Existen diferentes tipos de sociedades reguladas por la Superintendencia de Sociedades de Colombia -SSC-, entidad adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien se encarga de ejercer la inspección, vigilancia y control de estas sociedades, cuyo marco legal está constituido por el Código de Comercio (Decreto 410 de 1971), en su artículo 98 y siguientes; asimismo, las leyes 222 de 1995, 1258 de 2008 y 1429 de 2010 entre otras más.
En este artículo nos proponemos desglosar y enumerar los tipos de sociedades comerciales permitidas por la constitución colombiana, teniendo en cuenta que para poderla constituir se debe establecer cuál será la forma en que se constituirá, dependiendo si es persona natural o jurídica, es decir, las formas de constitución de las mismas, las características de las sociedades comerciales y los documentos requeridos para su trámite ante la oficina de la Cámara de Comercio correspondiente, para su implementación y puesta en marcha, de acuerdo a las normas legales dispuestas para tal fin.
¿Es importante determinar si soy persona natural o jurídica para constituir una empresa?
SÍ, pero si está pensando crear una empresa, lo primero que debe hacer es definir si la figura que va a emprender es como persona natural o jurídica.
- Como persona natural:
Nace a título personal para realizar actividades económicas y que la ley considera mercantiles. Actúa por sí misma y ejerce derechos, por tanto, también contrae obligaciones según su actividad comercial, como es el caso de la conocida empresa unipersonal conformada por una persona, por lo que no es considerada sociedad como tal, porque ésta se debe constituir con dos (2) o más personas.
A pesar de ello, la ley permite la creación de una sociedad conformada por un solo socio y es la Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.)
¿La persona jurídica puede constituir sociedad mercantil?
SÍ, porque la sociedad mercantil, a excepción de la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), se conforma por dos o más personas tanto naturales como jurídicas, con el objeto social señalado para el desarrollo de actividades comerciales. Actúa a través de un representante legal que contrae derechos y obligaciones para responder ante terceros.
¿Cómo se constituyen las sociedades mercantiles o comerciales?
- Por escritura pública
- Por documento privado
¿Ante quién se registran las sociedades comerciales?
Se deben registrar ante la Cámara de Comercio y en el lugar en que la sociedad establecerá su domicilio principal.
Tipos o clases de sociedades comerciales:
Sociedad por Acciones Simplificada -SAS-: Mínimo una (1) persona, sin existir un límite de accionistas.
- Sociedad Limitada: Se forma con mínimo dos (2) socios y máximo 25.
- Sociedad Anónima: Se conforman con mínimo cinco (5) socios sin existir límite del número de accionistas.
- Sociedad Colectiva: Mínimo dos (2) socios capitalistas o industriales.
- Sociedad Comandita Simple: Mínimo de socios dos (2) con un máximo de 25 comanditarios o capitalistas. Al menos debe haber un (1) socio gestor.
- Sociedad Comandita por Acciones: Mínimo cinco (5) socios comanditarios sin límite de socios y un (1) socio gestor.
¿Cuáles son las características de las sociedades comerciales?
- Se constituyen como personas jurídicas
- Se crean por escritura pública o documento privado
- El número de socios o accionistas
- El aporte que se realiza a la empresa
- Tienen un patrimonio propio
– Tienen fin de lucro.
– Adquieren derechos y obligaciones.
¿Cuáles son los documentos para registrarlas ante la Cámara de Comercio?
- Cédulas de ciudadanía o de identificación
- Registro Único Tributario -RUT-
- Registro Único Empresarial y Social -RUES-
- Formulario diligenciado de acuerdo al tipo de sociedad a constituir, escritura pública y acta de constitución.
¿Qué hace la Cámara luego de tener los documentos?
- Realiza el registro mercantil
- Remite la documentación a la Secretaría de Hacienda de la ciudad respectiva para que sea inscrita en el Registro de Información Tributaria (RIT.
