Cuando un empleador despide a un trabajador sin justa causa está obligado legalmente a pagarle una indemnización que tiende a ser de alto valor y, además, le genera costos tributarios, pues la Dian no considera este pago de indemnización como costo o deducción (no es una expensa necesaria) para efectos de impuestos, por lo que no puede disminuir la base gravable; mientras que para el trabajador es una situación que lo deja en una posición de inestabilidad económica que incide en el bienestar propio y el de su familia y/o personas que se encuentran a su cargo.
El art. 64 del C.S.T. estipula la indemnización por despido sin justa causa: “[…] En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización […]”, lo que quiere decir que a pesar que no es un despido ilegal por cuanto el C.S.T. lo reglamenta, el empleador sí debe pagar al trabajador la indemnización que este mismo artículo establece en estos casos y donde se refiere a la cláusula resolutoria que en todo contrato de trabajo va “envuelta” la condición resolutoria.
¿Qué constituye esta indemnización para el trabajador despedido sin justa causa?
Tal como lo expuso la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de 23 de junio de 2005, “el concepto de indemnización está integrado por el daño emergente y el lucro cesante, elementos que […] no corresponden a la contraprestación del servicio, sino a la necesidad de reparar los perjuicios que se originan para el trabajador, por la terminación unilateral del contrato laboral, sin justa causa […]”. El valor de la indemnización depende del salario que se haya pactado en el contrato de trabajo y del tiempo que el trabajador lleve laborando para la persona o empresa.
Pero, aunque parezca lógico que en la mayoría de los casos sea el empleador quien despide al trabajador sin justa causa, se presentan otros donde es el trabajador que termina el contrato sin tener una causa lícita o justificada para ello, por lo cual es éste quien debe pagar a su empleador la indemnización que señala el art. 62 ya citado.
El valor de la indemnización por despido sin justa causa tiene una forma de liquidación en el contrato a término fijo y otra cuando se trata de contrato por término indefinido; en los fijos se liquida por la suma de los salarios que le faltan al trabajador por recibir, correspondientes al tiempo que dejaría de laborar para cumplir el plazo acordado en el contrato; en tanto que la indemnización para los contratos a término indefinido depende del valor del salario y del tiempo que lleve el trabajador.
En artículos posteriores se tratará el tema de los diferentes tipos de despidos sin justa causa que pueden presentarse.
CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR
En el transcurso de nuestras vidas, especialmente en la laboral, hemos estado vinculados con una caja de compensación familiar, pero no tenemos una idea amplia de lo que son y a qué se dedican exactamente, tema que desarrollaremos a continuación. ¿Qué es una...
CALCULO DE SEMANAS PARA LA PENSION
Como ya hemos mencionado, el tema pensional es uno de los más apetecidos por nuestros usuarios, la pensión representa la ilusión de una estabilidad económica para los años en que ya nos retiremos de la vida laboral, pero para obtenerla hay que reunir un tiempo de...
LA CONFUSION
Una de las formas de extinguir las obligaciones en el derecho es la confusión donde en una sola persona se reúnen la calidad de acreedor y deudor, lo cual puede parecer incomprensible para algunas personas y, por ello, pasaremos a desarrollar este tema en nuestro...
LA COMPENSACION
Dentro de los modos de extinguir las obligaciones se encuentra la compensación, que algunos llaman “cruce de cuentas”, por ello, en nuestro artículo de hoy hablaremos sobre ella, su concepto, sus tipos y otros aspectos más. ¿Qué es la compensación? ...
CONDICION RESOLUTORIA
Los firmantes de los contratos civiles y comerciales, escritos o verbales, tienen la facultad para solicitar ante un juez que lo pactado en ellos se cumpla y de no ser así, que el contrato se resuelva, es lo que se denomina condición resolutoria, tema de nuestro...
PROGRAMA “PUEDO ESTUDIAR”
El Gobierno actual ha manifestado su interés en brindar programas y subsidios que les permitan a los jóvenes de bajos recursos tengan acceso universal a la educación superior y, a través del Ministerio de Educación, ha lanzado el programa “Puedo Estudiar”, tema que...
TASA MINIMA DE TRIBUTACION
La Ley 2277 de 2022, Reforma Tributaria, de la cual hemos hablado en anteriores artículos, estableció una tasa mínima de tributación para las empresas con un porcentaje del 15% como tarifa mínima de renta sobre la utilidad antes de impuesto depurada, señalada en los...
HEREDEROS PAGAN DEUDAS DEL FALLECIDO
Cuando se tiene la expectativa de recibir una herencia de algún familiar, a pesar de la tristeza que el fallecimiento puede causar, se tiene una sensación de bienestar al pensar que esos dineros y bienes pueden ser la solución a muchos de los problemas económicos que...
PREASIGNACION SUBSIDIOS MI CASA YA
El Gobierno Nacional buscando incentivar la adquisición de vivienda de interés prioritario ha implementado la preasignación subsidios “Mi Casa Ya”, tema que trataremos a continuación. ¿Qué es el programa “Mi Casa Ya"? En uno de nuestros artículos...
MI CASA YA 2024
“Mi Casa Ya” es un programa que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Vivienda, otorga subsidios para que los hogares más vulnerables puedan adquirir vivienda, en nuestro presente artículo hablaremos sobre Mi Casa Ya 2024 y sus nuevos requisitos. ¿De...