Cuando un empleador despide a un trabajador sin justa causa está obligado legalmente a pagarle una indemnización que tiende a ser de alto valor y, además, le genera costos tributarios, pues la Dian no considera este pago de indemnización como costo o deducción (no es una expensa necesaria) para efectos de impuestos, por lo que no puede disminuir la base gravable; mientras que para el trabajador es una situación que lo deja en una posición de inestabilidad económica que incide en el bienestar propio y el de su familia y/o personas que se encuentran a su cargo.
El art. 64 del C.S.T. estipula la indemnización por despido sin justa causa: “[…] En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización […]”, lo que quiere decir que a pesar que no es un despido ilegal por cuanto el C.S.T. lo reglamenta, el empleador sí debe pagar al trabajador la indemnización que este mismo artículo establece en estos casos y donde se refiere a la cláusula resolutoria que en todo contrato de trabajo va “envuelta” la condición resolutoria.
¿Qué constituye esta indemnización para el trabajador despedido sin justa causa?
Tal como lo expuso la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de 23 de junio de 2005, “el concepto de indemnización está integrado por el daño emergente y el lucro cesante, elementos que […] no corresponden a la contraprestación del servicio, sino a la necesidad de reparar los perjuicios que se originan para el trabajador, por la terminación unilateral del contrato laboral, sin justa causa […]”. El valor de la indemnización depende del salario que se haya pactado en el contrato de trabajo y del tiempo que el trabajador lleve laborando para la persona o empresa.
Pero, aunque parezca lógico que en la mayoría de los casos sea el empleador quien despide al trabajador sin justa causa, se presentan otros donde es el trabajador que termina el contrato sin tener una causa lícita o justificada para ello, por lo cual es éste quien debe pagar a su empleador la indemnización que señala el art. 62 ya citado.
El valor de la indemnización por despido sin justa causa tiene una forma de liquidación en el contrato a término fijo y otra cuando se trata de contrato por término indefinido; en los fijos se liquida por la suma de los salarios que le faltan al trabajador por recibir, correspondientes al tiempo que dejaría de laborar para cumplir el plazo acordado en el contrato; en tanto que la indemnización para los contratos a término indefinido depende del valor del salario y del tiempo que lleve el trabajador.
En artículos posteriores se tratará el tema de los diferentes tipos de despidos sin justa causa que pueden presentarse.
DE LA BUENA FE
La buena fe ha pasado de ser un principio general del derecho a un principio constitucional, tal como lo ha expresado la Corte Constitucional en Sentencia C-1194/08, por cuanto las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas entre sí y ante éstas...
GENERACION FNA
El Gobierno Nacional, a través del Fondo Nacional del Ahorro, presentó el programa “Generación FNA”, con el fin de facilitar el acceso de trabajadores jóvenes colombianos a créditos hipotecarios. ¿Qué es Generación FNA? “Generación FNA" es una línea de...
PAGO POR RESULTADOS
El Gobierno Nacional, constantemente, está en búsqueda de disminuir el índice de desempleo en el país de las personas vulnerables, y ha ido creando programas que le permitan obtener resultados concretos y que se puedan medir, para lo cual ha comenzado a trabajar con...
LA BUENA FE EN LA EXTINCION DE DOMINIO
El tema de la buena fe en la extinción de dominio ha sido de delicado análisis para determinar si los adquirentes legítimos de los bienes los han usado como un medio para ejecutar actividades ilícitas, o si los bienes tienen origen ilícito. ¿Qué es la buena fe?...
COMPRAR VIVIENDA CON SUBSIDIO
Algunas personas interesadas en adquirir vivienda no conocen todos los subsidios que el Gobierno brinda para que puedan cumplir su sueño de contar con un hogar propio, por ello, hoy trataremos el tema de comprar vivienda con subsidio. ¿Qué clase de viviendas...
INSINUACION DE LA DONACION
Como señalamos en uno de nuestros artículos, la donación exige unos requisitos para su formalización y este será el tema del presente artículo. ¿Qué es la donación? En el artículo en el que hablamos sobre este tema, dijimos que: “Una donación puede...
PRORROGA Y RENOVACION DE UN CONTRATO
En anteriores ocasiones hemos mencionado que hay tantas figuras jurídicas en el Derecho que algunas personas suelen confundir un término con otro, hoy hablaremos sobre prórroga y renovación de un contrato. ¿Qué es la prórroga de un contrato? La prórroga...
REAJUSTE DEL IMPUESTO PREDIAL 2024
Además de los aumentos que se dan en los precios de los alimentos, de servicios, del impuesto de renta, el Gobierno, a través del Departamento Nacional de Planeación (DNP) presentó el nuevo decreto con el que se pretende definir el reajuste del impuesto predial 2024...
NUEVA REFORMA TRIBUTARIA 2024
No alcanzamos a “digerir” la Reforma Tributaria del Gobierno del Presidente Petro y ya se nos está hablando de reformar esa reforma, afectando a las personas naturales “de altos ingresos” y disminuyendo la tasa de impuestos a las empresas en un 35%, y lo que nos...
EL PERMISO ETIAS
Uno de los más grandes sueños de las personas es viajar, pero cuando toman la decisión no se trata únicamente de comprar los tiquetes, tener pasaporte, reservar hoteles y planear el tour turístico, sino que se debe verificar si el país o países a visitar exige visa u...