Para tener en cuenta:
- Hay que tener presente que se debe pagar una tarifa por el registro de la sociedad y depende del monto de la suscripción de la empresa, es decir por el valor del aporte que realizó la empresa al momento de su constitución.
- Igualmente, ante la Cámara de Comercio se deben registrar los libros de actas de Asamblea y Juntas Directivas, como el libro de socios o accionistas. También se debe registrar la empresa ante el sistema de Seguridad Social, para contratar empleados.
- Después de estos pasos generales, usted puede solicitar en la Cámara de Comercio el certificado de existencia y representación legal de su empresa que constituyó.
Temas relacionados:
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Socios como causal de disolución
Sociedad Anónima- Generalidades Parte I
Sociedad Anónima- Generalidades Parte II
Consideraciones a tener en cuenta antes de registrar una empresa
CONTRATO DE SEGURO
La gran mayoría de personas hemos tenido algún contrato de seguro como de accidentes personales, de vehículo, de vida, el SOAT, exequial, entre otros más, por lo que en nuestro tema de hoy haremos un resumen de lo que es este seguro, los riesgos a asegurar, etc. ¿Qué...
FALSEDAD EN DOCUMENTOS PUBLICOS
Continuando con el tema de la falsedad documental, hoy nos referiremos a la falsedad en documentos públicos señalando el momento en que se produce la falsedad y se constituye en delito, entre otros aspectos más. ¿Cuándo se produce la falsedad en un documento...
FALSEDAD EN DOCUMENTOS PRIVADOS
Hoy trataremos un tema que nos parece adecuado para tratar, pues en el área notarial se trabaja con contratos y documentos de distintas clases que producen efectos jurídicos, por lo cual, falsificar alguno es un delito que la ley penal castiga hasta con 9 años de...
ESTUDIO DE TITULOS
ESTUDIO DE TITULOS Hemos escuchado el término “estudio de títulos” en entidades financieras, en inmobiliarias, en notarías, pero algunas personas no saben a ciencia cierta en qué consiste y cuál es la finalidad de este estudio, por lo cual lo hemos elegido como...
LA PLUSVALIA
LA PLUSVALIA Hay términos que escuchamos y, a pesar que nos resultan familiares, no tenemos idea de su significado, uno de ellos es el de la plusvalía, tema al cual le dedicaremos este artículo. ¿Qué es la plusvalía? “La Plusvalía es el incremento en el valor...
LA EXPROPIACION
Algunas personas no tienen claro el concepto de la expropiación, o tienen nociones básicas sobre éste, por lo que hoy dedicaremos nuestro artículo a hacer un breve resumen de lo que es, de sus requisitos y más. ¿Qué es la expropiación? “La expropiación es un fenómeno...
REFORMA DE ESTATUTOS
Los estatutos de una sociedad son como su columna vertebral, en ellos se señala su objeto social, todas las directrices para el manejo de la empresa, los derechos y obligaciones de los socios, entre otros aspectos más, hoy nos referiremos a la reforma de estos...
ACTOS Y HECHOS SUJETOS A REGISTRO
Hemos tratado sobre algunos temas de interés notarial para los usuarios, pero no hemos dedicado un espacio en nuestro blog para referirnos a los actos y a los hechos que están sujetos a registro, por lo que en el presente artículo nos dedicaremos a ello. ¿Qué...
VENTA DE COSA AJENA
A la mayoría de personas les debe parecer muy raro que nuestro ordenamiento legal considere la eventualidad de la venta de cosa ajena, tema que examinaremos a continuación. ¿Es válido vender una cosa ajena? Al respecto, el artículo 1871 del Código Civil señala que:...
PRELACION DE CREDITOS
Aunque no lo tengamos claro, las deudas y obligaciones adquiridas por las personas naturales y jurídicas se encuentran ordenadas por la ley en una jerarquía de acuerdo a la prelación, importancia, que cada una tiene cuando se presenta un embargo sobre el deudor,...