuges no quiera el divorcio, la parte afectada puede hacer uso de las causales que el Código Civil Colombiano tiene para ello y una de ellas es la separación de...

read more

REGISTRO DE ADOPCION

Una vez se profiera sentencia favorable de adopción, el juez de familia remitirá a la Registraduría Nacional del Estado Civil la orden para modificar el acta de nacimiento original  del adoptado con los nuevos datos de sus padres adoptantes.     ¿Qué es el...

read more

VIGILANCIA DE LA ADOPCION

 El proceso de adopción conlleva una serie de pasos y requerimientos que los aspirantes deben efectuar ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- o entidades privadas u organismos autorizado quienes, a su vez, tendrán a su cargo velar para que se...

read more

TRAMITE JUDICIAL PARA ADOPTAR

TRAMITE JUDICIAL PARA ADOPTAR, surtido el trámite  administrativo de la adopción se pasa al trámite judicial para adoptar, donde un juez de familia iniciará el proceso para determinar que el niño, niña o adolescente sea legalmente adoptado y tenga los plenos derechos,...

read more

EMBARGO DE HERENCIAS

Recibir una herencia, ya sea por derecho propio o por testamento, no sólo implica recibir los bienes y derechos que dejó la persona tras su fallecimiento,  sino también  responder por  las posibles obligaciones que el causante pudo haber dejado en vida, tal como lo...

read more

LEY DE TRANSICION ENERGETICA

LEY DE TRANSICION ENERGETICA Con la finalidad de utilizar energías más amigables con el medio ambiente y que tengan el menor impacto al ecosistema, el gobierno expidió la Ley 2009 de 2021 por  medio de la cual se dictan directrices encaminadas a avanzar cada vez más...

read more

CATASTRO

Cuando realizamos un acto notarial sobre un inmueble como sucesiones, compraventa, entre otros, nos mencionan que debemos llevar una copia de la escritura pública al catastro, por lo que en este artículo trataremos este tema.     ¿Qué es el catastro?  ...

read more

SOCIEDAD DE HECHO DE LOS CONCUBINOS

Ante todo, es necesario diferenciar tres (3) clases de uniones entre parejas como son el matrimonio civil y religioso que, para que tenga efectos civiles, se inscribe en el registro civil, la unión marital de hecho y la sociedad de hecho entre concubinos, figuras...

read more

PAZ Y SALVO DEL IDU

Cuando un usuario necesite realizar cualquier trámite notarial de un inmueble como puede ser una compraventa, una donación, una hipoteca, entre otros, debe estar a paz y salvo en los impuestos o, de lo contrario, no se procederá a realizar el acto notarial requerido....

read more

CATASTRO MULTIPROPOSITO

En busca de métodos para ordenar el territorio y fortalecer la paz en Colombia se ha considerado como un gran acierto la aprobación del artículo 104 del Plan Nacional de Desarrollo, que impulsa la puesta en funcionamiento del Catastro Multipropósito.    ...

read more

ACEPTACION DE LA HERENCIA

En artículo anterior del blog de la página web de la notaría 19 se hizo referencia al tema del repudio de la herencia, por lo que nos parece procedente tocar el tema de cómo aceptar una herencia, pues no es solo esperar que nos entreguen  lo que el causante nos dejó...

read more

LA ADOPCION

La familia se compone de la pareja de cónyuges y los hijos de estos, pero, desafortunadamente, no todas las parejas tienen la posibilidad de traer sus propios hijos al mundo y es ahí cuando la adopción es una de las grandes alternativas para cumplir este deseo.  ...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido