Índice de contenido
- ¿Qué es la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Quiénes intervienen en la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Cuáles son las modalidades de renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Qué es la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
- ¿Consecuencias de la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
- Tenga en cuenta.
¿Qué es la renta vitalicia inmobiliaria?
Es un contrato de seguro que consiste en recibir una renta periódica de forma vitalicia a cambio del precio de una prima única, la cual está representada en la transferencia de la nuda propiedad de su vivienda. Es decir, es un acuerdo de voluntades (contrato de seguro) entre el propietario de una vivienda y una empresa aseguradora de vida donde el propietario va a recibir un monto de dinero constante y fijo (renta periódica) a cambio de transferir el dominio legal de su vivienda (nuda propiedad) a la empresa aseguradora, pero, con la posibilidad de seguir conservando para sí y sus beneficiarios el derecho de usar y disfrutar (usufructo) la casa o apartamento hasta el día de sus muertes (vitalicia).
¿Quiénes intervienen en la renta vitalicia inmobiliaria?
En la renta vitalicia inmobiliaria van a intervenir los siguientes sujetos:
- Tomador: es la persona o personas que son propietarios del bien inmueble cuya nuda propiedad van a transferir al asegurador a cambio de recibir una renta periódica.
- Beneficiario: es la persona o personas que aparecerán en el contrato de renta vitalicia inmobiliaria como favorecida del tomador.
- Asegurador: es la compañía aseguradora de vida que recibirá la nuda propiedad del bien inmueble a cambio de otorgar una renta periódica al tomador y beneficiario.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la renta vitalicia inmobiliaria?
Si usted está interesado en suscribir un contrato de renta vitalicia inmobiliaria, el principal requisito es:
- Acreditar la propiedad de un bien inmueble, es decir, probar mediante documentos legales que en efecto es el propietario.
Cabe acotar, el Decreto 1398 de 2020 no hace mención expresa sobre la destinación que debe tener el bien inmueble, pero sí hay ciertos señalamientos que hacen presumir que solo va dirigido a viviendas (salvo que se exprese lo contrario). De igual forma, debe saber que para acceder a la renta vitalicia inmobiliaria:
- No hay límite de edad.
- No importa si tiene ingresos fijos o no.
- No importa el estrato al cual pertenezca el bien inmueble.
- No hay distinción si la vivienda está bajo la figura de propiedad horizontal o no.
¿Cuáles son las modalidades de renta vitalicia inmobiliaria?
Quien esté interesado, tiene las siguientes opciones:
- Renta vitalicia inmobiliaria inmediata: se caracteriza en que el monto de dinero que se va a recibir es mensual y fijo hasta el día del fallecimiento del tomador o del último de sus beneficiarios.
- Renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida: en esta opción el monto de dinero que se va a recibir se divide en dos periodos, en el primero se recibirá el dinero en cuotas previamente establecidas en el acuerdo, un mes después que se haya completado el pago de esas cuotas se empezará a recibir un monto fijo mensual hasta el fallecimiento del o los beneficiarios. Si el último de éstos fallece en el primer periodo, el asegurador deberá cancelar en un único pago el dinero restante de ese periodo.
En ambas modalidades, el asegurador tiene el deber de ofrecer al tomador o tomadores la posibilidad de pactar una opción de retracto.
¿Qué es la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
Es una posibilidad que el asegurador debe ofrecer al tomador para deshacer el contrato de renta vitalicia inmobiliaria. Pero, esa opción debe ser acordada al momento de suscribir el contrato porque de lo contrario no podrá ser utilizada, ya que la regla general es que los contratos de renta vitalicia inmobiliaria son irrevocables.
¿Consecuencias de la opción de retracto en la renta vitalicia inmobiliaria?
El tomador que haga uso de la opción de retracto, deberá asumir las siguientes obligaciones:
- Pagar al asegurador todas las rentas que ha recibido, teniendo en cuenta el valor futuro en base a las tasas actuales que fueron acordados en el contrato.
