A pesar que esta circunstancia no es favorable para el empleador, y mucho menos para el trabajador, es una situación que se presenta muy a menudo.

Cuando un empleador despide a un trabajador sin justa causa está obligado legalmente a pagarle una indemnización que tiende a ser de alto valor y, además, le genera costos tributarios, pues la Dian no considera este pago de indemnización como costo o deducción (no es una expensa necesaria) para efectos de impuestos, por lo que no puede disminuir la base gravable; mientras que para el trabajador es una situación que lo deja en una posición de inestabilidad económica que incide en el bienestar propio y el de su familia y/o personas que se encuentran a su cargo.

El art. 64 del C.S.T. estipula la indemnización por despido sin justa causa: “[…] En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización […]”, lo que quiere decir que a pesar que no es un despido ilegal por cuanto el C.S.T. lo reglamenta, el empleador sí debe pagar al trabajador la indemnización que este mismo artículo establece en estos casos y donde se refiere a la cláusula resolutoria que en todo contrato de trabajo va “envuelta” la condición resolutoria.

¿Qué constituye esta indemnización para el trabajador despedido sin justa causa?

Tal como lo expuso  la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de 23 de junio de 2005, “el concepto de indemnización está integrado por el daño emergente y el lucro cesante, elementos que […] no corresponden a la contraprestación del servicio, sino a la necesidad de reparar los perjuicios que se originan para el trabajador, por la terminación unilateral del contrato laboral, sin justa causa […]”. El valor de la indemnización depende del salario que se haya pactado en el contrato de trabajo y del tiempo que el trabajador lleve laborando para la persona o empresa.

Pero, aunque parezca lógico que en la mayoría de los casos sea el empleador quien despide al trabajador sin justa causa, se presentan otros donde es el trabajador que termina el contrato sin tener una causa lícita o justificada para ello, por lo cual es éste quien debe pagar a su empleador la indemnización que señala el art. 62 ya citado.

El valor de la indemnización por despido sin justa causa tiene una forma de liquidación en el contrato a término fijo y otra cuando se trata de contrato por término indefinido;  en los fijos se liquida por la suma de los salarios que le faltan al trabajador por recibir, correspondientes al tiempo que dejaría de laborar para cumplir el plazo acordado en el contrato; en tanto que la indemnización para los contratos a término indefinido depende del valor del salario y del tiempo que lleve el trabajador.

En artículos posteriores se tratará el tema de los diferentes tipos de despidos sin justa causa que pueden presentarse.

MONTO MAXIMO PENSION DE VEJEZ

El tema de las semanas necesarias para obtener una pensión de vejez es muy controvertido, porque hay personas que desean tener mesadas de mayor valor que le garanticen una mejor calidad de vida, pero la norma no permitía que esto fuera así de sencillo, por eso, la...

read more

EMBARGO

Si por alguna razón incumplió una obligación ante terceros y no puede cancelar lo adeudado, puede ocurrir que se inicie un proceso ejecutivo con la finalidad de recuperar las sumas en mora, evento al que nadie quiere llegar,  pues están en riesgo su patrimonio y su...

read more

EMBARGO DE PENSION

Continuando con el tema de los embargos, en el presente artículo trataremos el embargo de las pensiones que, por regla general, son inembargables, pues el artículo 134 de la Ley 100 de 1993, en su artículo 5 así lo señala.      ¿Cuáles son las excepciones a...

read more

EMBARGO DE SALARIO

El incumplimiento en el pago de las obligaciones contraídas, luego de vencer el tiempo pactado para ello, produce consecuencias que pueden llegar hasta el embargo de bienes muebles e inmuebles para que el acreedor pueda garantizar el pago por parte de su deudor....

read more

EMBARGO DE CUENTAS DE AHORRO

Otro aspecto importante de los embargos es el referente a las cuentas de ahorro donde no es posible el embargo de la totalidad del monto que cada persona tiene en ellas sino a partir de cierto monto.     ¿Cuál es el monto de inembargabilidad actual para las...

read more

EMBARGO DE HERENCIAS

Recibir una herencia, ya sea por derecho propio o por testamento, no sólo implica recibir los bienes y derechos que dejó la persona tras su fallecimiento,  sino también  responder por  las posibles obligaciones que el causante pudo haber dejado en vida, tal como lo...

read more

LEY DE TRANSICION ENERGETICA

LEY DE TRANSICION ENERGETICA Con la finalidad de utilizar energías más amigables con el medio ambiente y que tengan el menor impacto al ecosistema, el gobierno expidió la Ley 2009 de 2021 por  medio de la cual se dictan directrices encaminadas a avanzar cada vez más...

read more

CATASTRO

Cuando realizamos un acto notarial sobre un inmueble como sucesiones, compraventa, entre otros, nos mencionan que debemos llevar una copia de la escritura pública al catastro, por lo que en este artículo trataremos este tema.     ¿Qué es el catastro?  ...

read more
Asesoría Notarial
1
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Hola,
Chatea con nuestro RoBot Jurídico
Ir al contenido