Tema no grato para los colombianos el de los impuestos, pero consideramos que es importante que nuestros usuarios tengan conocimiento de ellos para que, los que están obligados, tengan presentes las condiciones y las fechas para declarar, por lo que hoy escogimos el Régimen Simple de Tributación.

 

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación- RST?

 

El Régimen Simple de Tributación es un mecanismo que ofrece la DIAN desde 2019 al empresario, emprendedor, comerciante y profesionales, que trasciende el habitual régimen ordinario, ya que brinda menores tarifas, las cuales se establecen según el nivel de ingresos, generándole al contribuyente un ahorro de dinero a la hora de pagar impuestos, el cual podrá invertir para potencializar su actividad en procesos intelectuales, de innovación y desarrollo, maquinaria, contratación de talento humano, entre otros.  Así mismo, facilita y simplifica la presentación de la declaración de impuestos nacionales y territoriales, ya que se pueden presentar hasta 7 impuestos en un solo formulario, aunque ejerza actividades en diferentes municipios.”

 

El Régimen Simple de Tributación (RST), es un sistema voluntario para los contribuyentes cuyo objetivo  es disminuir las cargas formales y sustanciales de éstos, fomentar la formalidad, simplificar  la ejecución de las obligaciones tributarias y, básicamente, establecer ventajas y garantías tributarias para los contribuyentes de emprendimientos pequeños.

 

¿Cuándo se declara el Régimen Simple de Tributación – RST?

 

Este sistema de pago de impuestos se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales mediante los sistemas electrónicos de la DIAN.

¿Qué tipo de personas pueden inscribirse en el RST?

 

Personas naturales y personas jurídicas  que cuenten con ingresos anuales que no superen los 80.000 Uvt.

 

¿Qué es el impuesto unificado?

 

Es un modelo de tributación voluntario, creado por la Ley 1943 de 2018, Ley de Financiamiento,  que, a su vez, eliminó el monotributo, en el Régimen Simple,  que se causa anualmente y se paga por anticipado y bimestralmente, reemplaza al impuesto sobre la renta y está conformado por el impuesto nacional al consumo,  el  Impuesto Nacional al Consumo (INC) para el expendio de comidas y bebidas y el de industria y comercio.  Posteriormente, esta ley fue declarada inexequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-481 de 2019, y fue con la Ley de la Reforma Tributaria, Ley 2010 de 2019 que se retomó  el régimen simple desde el 01 de enero de 2020.

 

¿Cómo inscribirse en el RST?

 

Como dijimos anteriormente, la inscripción en este régimen es opcional, ya depende de la voluntad de quiénes deseen pertenecer a él, previo el lleno de unos requisitos legales.

 

¿Cuáles son los beneficios al inscribirse en el RST?

 

  • Con una sola declaración al año pueden pagar hasta 6 impuestos como son el impuesto Simple que es el que reemplazó al de renta, el Impuesto Nacional al Consumo, Avisos y tableros, industria y comercio, sobretasa bomberil y ganancia ocasional.

 

  • Se pueden descontar los pagos efectuados a pensiones por parte del empleador, el 0.5% de los pagos recibidos por el contribuyente a través de  medios electrónicos.

 

  • No tendrán retenciones en la fuente, así como tampoco estarán obligados a realizarlas, salvo que se trate de pagos laborales y retenciones por IVA.

 

  • Serán eximidos de aportes parafiscales, artículo 114-1 del Estatuto Tributario como son Salud, SENA e ICBF.

 

  • Tendrán beneficios como la reducción de cargas formales y sustanciales de los contribuyentes, el impulso a la formalidad y el permitir el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

 

 

¿Cuáles son los requisitos para que los contribuyentes puedan acceder al RST?

 

  • Deben ser personas naturales con empresa comprendiendo profesiones liberales (abogados, contadores, médicos y demás que laboran independientemente como consultores y que su actividad está fundamentada en el intelecto), o personas jurídicas de naturaleza societaria con socios que son personas naturales residentes en el país.

 

  • Que durante el año gravable anterior hayan tenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, menores a 100.000 UVT.

 

Es necesario ratificar que los contribuyentes en este nuevo modelo de tributación no serán sujetos del impuesto sobre la Renta, pues éste es reemplazado por el RST.

 

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