- Pagar al asegurador todos los gastos, impuestos y contribuciones que haya asumido en calidad de titular de la nuda propiedad del inmueble, los cuales deben estar ajustados anualmente a valor futuro con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE); y
- Pagar la totalidad de los gastos de notariado y registro asociados a la transferencia de la nuda propiedad.
Cabe acotar, el valor de las tasas acordadas para los reajustes del valor futuro nunca podrá superar la tasa máxima de interés para financiación de vivienda del Banco de la República.
Tenga en cuenta.
- Si en vez de uno son varios los tomadores, éstos podrán pactar el porcentaje de las rentas que corresponderá a cada uno sus beneficiarios. En caso de que las partes no establezcan este porcentaje, se entenderá que a cada tomador le corresponderá determinar el porcentaje equivalente a la cuota parte que tenía sobre el bien inmueble que fue transferido.
- La compañía aseguradora de vida podrá acordar con el tomador la prestación de un servicio adicional, como por ejemplo un seguro funerario.
LEY “MAMA CUENTAS CONMIGO”
El Congreso de la República, recientemente, ha aprobado leyes entre las que se encuentra el proyecto de ley 158/22S-189/23C “Mamá cuentas conmigo”, tema de nuestro presente artículo. ¿Qué plantea la Ley “Mamá cuentas conmigo”? Esta ley plantea entregar un kit...
ESTAFA
Constantemente se escucha por las noticias que alguien ha sido víctima de estafa, o alguien comenta de un caso que conoció, pero ¿qué es la estafa? Este será nuestro tema de hoy. ¿Qué es la estafa? El artículo 246 del Código Penal colombiano señala que:...
NO SE REQUIERE FIADOR PARA ARRENDAR
El contrato de arrendamiento de vivienda es uno de los más usados y a la hora de suscribirlo uno de los aspectos más “engorrosos” para el arrendatario es contar con un fiador que le sirva de garantía en el contrato con el arrendador. ¿Cuáles son los requisitos...
ALTERNATIVA AL SERVICIO MILITAR
Como se sabe, el servicio militar ya no es obligatorio en nuestro país y para motivar a los jóvenes a prestar un servicio social, el Gobierno Nacional está implementando una alternativa al servicio militar mediante el llamado Servicio Social para la Paz, tema que...
NUEVA HERRAMIENTA DEL IGAC
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) implementó una nueva plataforma digital para facilitar a sus usuarios la radicación de los productos cartográficos generados por terceros, tema del cual trataremos en nuestro artículo a continuación. ¿Para qué...
VIVIENDA AL ALCANCE DE TODOS
Con la implementación de la Ley 2434 de 2024 “Vivienda al alcance de todos”, a partir del pasado mes de noviembre de 2024, se cambiaron las reglas de juego para las personas que desean adquirir casa propia. ¿Cuál es el fin principal de la Ley Vivienda al...
PROHIBIR REDES SOCIALES A MENORES DE 16 AÑOS
En días recientes se escuchó hablar sobre el proyecto de ley 261/24S, que ya fue aprobado en la Comisión Sexta del Senado de Colombia, y que busca prohibir redes sociales a menores de 16 años, regulando el acceso de los niños y adolescentes a estos servicios y...
MATRIMONIO SIN REGISTRAR
En Colombia, al contraer matrimonio católico o de cualquier otra religión es esencial que se registre o inscriba en el registro civil de nacimiento de cada miembro de la pareja, tal como lo estipula nuestro Código Civil, por lo cual, el tema de nuestro presente...
DERECHOS EN COMPRAS DE BLACK FRIDAY
Los compradores en Colombia se ven atraídos especialmente por las ofertas del llamado Black Friday pero, muchas veces, se sienten decepcionados o defraudados porque el producto no resultó ser lo que ellos creían o presenta desperfectos, por lo que en nuestro artículo...
EL TELETRABAJO EN LA DECLARACION DE RENTA
La declaración de renta se ha convertido en un “dolor de cabeza” para muchos contribuyentes de la misma, pero para los que laboran en sus casas, la DIAN permite deducir hasta 8 gastos, por ello, hoy hablaremos sobre el teletrabajo en la declaración de renta. ...